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La jueza de 'Azud' archiva por prescripción la causa a Pepe Cataluña

La magistrada acuerda también el sobreseimiento del empresario Enrique Gimeno tras casi nueve años de instrucción sobre el amaño en la construcción de colegios

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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La titular del juzgado que instruye el caso conocido como 'Azud' ha decretado el archivo de la causa contra el extesorero del PSOE valenciano Pepe Cataluña al apreciar la prescripción del delito investigado. La misma resolución acuerda el sobreseimiento para el empresario Enrique Gimeno.

El caso 'Azud' se abrió a finales de la pasada década como una investigación sobre supuestas irregularidades en la adjudicación de obras de construcción y reforma de centros educativos públicos en la Comunidad Valenciana, con presuntas comisiones vinculadas a la contratación pública. La causa se instruye en un juzgado valenciano y ha acumulado a lo largo de estos años múltiples diligencias, registros y testimonios, hasta convertirse en una de las investigaciones más prolongadas sobre contratación pública en la región.

Pepe Cataluña, que fue tesorero del PSOE valenciano, figuraba entre los investigados. La jueza ha optado por el archivo respecto a él al apreciar la prescripción, un instituto jurídico que extingue la responsabilidad penal cuando transcurre el plazo legal máximo sin que el procedimiento alcance una fase que lo interrumpa de forma eficaz, conforme a los artículos 131 y 132 del Código Penal. La prescripción no equivale a una declaración de inocencia ni de culpabilidad: impide continuar juzgando los hechos por el mero transcurso del tiempo, al margen de cómo hubiera podido resolverse el fondo del asunto.

Cataluña mantenía hasta el archivo la condición de investigado, el escalón más bajo del proceso penal, sin que llegara a ser procesado ni acusado formalmente ante un tribunal. En cuanto a Enrique Gimeno, la magistrada ha acordado el sobreseimiento. A diferencia de la prescripción, el sobreseimiento —regulado en los artículos 637 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal— puede fundarse en la falta de indicios suficientes para sostener la acusación, lo que en la práctica supone el cierre de la instrucción respecto a su figura sin que quede constancia de responsabilidad penal.

Casi nueve años de diligencias

La duración de la causa, próxima a nueve años desde su apertura, la sitúa entre los procedimientos de instrucción más extensos de la reciente historia judicial valenciana. Los plazos de instrucción ordinaria previstos en la LECrim tras la reforma de 2015 son considerablemente más breves salvo declaración de complejidad, figura que permite prórrogas sucesivas cuando el número de investigados, la dispersión de los hechos o la necesidad de peritajes económicos lo justifican, como ha sido habitual en las grandes causas de corrupción instruidas en España. Por su duración, 'Azud' es comparable a macrocausas como Gürtel o Púnica, prolongadas también durante años por su complejidad probatoria.

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil remitió en fases previas de la investigación un informe final sobre la trama de los colegios en el que se detallaban presuntas irregularidades en los procedimientos de contratación y el reparto de comisiones entre empresas constructoras y responsables públicos o del partido. Ese informe sirvió de base para varias diligencias practicadas por el juzgado, aunque su contenido no ha bastado, según la resolución conocida ahora, para sostener la acción penal contra Cataluña dentro de plazo ni para mantener abierta la causa contra Gimeno.

La prescripción en causas de corrupción de larga duración suele asociarse a una combinación de factores: la acumulación de piezas separadas, los recursos de las defensas, la necesidad de peritajes económicos exhaustivos y la carga de trabajo de los juzgados de instrucción. La ausencia de un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral contra los dos investigados a lo largo de estos años ha impedido interrumpir de forma eficaz el cómputo de los plazos, presupuesto que la magistrada ha valorado para acordar el archivo respecto a Cataluña.

Ni Pepe Cataluña ni Enrique Gimeno han realizado declaraciones públicas tras conocerse la resolución. El PSOE valenciano tampoco se ha pronunciado formalmente sobre el archivo de la pieza que afectaba a quien fue su tesorero, un cargo con responsabilidad en la gestión económica del partido durante el periodo investigado. Las partes conservan su derecho a intervenir en las eventuales fases de recurso.

La resolución de archivo y sobreseimiento no es necesariamente firme. Las partes que hubieran ejercido la acción penal —el Ministerio Fiscal y, en su caso, acusaciones populares o particulares— disponen de la vía del recurso de reforma ante el propio juzgado y de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia, conforme al régimen general de recursos frente a los autos de sobreseimiento previsto en la LECrim. El plazo para recurrir comienza a contar desde la notificación de la resolución a las partes personadas.

El archivo referido a Cataluña y Gimeno no cierra por sí solo el conjunto del procedimiento, que puede mantener otras piezas o investigados en función de cómo se hayan interrumpido o no los plazos de prescripción respecto a cada uno. La instrucción, en cualquier caso, se aproxima a su cierre tras casi una década de diligencias. 'Azud' se enmarca en una serie de investigaciones sobre contratación pública en la Comunidad Valenciana desarrolladas en paralelo a la entrada en vigor de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, orientada, entre otros objetivos, a reforzar los controles sobre las adjudicaciones.

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