ADM: empresa pública-privada en el núcleo del audiovisual andaluz
ADM no es una productora privada cualquiera. La Junta de Andalucía ostenta el 47,81% de su capital a través de Sandetel, la empresa pública autonómica de telecomunicaciones, lo que la convierte en el accionista de control. El consejo de administración está presidido por Sergio Gómez Rojas, director gerente del propio Sandetel, y en él se sientan también el responsable financiero de la Radio Televisión de Andalucía (RTVA), un directivo de Canal Sur Media y representantes de Telefónica y de Axion Infraestructuras. Es decir: la empresa investigada está gobernada por un órgano en el que la Administración andaluza tiene presencia mayoritaria y directa.
El principal activo comercial de ADM es la producción de Andalucía Directo, el espacio de actualidad y reportajes de Canal Sur Televisión que se emite ininterrumpidamente desde hace 25 años y que constituye uno de los programas con mayor audiencia acumulada de la televisión pública autonómica. La RTVA es, al tiempo, accionista a través de sus filiales y el mayor comprador institucional de contenidos de ADM, lo que configura una relación de dependencia comercial y de propiedad que sitúa a ambas instituciones en el epicentro del caso.
Tres presuntas agresiones en diez años y 175 páginas de WhatsApp
La denuncia, a la que ha tenido acceso Otro medio, describe tres episodios de agresión sexual en fechas concretas: a finales de 2013, en un bar del barrio sevillano de la Alfalfa y en el interior de un taxi; en julio de 2022, tras la grabación de un programa de Canal Sur en Barbate (Cádiz), donde la denunciante afirma que Fuentes la besó a la fuerza en la calle y la manoseó dentro de un vehículo; y en verano de 2023, en Zahara de los Atunes (Cádiz), durante el rodaje de otro reportaje. Cada uno de estos hechos viene acompañado en el escrito de acusación de testimonios de personas que habrían conocido lo ocurrido el mismo día o en las horas inmediatas.
A los tres episodios de agresión física se suma una secuencia de acoso sexual documentada en 175 páginas de conversaciones de WhatsApp enviadas desde el teléfono de Fuentes a la denunciante entre 2018 y la fecha de interposición de la denuncia. El magistrado ya ha ordenado el cotejo de esos mensajes por la secretaria judicial, que los ha validado como material probatorio en la causa. Entre los textos que figuran en la denuncia aparecen expresiones como «Tú me debes una noche loca», «Cariño, tengo ganas de ti», «Tenemos pendiente algo más privado» o «¿A qué hora se puede hablar de cosas de mayores?». La abogacía de la denunciante describe las respuestas de su cliente como «cordiales y evasivas», una actitud que califica de «estrategia de supervivencia habitual en víctimas de acoso» ante la dependencia jerárquica y el temor a represalias.
La denuncia incorpora además siete declaraciones juradas de extrabajadores y exdirectivos de ADM, entre ellos quien fue número dos de Fuentes en la compañía, que corroboran tanto las agresiones como un patrón general de acoso sexual y laboral dentro de la empresa. El Hemiciclo no ha tenido acceso directo a ese documento, pero la información procede de la cobertura publicada por Otro medio, que sí accedió a él.
El juez ordena forense psicológica y cita a dos testigos clave
Tras escuchar a la denunciante el 25 de marzo, el titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 5 de Sevilla —tribunal de reciente creación— adoptó varias resoluciones en el mismo auto: ordenó un reconocimiento médico forense de la víctima para evaluar «el estado de salud psíquica, secuelas y posible nexo causal» con los hechos denunciados; citó a dos testigos propuestos por la acusación —la exnúmero dos de Fuentes y una amiga de la denunciante a quien esta relató la primera agresión el mismo día que se produjo—; y solicitó verificar si el investigado cuenta con antecedentes penales. La denuncia adjunta un informe clínico de mutua y otro psicológico privado que acreditan, según el escrito de acusación, un «trastorno distímico con depresión mayor y ansiedad» y una pérdida de diez kilos.
El juez rechazó, sin embargo, las medidas cautelares —alejamiento de 500 metros y prohibición de comunicación— solicitadas por la abogacía de la denunciante, al no apreciar riesgo inmediato para su integridad. La Fiscalía, en su única intervención hasta la fecha, se sumó a ese rechazo. No obstante, el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), dependiente de la Consejería de Igualdad de la Junta de Andalucía, sí activó el dispositivo ATENPRO —un sistema de teleasistencia personal que permite alertar a la Policía con un solo botón y que mantiene la geolocalización de la usuaria las 24 horas—, lo que indica que el servicio especializado de atención a víctimas valoró la existencia de una situación de vulnerabilidad.
