Una sociedad registrada en la zona franca de Dubái bajo la denominación Baskonia Gulf Consulting FZC facturó 23 operaciones descritas como «consultoría de adquisición de material sanitario» para canalizar 890.000 euros procedentes de adjudicaciones públicas de mascarillas. Los fondos transitaron después por una cuenta personal en Banca Privada d'Andorra y terminaron depositados en el VP Bank de Vaduz, en Liechtenstein, según la documentación completa de esa entidad obtenida por El Hemiciclo. Un exsocio de la consultora dubaieta ha confirmado a este diario que García Cejas se desplazó a los Emiratos Árabes Unidos en al menos cuatro ocasiones para dar instrucciones directas sobre los destinos de las transferencias. La Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) dispone de la trazabilidad íntegra del flujo, y la Fiscalía estudia ampliar la acusación por blanqueo internacional organizado.
La arquitectura del circuito financiero
El esquema reconstruido por El Hemiciclo descansa en tres eslabones sucesivos. En el primero, las comisiones derivadas de contratos públicos de suministro de mascarillas —adjudicados durante la emergencia sanitaria— eran abonadas a Baskonia Gulf Consulting FZC, la sociedad radicada en una zona franca emiratí, bajo el concepto de «consultoría». Las zonas francas de los Emiratos Árabes Unidos permiten a empresas de capital íntegramente extranjero operar con opacidad accionarial y sin tributación sobre beneficios, lo que las convierte en un instrumento recurrente en investigaciones de blanqueo internacional. En el segundo eslabón, esos importes atravesaban una cuenta personal domiciliada en Banca Privada d'Andorra, entidad que en 2015 fue designada por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos como institución de «preocupación primaria en materia de blanqueo», circunstancia que precipitó su intervención por las autoridades andorranas. En el tercero, el dinero afloraba en el VP Bank de Vaduz como activo de la Fundación Baskonia Global Partners, constituida bajo el ordenamiento jurídico de Liechtenstein.
Por qué importa este trazado
La relevancia del itinerario descrito no es solo procesal. La cadena Dubái-Andorra-Liechtenstein combina tres jurisdicciones que, en distintos momentos y por razones distintas, han figurado en los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como territorios con deficiencias en la supervisión antilavado. Que la UCO haya logrado la trazabilidad completa en un circuito de esa complejidad supone, según la práctica habitual de este tipo de investigaciones, que los documentos bancarios obtenidos —presumiblemente por vía de comisión rogatoria internacional— podrían sustentar por sí solos la acusación sin necesidad de prueba indiciaria adicional. La Fiscalía, al contemplar la extensión de la acusación al blanqueo internacional organizado, eleva la gravedad del tipo penal y amplía el perímetro de responsabilidades.
Las 23 facturas y el rastro documental
El Hemiciclo ha tenido acceso al desglose de las 23 operaciones de facturación registradas a nombre de Baskonia Gulf Consulting FZC. Todas comparten el mismo epígrafe descriptivo —«consultoría de adquisición de material sanitario»— y corresponden a comisiones vinculadas a adjudicaciones públicas realizadas en el contexto de la pandemia de covid-19. La coincidencia entre el objeto declarado de la consultora y la naturaleza de los contratos públicos fiscalizados apunta, según fuentes jurídicas conocedoras de la instrucción, a que la sociedad fue constituida o reconvertida expresamente para absorber esos pagos. El número de operaciones —23— y el importe total —890.000 euros— permiten calcular una comisión media por transacción de algo menos de 39.000 euros, cifra que descarta operaciones puntuales y refuerza la hipótesis de una estructura diseñada para la repetición sistemática.
Los viajes a los Emiratos y el testimonio del exsocio
La confirmación de que García Cejas viajó a los Emiratos Árabes Unidos en al menos cuatro ocasiones para impartir instrucciones directas sobre el destino de las transferencias procede de un exsocio de Baskonia Gulf Consulting FZC que ha hablado con este diario. El testimonio sitúa al investigado en el corazón operativo de la estructura, no como destinatario pasivo de fondos sino como director activo del flujo. En el derecho penal español, la distinción entre beneficiario y organizador tiene consecuencias determinantes sobre la calificación del delito y sobre la penalidad aplicable: el artículo 301 del Código Penal establece penas superiores cuando el blanqueo se comete por quien pertenece a una organización dedicada a esas actividades.
La Fundación de Liechtenstein como destino final
El punto de llegada del circuito es la Fundación Baskonia Global Partners, constituida al amparo del derecho liechtensteiniano. Las fundaciones privadas de Liechtenstein —figura regulada por la Ley de Personas y Sociedades del Principado— permiten segregar patrimonialmente activos de su titular nominal, designar beneficiarios con identidad reservada y operar sin obligación de registro público de cuentas. Esta combinación de características ha situado históricamente al Principado en el foco de organismos internacionales de supervisión financiera, aunque Liechtenstein ha reformado de forma progresiva su marco normativo antilavado en los últimos quince años bajo presión del GAFI y de la Unión Europea. Que los fondos hayan concluido en una fundación de esa naturaleza, y no en una cuenta personal o societaria convencional, sugiere —según los especialistas en derecho penal económico consultados por este diario— un nivel de planificación jurídica que va más allá del ocultamiento elemental.
La posición de la UCO y la Fiscalía
La UCO ha confirmado a El Hemiciclo que dispone de la trazabilidad completa del flujo financiero. Esa afirmación es relevante en términos procesales porque significa que la cadena de custodia documental —desde las adjudicaciones originales hasta los extractos del VP Bank de Vaduz— está formalmente incorporada a la instrucción. Por su parte, la Fiscalía estudia ampliar la acusación para incluir el blanqueo internacional organizado, lo que en la práctica podría suponer la incorporación de nuevos imputados, la extensión de la investigación a personas jurídicas y la solicitud de medidas cautelares adicionales sobre los activos identificados en el extranjero. El procedimiento de recuperación de activos en Andorra y Liechtenstein exigiría la activación de instrumentos de cooperación judicial internacional previstos en convenios bilaterales y en el Convenio del Consejo de Europa sobre blanqueo de 1990, ratificado por ambos territorios.
Antecedentes y contexto del caso Koldo
El caso Koldo —denominación que toma el nombre del exasesor del Ministerio de Transportes José Luis Ábalos, Koldo García Izaguirre— arrancó formalmente con detenciones practicadas en febrero de 2024 y se encuadra en la investigación de una presunta red de comisiones ilegales en la contratación pública de mascarillas durante la pandemia. La pieza separada sobre el flujo financiero internacional reconstruida por El Hemiciclo representa, según la documentación disponible, la derivada más compleja de esa instrucción y la que apunta a una eventual calificación de organización criminal con proyección transfronteriza. La instrucción permanece abierta en el Juzgado Central de Instrucción competente de la Audiencia Nacional.
Qué puede ocurrir ahora
Si la Fiscalía formaliza la ampliación de la acusación por blanqueo internacional organizado, el procedimiento entrará en una fase de mayor complejidad técnica y diplomática. La obtención de prueba bancaria en Liechtenstein y Andorra mediante comisión rogatoria puede dilatar los plazos de instrucción varios meses o años, según los precedentes de casos comparables tramitados ante la Audiencia Nacional. El testimonio del exsocio de Baskonia Gulf Consulting FZC adquiere en ese escenario un valor estratégico como prueba personal que no depende de la cooperación de terceros estados. La evolución de la causa determinará también si otros contratos de emergencia sanitaria adjudicados en el mismo período quedan bajo el foco de la instrucción ampliada.
