Las cuatro mujeres sufrieron heridas leves con diversos traumatismos en distintas partes del cuerpo. Una de ellas fue ingresada en el Hospital de Son Espases, donde permanece en observación, mientras que las otras tres fueron trasladadas a distintas clínicas de Palma para su atención, de acuerdo con la información facilitada por el servicio sanitario balear.
Tras el accidente, patrullas de la Policía Local de Palma se desplazaron hasta el lugar y sometieron al conductor a las pruebas de alcoholemia reglamentarias, que arrojaron un resultado positivo. Los agentes procedieron a su detención por presuntos delitos contra la seguridad vial y lesiones por imprudencia grave, según la misma fuente.
El vehículo, además de subirse a la acera donde aguardaban las víctimas, colisionó contra una boca de incendios, una farola y una papelera, con daños materiales de diversa consideración en la vía pública.
El suceso de Son Fusteret no es un hecho aislado en el calendario reciente de la ciudad. El pasado 11 de octubre, un conductor de origen brasileño bajo los efectos del alcohol protagonizó un choque frontal al circular en sentido contrario, confundiendo la vía con una calle de único sentido; en el vehículo impactado viajaban una madre y sus dos hijos pequeños, que tuvieron que ser trasladados en ambulancia a un centro sanitario.
A principios del mismo mes se registró otro episodio similar, cuando un conductor ebrio embistió con fuerza a un vehículo en circulación y destrozó por completo una marquesina de autobús. En esa ocasión no había ninguna persona esperando el transporte público en el momento del impacto, por lo que no hubo que lamentar heridos.
El marco legal de la alcoholemia al volante
La legislación española distingue entre infracción administrativa y delito penal según la tasa detectada en las pruebas de aire espirado o en el análisis de sangre. Entre 0,25 y 0,59 miligramos por litro en aire espirado, o entre 0,50 y 1,19 gramos por litro en sangre, se considera infracción administrativa, con sanciones de 500 a 1.000 euros y la retirada de entre 4 y 6 puntos del carné según el tramo.
Superar los 0,60 miligramos por litro en aire espirado, equivalentes a 1,20 gramos por litro en sangre, convierte la conducta en delito. La condena contempla la retirada obligatoria del permiso de conducir de uno a cuatro años y, a criterio del juez, una pena alternativa de prisión de tres a seis meses, multa económica de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la inscripción de antecedentes penales en el expediente. El Reglamento General de Circulación mantiene límites más estrictos para conductores noveles y profesionales, fijados en 0,15 a 0,30 miligramos por litro.
El arrestado de Son Fusteret, el tercer conductor ebrio implicado en un siniestro en Palma durante este mes de octubre, quedó detenido a la espera de pasar a disposición judicial por los delitos contra la seguridad vial y las lesiones por imprudencia grave que le atribuye la Policía Local.
