La sentencia del caso Koldo que el Tribunal Supremo debe dictar en las próximas semanas es, por alcance político y complejidad jurídica, la resolución judicial más importante que ha producido la democracia española desde la sentencia del caso Gürtel en 2018, cuyo fallo provocó la moción de censura que llevó a Pedro Sánchez a la Moncloa. Las cifras del juicio dan cuenta de su envergadura: 14 jornadas de sesiones orales repartidas a lo largo de tres semanas, 487 páginas de auto de hechos probados presentado por la Fiscalía, 34 testigos —entre ellos tres exministros, dos exsecretarios de Estado y el director de la UCO—, 12 informes periciales sobre contabilidad forense, transferencias internacionales y análisis de metadatos telefónicos, más de 80 horas de grabaciones telefónicas admitidas como prueba, y un relato acusatorio que arranca en marzo de 2020, en pleno confinamiento por la pandemia de Covid-19, y se extiende hasta febrero de 2024, abarcando contratos públicos por valor de 53 millones de euros en mascarillas, equipos de protección individual y test de antígenos que, según la Fiscalía, fueron adjudicados de forma irregular a empresas vinculadas a Víctor de Aldama mediante la intermediación de Koldo García y el conocimiento y aquiescencia de José Luis Ábalos como ministro de Transportes. El fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, ha pedido 24 años de prisión para Ábalos por cohecho pasivo, prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias; 19 años y medio para Koldo García por los mismos delitos salvo prevaricación; y 7 años para Aldama por cohecho activo impropio y blanqueo de capitales, una petición significativamente menor que refleja la valoración positiva que la Fiscalía hace de la colaboración de Aldama con la investigación.
La deliberación de la Sala Segunda se desarrollará en secreto absoluto, pero las señales emitidas por los siete magistrados durante las catorce jornadas del juicio oral permiten a los juristas experimentados aventurar hipótesis sobre la dirección probable del fallo. El ponente, Antonio del Moral García, magistrado de carrera progresista con 32 años de experiencia en la jurisdicción penal, ha sido consistentemente incisivo en sus preguntas a Ábalos, especialmente en las sesiones dedicadas a los contratos de mascarillas con la empresa Soluciones de Gestión, donde Del Moral interrumpió hasta en siete ocasiones al exministro para precisar datos sobre reuniones que Ábalos inicialmente negó haber mantenido con Aldama y que las grabaciones telefónicas demostraron que sí se produjeron. El magistrado Ana Ferrer, conocida por su rigor procesal y su atención al detalle documental, centró sus intervenciones en la cadena de transferencias internacionales que la UCO documentó entre cuentas de Koldo García en Dubái, una sociedad instrumental en Liechtenstein y una fundación deportiva en el País Vasco, un entramado financiero que la defensa no consiguió explicar de forma convincente. Los abogados de Ábalos confían en que al menos dos de los siete magistrados se inclinarán por la absolución argumentando que la prueba indiciaria no es suficiente para sostener la acusación de cohecho pasivo, y que en el peor escenario conseguirán una condena menor por prevaricación con pena suspendida. Las fuentes de la Fiscalía, por su parte, se muestran «moderadamente optimistas» respecto a una condena por al menos tres de los cuatro delitos imputados a Ábalos.
La pieza separada que investiga los pagos al PSOE documentados en las declaraciones de Aldama y Koldo García ante el Supremo ha cobrado una relevancia inesperada en las últimas 48 horas después de que la Audiencia Nacional, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, solicitara formalmente al Supremo la remisión de las transcripciones íntegras de las declaraciones de ambos acusados. La petición, firmada por la jueza instructora María Tardón el miércoles 7 de mayo, argumenta que las declaraciones contienen «indicios racionales de criminalidad» que afectan a personas no encausadas en el procedimiento del Supremo y que la Audiencia Nacional es el órgano competente para investigarlos. Según las fuentes jurídicas consultadas, Aldama declaró ante la Sala Segunda que entre enero y junio de 2021 realizó al menos cuatro entregas de dinero en efectivo —cuyo importe total cifró en «más de 200. 000 euros»— a un intermediario cuyo nombre proporcionó bajo secreto de sumario y que, siempre según Aldama, trasladaba el dinero a la sede del PSOE en la calle Ferraz de Madrid como «contribución al funcionamiento del partido». Koldo García corroboró parcialmente esta versión en su propia declaración, aunque limitó las entregas a tres y redujo el importe total a «entre 80. 000 y 100. 000 euros». La dirección del PSOE ha negado categóricamente haber recibido dinero de Aldama o de cualquier intermediario vinculado a la trama y ha anunciado que ejercerá acciones legales contra quien difunda información falsa sobre la financiación del partido.
