El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, José María Escribano, ha acordado llamar a declarar en calidad de investigado al vicepresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), en el marco de una causa penal abierta por presuntas irregularidades en la gestión del rescate público concedido a Air Europa durante la crisis derivada de la pandemia de covid-19.
La causa penal y el rescate de Air Europa
El rescate de Air Europa se instrumentó a través del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, creado mediante el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, con una dotación inicial de 10.000 millones de euros gestionados por la SEPI. La aerolínea, participada mayoritariamente por el grupo Globalia, recibió en 2020 un préstamo participativo de 475 millones de euros con cargo a ese fondo, según consta en las resoluciones del Consejo de Ministros publicadas en el BOE. Dicho importe situó a Air Europa entre los mayores beneficiarios individuales del mecanismo estatal de rescate, en un contexto en que la industria aérea europea acumuló pérdidas netas superiores a los 35.000 millones de euros en 2020, según datos de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA).
La instrucción se centra en determinar si en la tramitación y concesión de esa ayuda pública concurrieron conductas constitutivas de delito. El juzgado ha considerado indicios suficientes para citar como investigado al vicepresidente de la SEPI, organismo que actuó como gestor del fondo y como parte negociadora en nombre del Estado. La condición de investigado, regulada en los artículos 118 y 775 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), no implica acusación formal ni anticipa resolución alguna sobre responsabilidad penal.
El papel de la SEPI y el marco normativo del rescate
La SEPI, adscrita al Ministerio de Hacienda, asumió por mandato del RDL 25/2020 la función de evaluar la viabilidad de las empresas solicitantes, negociar las condiciones de las ayudas y supervisar su devolución. El procedimiento exigía que las compañías beneficiarias acreditaran su carácter estratégico para la economía española, la inexistencia de alternativas de financiación privada y la presentación de un plan de viabilidad. La SEPI, según su propio balance, tramitó entre 2020 y 2022 solicitudes de rescate por valor superior a 2.600 millones de euros en el conjunto de empresas apoyadas.
El vicepresidente de la SEPI citado como investigado no ha realizado declaraciones públicas sobre la causa desde que se conoció la citación judicial. La SEPI, por su parte, no ha emitido hasta el momento un comunicado oficial que detalle su posición institucional respecto a la investigación abierta por el juzgado madrileño.
Globalia y las condiciones de la ayuda
El grupo Globalia, propietario de Air Europa en el momento del rescate, defendió en su día la necesidad de la inyección pública para preservar la conectividad aérea de España y los empleos directos e indirectos vinculados a la compañía. La aerolínea opera rutas de largo radio hacia América Latina desde el hub de Madrid-Barajas, lo que le otorgó el argumento de relevancia estratégica para la red de transporte nacional. En 2022, IAG —matriz de Iberia y British Airways— intentó sin éxito adquirir Air Europa tras el veto de la Comisión Europea por razones de competencia, lo que prolongó la dependencia financiera de la compañía respecto al préstamo del Estado.
Precedente: los rescates del sector aéreo bajo escrutinio judicial
No es la primera vez que un rescate público a una aerolínea española acaba sometido a escrutinio judicial. La quiebra de Spanair en 2012, que dejó a miles de pasajeros bloqueados y generó una deuda con acreedores públicos y privados cifrada en más de 800 millones de euros, dio lugar a diligencias penales que se prolongaron durante años y que examinaron la gestión de los fondos autonómicos catalanes invertidos en la compañía. Aquel precedente evidenció la complejidad jurídica y política de los rescates aeronáuticos con dinero público y la dificultad de delimitar responsabilidades en estructuras de decisión compartidas entre el Estado y los accionistas privados.
El procedimiento judicial a partir de ahora
Tras la citación como investigado, el proceso seguirá los cauces del procedimiento abreviado o del sumario ordinario en función de la calificación jurídica provisional que el instructor consolide. El investigado tiene derecho, conforme al artículo 118 LECrim, a ser informado de los hechos que se le atribuyen, a no declarar contra sí mismo, a designar abogado y a intervenir en las diligencias de investigación que le afecten. El juez Escribano deberá decidir, una vez practicadas las diligencias que estime pertinentes, si eleva la causa a juicio oral, decreta el sobreseimiento o amplía la investigación a nuevos imputados o hechos.
La Fiscalía Anticorrupción, competente para personarse en causas que afecten a la gestión de fondos públicos por parte de organismos del Estado, puede solicitar al juzgado su intervención como acusación pública.
La causa se desarrolla en un momento políticamente sensible para el Gobierno, que deberá compatibilizar la defensa institucional de la SEPI con la exigencia de transparencia que reclama la oposición. El Partido Popular ha pedido en sede parlamentaria explicaciones sobre la gestión del Fondo de Apoyo a la Solvencia, aunque sin que hasta la fecha se hayan concretado comparecencias ministeriales específicas vinculadas a esta instrucción judicial. La próxima comparecencia pública de responsables de la SEPI ante las Cortes, si se produce, constituirá el primer termómetro político del alcance de la causa.


