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La Audiencia de Tarragona cede al Supremo si el caso Montoro se traslada a Madrid

El exministro alega «absoluta falta de indicios racionales de criminalidad»; el juez investiga a 35 personas de nueve empresas gasistas.

Por Redacción de El Hemiciclo·
2 min de lectura
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La Audiencia Provincial de Tarragona ha resuelto que carece de competencias para decidir si el caso Montoro debe seguir instruyéndose en Cataluña o trasladarse a Madrid, como reclaman los investigados. La Sección Segunda del tribunal ha optado por elevar la cuestión al Tribunal Supremo para evitar, según el propio auto, «incurrir en un supuesto de nulidad». El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro figura entre los 35 investigados por la presunta compra de reformas legislativas a favor de empresas gasistas.

Fueron las defensas de los investigados —entre ellas la del propio Montoro y las de representantes de varias compañías gasistas— quienes plantearon sendos recursos para trasladar la competencia a los juzgados de Madrid, alegando que ninguno de los hechos investigados se produjo en territorio catalán. La Audiencia responde ahora que no le corresponde a ella zanjar ese desacuerdo, sino al alto tribunal.

El instructor del caso, el juez Rubén Rus, ya rechazó esa petición el pasado abril. Consideró que la competencia territorial le correspondía a él, frente a los argumentos de las defensas, que sostenían precisamente lo contrario: que de los hechos descritos en la causa «ninguno ha llegado a producirse en Tarragona». Ese desacuerdo entre el juzgado de instrucción y quienes cuestionan su competencia es lo que ahora traslada la Audiencia al Supremo, para no arriesgarse a una nulidad de actuaciones si finalmente se determina que el órgano competente era otro.

La causa acumula más de ocho años de instrucción. Rus investiga si Montoro impulsó, desde el Ministerio de Hacienda, modificaciones legislativas diseñadas a medida para beneficiar fiscalmente a empresas gasistas, a cambio de contratos y pagos al despacho que él mismo fundó, Equipo Económico. Las pesquisas se dirigen contra el exministro y otras 34 personas vinculadas a nueve empresas distintas, por presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho, malversación, falsedad documental y prevaricación.

El pasado mes de mayo, cuando los primeros investigados comparecieron ante el juzgado, la mayoría optó por acogerse a su derecho a no declarar. Entre las pocas explicaciones ofrecidas, el responsable legal de la gasista Messer sostuvo ante el instructor que su empresa solo solicitó «asesoramiento» al despacho de Montoro, dado que la legislación aplicable «no era clara», sino «interpretable».

El propio Montoro ha combatido la instrucción con sucesivos recursos. En uno de los más recientes, calificó el resultado de las pesquisas como «la absoluta nada» y reprochó al juzgado que prorrogara la instrucción sin justificación suficiente. Alegó además un motivo de nulidad: que el instructor acordó esa prórroga sin escuchar a su abogado, lo que a su juicio le impidió ejercer su defensa en ese trámite.

«Absoluta falta de indicios racionales de criminalidad» respecto a mí y al resto de investigados», Cristóbal Montoro, exministro de Hacienda, en un recurso presentado ante el juzgado instructor.

El exministro ha insistido en que las sospechas que sostiene la Fiscalía son «infundadas» y que su intervención en los hechos investigados se limita al ejercicio de sus funciones como titular de Hacienda. Sostiene, en definitiva, que la instrucción se apoya en unos hechos que carecen de relevancia penal.

La cuestión de competencia territorial que ahora resolverá el Supremo es un incidente procesal previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal: cuando dos órganos discrepan sobre cuál debe conocer de una causa, la decisión se eleva al superior jerárquico común. En la práctica reciente, disputas de este tipo han marcado el rumbo de instrucciones de gran alcance, como ocurrió con la causa de los ERE de Andalucía o con el caso Gürtel, repartido entre la Audiencia Nacional y varios tribunales por razón del territorio.

Mientras el Supremo no se pronuncie, el procedimiento permanece bajo la instrucción del juzgado de Tarragona. La Audiencia no ha fijado en su auto plazo alguno para esa resolución.

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