El segundo frente judicial —la operación Kitchen— ha sufrido un giro procesal inesperado que altera el calendario previsto y añade incertidumbre a un procedimiento que ya era extremadamente complejo. José Manuel Villarejo, el excomisario condenado en 2022 por organización criminal y que se encuentra en libertad condicional, comunicó el jueves a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que debe someterse a una cirugía urgente el domingo 11 de mayo en el Hospital Ruber Internacional de Madrid por una «dolencia que compromete su capacidad para comparecer y participar activamente en el procedimiento». La comunicación, acompañada de dos informes médicos que el tribunal está verificando, ha obligado a la jueza instructora a adelantar la fase documental prevista inicialmente para el 21 de mayo al miércoles 14 de mayo, una decisión que los letrados de la defensa han recibido con irritación porque reduce a la mitad el tiempo disponible para preparar la impugnación de los documentos que la Fiscalía tiene previsto presentar. La fase documental es crucial para Kitchen porque incluye los registros de los servidores informáticos de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional correspondientes a noviembre de 2017, unos archivos cuya cadena de custodia fue cuestionada por la defensa de Villarejo en las sesiones previas y que, según la acusación, demuestran que la operación de espionaje contra Luis Bárcenas fue ordenada desde la cúpula del Ministerio del Interior con conocimiento del entonces ministro Jorge Fernández Díaz.
La cadena de custodia de los registros informáticos de 2017 se ha convertido en el campo de batalla decisivo de Kitchen, un procedimiento que lleva cinco semanas en fase documental y que todavía no ha llegado al juicio oral propiamente dicho. Los abogados de Villarejo argumentan que los discos duros que contienen los registros fueron extraídos de los servidores de la DAO en febrero de 2020, tres años después de los hechos investigados, y que durante ese intervalo no existe documentación que acredite quién tuvo acceso a los servidores, si se realizaron copias no autorizadas, o si los archivos fueron modificados. La Fiscalía responde que la integridad de los registros está garantizada por el hash criptográfico SHA-256 que se aplicó en el momento de la extracción y que cualquier modificación posterior habría alterado el código hash, haciendo detectable la manipulación. Pero la defensa ha presentado un informe pericial de un catedrático de ingeniería informática de la Universidad Politécnica de Madrid que sostiene que el hash solo garantiza la integridad del archivo desde el momento de la extracción, no desde el momento de los hechos, y que la ausencia de un registro de accesos durante los tres años intermedios «impide descartar con certeza razonable que los archivos hayan sido alterados antes de la extracción». Este debate técnico, que puede parecer arcano para el observador no especializado, es en realidad el nudo gordiano de Kitchen: si el tribunal acepta los registros como prueba válida, la acusación contra Fernández Díaz y la entonces secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, se sustenta sobre una base documental sólida; si los rechaza, la Fiscalía se queda con las declaraciones de los acusados y los testimonios policiales como únicas pruebas, un material que los penalistas consultados consideran «insuficiente para sostener una condena más allá de toda duda razonable».
El tercer frente judicial —el caso Begoña Gómez— ha entrado en una fase de guerra procesal abierta entre la defensa de la esposa del presidente del Gobierno y el juez instructor Juan Carlos Peinado que se manifiesta en una sucesión de recursos, impugnaciones y contrarrecursos que mantienen el procedimiento en un estado de litigación constante sin que se vislumbre una resolución a corto plazo. El último episodio se produjo el viernes 8 de mayo, cuando el equipo legal de Gómez, liderado por el exministro de Justicia Antonio Camacho, presentó un recurso de reforma de 47 páginas contra la decisión de Peinado del 6 de mayo de rechazar el archivo de la causa y mantener su intención de celebrar el juicio con jurado popular. El recurso argumenta que Peinado ha vulnerado el derecho a la defensa efectiva de Gómez al negarse a incorporar al expediente 28 páginas de emails internos de la Universidad Complutense de Madrid y del Instituto de Empresa que, según la defensa, demuestran que Gómez no participó en ninguna fase del proceso de adjudicación del contrato a la empresa de Juan Carlos Barrabés y que su papel se limitó a la «coordinación académica de una cátedra extraordinaria sin competencias presupuestarias ni capacidad de decisión sobre contratos». Los emails, fechados entre septiembre de 2019 y marzo de 2020, incluyen comunicaciones entre el vicerrector de Investigación de la Complutense y el director del programa de cátedras extraordinarias en las que se menciona expresamente que la adjudicación a Barrabés fue decisión del comité de evaluación sin intervención del titular de la cátedra.