La declaración aplazada y la renuncia al clúster audiovisual
Fuentes estaba citado a declarar como investigado el lunes 11 de mayo, la semana previa a la celebración de las elecciones al Parlamento de Andalucía. Tres días antes de esa fecha cambió de abogado defensor, lo que motivó el aplazamiento de su comparecencia hasta el 25 de junio. Esa misma semana, anunció por sorpresa su renuncia a la presidencia del Clúster Audiovisual de Andalucía (LAND), cargo que ocupaba desde 2023 y que le fue otorgado en el marco de la estrategia digital impulsada por el consejero de Presidencia, Antonio Sanz. En la carta de despedida remitida a la junta directiva de LAND, Fuentes no hizo ninguna mención al procedimiento judicial en curso, aunque el auto de imputación le había sido notificado el 31 de marzo. «Me cuesta escribir estas líneas porque LAND ha sido y seguirá siendo una parte importante de mi vida profesional y personal. Pero creo que hay momentos en que uno debe saber dar un paso a un lado», escribió.
El consejero Sanz había participado en todos los actos relevantes del lanzamiento del clúster, en presentaciones de proyectos de ADM y, según confirman alrededor de diez trabajadores de la empresa consultados por Otro medio, en reuniones informales en la terraza de la productora. La vinculación personal entre ambos era, según esas fuentes, ampliamente conocida en el sector audiovisual andaluz.
La posición de ADM, la RTVA y el investigado
Interrogado por Otro medio, Gustavo Fuentes confirmó su imputación pero rechazó los cargos con rotundidad: «Es una denuncia falsa. No tienen pruebas. Niego todos los hechos. Tengo bastantes datos para corroborar mi inocencia. Estoy muy tranquilo». El directivo también afirmó haber sido él quien activó el protocolo interno de cumplimiento normativo (compliance) de ADM tras conocer la denuncia, y aseguró que el responsable legal de la empresa elaboró un informe recabando testimonios, si bien reconoció que no tomó declaración a la denunciante «porque ella ya había elegido la vía judicial». Respecto al aplazamiento de su declaración y la renuncia al clúster, sostuvo que ambos hechos «no tienen nada que ver» con el procedimiento judicial.
La dirección de la RTVA, por su parte, declaró a ese mismo medio: «Lo que sabemos es lo que sabe todo el mundo. No conocemos el contenido de la denuncia ni tenemos por qué saberlo. Es una denuncia de una persona contra otra en un procedimiento judicial que no se ha llegado a celebrar». Añadió, además, que la situación procesal del CEO de su principal proveedor de contenidos «nunca se ha tratado en el Consejo de Administración» del ente público. Esta afirmación resulta llamativa dado que representantes de la RTVA forman parte del propio consejo de ADM, empresa en cuya cúpula recae la imputación.
Marco jurídico: la Ley 1/2025 amplía las competencias de estos juzgados
La competencia del Juzgado de Violencia sobre la Mujer para conocer este caso responde a la reforma introducida por la Ley 1/2025, de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, en vigor desde el 3 de octubre de 2024, que extendió la jurisdicción de estos órganos especializados a todos los delitos contra la libertad sexual cuya víctima sea mujer, con independencia de si el agresor es o fue pareja sentimental. Hasta esa fecha, estos tribunales solo tenían competencia sobre los delitos cometidos en el ámbito de la pareja o expareja, conforme a la Ley Orgánica 1/2004. La reforma da cumplimiento al Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer, conocido como Convenio de Estambul, ratificado por España en 2014 y por la Unión Europea en 2023, que aboga expresamente por la especialización de los órganos judiciales en toda forma de violencia contra las mujeres.
Esta ampliación competencial explica que una denuncia por agresión sexual en el ámbito laboral, sin vínculo sentimental entre las partes, haya recaído en un juzgado de violencia de género y no en un juzgado de instrucción ordinario. El delito de acoso laboral (mobbing) que también invocaba la acusación fue, en cambio, excluido de la causa por el magistrado al entender que excede las competencias de la jurisdicción especializada.
Próximos pasos: declaración el 25 de junio y pericial forense pendiente
La causa se encuentra en fase de instrucción. El hito procesal más próximo es la declaración de Gustavo Fuentes como investigado, fijada para el 25 de junio ante el titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 5 de Sevilla. Paralelamente, el reconocimiento médico forense de la denunciante —solicitado por el juez para acreditar el daño psíquico y su nexo causal con los hechos— está pendiente de realizarse. Una vez practicadas estas diligencias y escuchados los testigos citados, el magistrado deberá decidir si el caso reúne suficientes indicios para continuar hacia la apertura de juicio oral o si, por el contrario, procede el sobreseimiento. La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género ha publicado estudios que cifran en ocho años y ocho meses el tiempo medio que transcurre entre los primeros episodios de violencia y la denuncia formal; en este caso, entre la primera agresión descrita y la interposición de la denuncia transcurrieron algo más de once años.


