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La Cámara de Cuentas de Madrid revisará los contratos por 123.000 euros de la cátedra de Begoña Gómez en la Complutense

El órgano fiscalizador comunica al juez Peinado que ha solicitado una relación de los trabajos desarrollados por la mujer de Pedro Sánchez en la universidad Leer

Por Redacción de El Hemiciclo· Madrid·
2 min de lectura
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El órgano fiscalizador comunica al juez Peinado que ha solicitado una relación de los trabajos desarrollados por la mujer de Pedro Sánchez en la universidad Leer El Mundo ha adelantado esta información, que El Hemiciclo recoge, reescribe y contextualiza para sus lectores conforme a su línea editorial de rigor y verificación.

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid ha comunicado al juez instructor del caso que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que ha solicitado formalmente a la Universidad Complutense de Madrid una relación detallada de los trabajos desarrollados en el marco de la cátedra que ella dirigió, cuyos contratos ascienden a 123.000 euros. El órgano fiscalizador autonómico trasladó esta información al juez Juan Ignacio Peinado, que mantiene abierta una investigación judicial sobre la actividad de Gómez en dicha institución académica.

El órgano fiscalizador y su competencia

La Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid es el organismo autonómico equivalente al Tribunal de Cuentas estatal, con competencia para fiscalizar la gestión económico-financiera del sector público madrileño, incluidas las universidades públicas radicadas en su territorio. Su función es verificar que los fondos públicos se han empleado conforme a la legalidad y con criterios de eficiencia, sin que sus resoluciones tengan carácter sancionador penal, aunque sus informes pueden ser remitidos a la jurisdicción ordinaria o incorporarse como prueba documental en procedimientos judiciales en curso.

Por qué importa esta actuación

La intervención de la Cámara de Cuentas añade una vía de fiscalización administrativa paralela a la investigación judicial ya abierta. Que el órgano fiscalizador haya comunicado proactivamente su actuación al juez Peinado revela una coordinación procedimental entre el control externo del gasto público y la instrucción penal, lo que amplía el perímetro de escrutinio sobre los 123.000 euros en contratos vinculados a la cátedra. Esta doble vía —judicial y fiscalizadora— es relevante porque los resultados de la auditoría administrativa pueden convertirse en material probatorio o en elemento de contraste para la instrucción.

La cátedra y los contratos bajo examen

El objeto de la revisión son los contratos suscritos en el ámbito de la cátedra que Begoña Gómez dirigió en la Universidad Complutense de Madrid, por un importe total de 123.000 euros. La Cámara de Cuentas ha requerido a la Complutense una relación pormenorizada de los trabajos efectivamente realizados al amparo de esos contratos. Las universidades públicas españolas están sujetas al control del gasto público y sus contratos deben ajustarse a los principios de publicidad, concurrencia y transparencia recogidos en la legislación de contratos del sector público.

El papel del juez Peinado

Juan Ignacio Peinado instruye una causa judicial en la que Begoña Gómez figura como investigada. La comunicación de la Cámara de Cuentas al juez sobre sus actuaciones fiscalizadoras supone que el órgano instructor dispone de información sobre el alcance y el avance del control administrativo paralelo. En el sistema español, la instrucción judicial y la fiscalización contable pueden coexistir sin que una suspenda a la otra, aunque los hallazgos de la segunda pueden ser incorporados al procedimiento penal a solicitud de cualquiera de las partes o por iniciativa del propio instructor.

Contexto institucional: la Complutense y el control del gasto

La Universidad Complutense de Madrid es una institución pública financiada con fondos de la Comunidad de Madrid y del Estado. Como entidad del sector público, está sujeta a auditorías periódicas de la Cámara de Cuentas autonómica. Las cátedras universitarias vinculadas a entidades externas o financiadas mediante contratos de investigación y transferencia están reguladas por la Ley Orgánica del Sistema Universitario y por la normativa interna de cada universidad, que establece los procedimientos para su creación, dotación económica y rendición de cuentas.

Posición de las partes

El material disponible no recoge declaraciones públicas de Begoña Gómez, de la Universidad Complutense ni de representantes del Gobierno en relación con la actuación específica de la Cámara de Cuentas comunicada al juez Peinado. El principio de derecho de réplica obliga a consignar que ninguna de las partes afectadas ha sido citada con declaraciones verificables sobre este hecho concreto en el material de referencia.

Próximos pasos previsibles

La Cámara de Cuentas deberá recibir la documentación solicitada a la Complutense y, una vez analizada, podrá emitir un informe de fiscalización. Ese informe, si detectara irregularidades en la gestión de los fondos, podría ser remitido al Tribunal de Cuentas estatal o puesto a disposición del juzgado instructor. La causa judicial, por su parte, sigue su curso en paralelo, con el juez Peinado como instructor y con la posibilidad de incorporar los resultados de la fiscalización administrativa al expediente.

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