La impugnación del jurado popular por parte de la defensa de Gómez es la batalla procesal que más consecuencias puede tener sobre el desenlace del caso, porque el formato del juicio condiciona de forma decisiva las probabilidades de absolución o condena. Camacho argumenta en su recurso que los delitos imputados a Gómez —tráfico de influencias, apropiación indebida y uso de información privilegiada— no son susceptibles de enjuiciamiento por jurado popular según la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado de 1995, que limita la competencia del jurado a un catálogo cerrado de delitos entre los que no se encuentra ninguno de los imputados a la esposa del presidente. Peinado, sin embargo, sostiene que al menos uno de los delitos —el tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal— sí es competencia del jurado cuando se comete por funcionario público o persona asimilada, y que Gómez ostentaba esa condición por su vinculación con la Universidad Complutense como titular de una cátedra extraordinaria financiada parcialmente con fondos públicos. La discrepancia es técnicamente compleja y no tiene precedentes exactos en la jurisprudencia del Supremo, lo que significa que si Peinado mantiene su decisión y la Audiencia Provincial de Madrid no la revoca en apelación, la cuestión podría acabar ante el propio Tribunal Supremo en un recurso de casación que retrasaría el juicio varios meses. Las fuentes de la defensa confían en que la Audiencia Provincial, que ya mostró simpatía por las tesis de Gómez en resoluciones anteriores, revocará la decisión de Peinado, pero admiten que el juez instructor «ha demostrado una tenacidad procesal inusual que no se doblegará fácilmente».
La coincidencia temporal de los tres frentes judiciales no es casual sino que responde a una aceleración generalizada del calendario judicial que tiene raíces tanto procesales como políticas. El Supremo ha acelerado el caso Koldo para dictar sentencia antes del verano; la Audiencia Nacional ha adelantado la fase documental de Kitchen por la cirugía de Villarejo; y Peinado mantiene un ritmo frenético de actuaciones en el caso Gómez que la defensa interpreta como una «carrera contra el reloj» para fijar fecha de juicio antes de que la Audiencia Provincial pueda intervenir. El resultado es un mes de mayo que concentra más actividad judicial de primer nivel que cualquier otro período de la democracia española reciente: tres procedimientos distintos que afectan directamente al entorno del presidente del Gobierno, a la oposición, y a la financiación del partido gobernante, desarrollándose simultáneamente en tres tribunales diferentes de Madrid con tres calendarios que se solapan y se condicionan mutuamente. Los analistas jurídicos consultados coinciden en que esta concentración crea un «efecto dominó» en el que la sentencia del caso Koldo condicionará inevitablemente la percepción pública de los otros dos procedimientos, independientemente de que sean jurídicamente independientes. Si Ábalos es condenado, la presión sobre Gómez y sobre los acusados de Kitchen aumentará exponencialmente; si es absuelto, la credibilidad de las acusaciones en los otros casos se verá debilitada por contagio mediático, aunque no por razones jurídicas.
Los pasillos de los tribunales madrileños, que este sábado permanecen vacíos y en silencio, albergan un volumen de tensión acumulada que los juristas veteranos no recuerdan haber vivido desde los años del caso Gürtel y la etapa final del Gobierno de Rajoy. Un fiscal de la Audiencia Nacional que lleva 25 años ejerciendo y que pidió no ser identificado describió la situación con una metáfora que resume la complejidad del momento: «Tenemos tres ollas a presión en tres cocinas distintas, con tres cocineros que no se hablan entre sí, y las tres van a explotar más o menos al mismo tiempo. El problema no es cada olla individual, sino lo que pasa cuando las tres explotan juntas en una cocina que es la misma: la opinión pública española». La próxima semana será decisiva en los tres frentes: el lunes, la Audiencia Provincial de Madrid debe resolver sobre la admisión del recurso de Gómez; el miércoles 14, Kitchen retoma la fase documental con la presentación de los registros de 2017; y entre tanto, en algún despacho del Tribunal Supremo, siete magistrados comenzarán a deliberar sobre una sentencia que, sea cual sea su contenido, dejará marcas profundas en el paisaje político español durante años.

