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El juez Peinado rechaza archivar la causa contra Begoña Gómez e insiste en llevarla a juicio por jurado acusándola de desviar recursos de la Universidad Complutense y de empresas colaboradoras a sus intereses personales mientras la Fiscalía Europea abre una investigación paralela sobre los contratos de Barrabés con fondos comunitarios en un auto de ciento cuarenta y siete páginas que detalla un presunto entramado de favores cruzados

El instructor procesa a la esposa del presidente por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. Gómez niega haber influido en contrato alguno. Su defensa anuncia recurso ante la Audiencia Provincial. La Fiscalía Europea investiga 8,4 millones en contratos adjudicados a Barrabés con fondos Next Generation.

Por Redacción de El Hemiciclo· Madrid·
22 min de lectura
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El juez de instrucción número cuarenta y uno de Madrid, Juan Carlos Peinado, ha notificado esta madrugada un auto de ciento cuarenta y siete páginas en el que rechaza de plano la petición de archivo formulada por la defensa de Begoña Gómez e insiste en abrir juicio oral con tribunal del jurado popular contra la esposa del presidente del Gobierno por cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de caudales públicos y apropiación indebida. El auto, al que ha tenido acceso El Hemiciclo en su integridad, constituye el documento más extenso y detallado producido por Peinado desde que inició la instrucción hace dieciocho meses y dibuja lo que el instructor denomina «un sistema de captación de recursos públicos y privados articulado en torno a la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid y canalizado a través de relaciones personales que la investigada mantenía con empresarios beneficiarios de contratos públicos, singularmente con el grupo empresarial de Juan Carlos Barrabés».

El juez instructor del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha rechazado archivar la causa penal contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez, y ha acordado en un auto de 147 páginas remitirla a juicio oral ante un tribunal del jurado. La resolución, que abre la vía para que el caso sea juzgado por ciudadanos y no por magistrados de carrera, imputa a Gómez los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida, por presuntamente desviar recursos de la Universidad Complutense de Madrid y de empresas colaboradoras hacia sus intereses personales. Simultáneamente, la Fiscalía Europea ha abierto una investigación paralela sobre 8,4 millones de euros en contratos adjudicados a la empresa Barrabés con cargo a fondos Next Generation de la Unión Europea.

La acusación: un presunto entramado de favores cruzados

El auto del juez detalla lo que la resolución describe como un presunto entramado de favores cruzados en el que Gómez habría aprovechado su posición para orientar recursos públicos y universitarios hacia proyectos vinculados a sus actividades profesionales. La instrucción señala a la Universidad Complutense de Madrid como uno de los escenarios centrales del presunto esquema, al haber albergado actividades académicas y de formación en las que Gómez participaba. La extensión del auto —147 páginas— indica la complejidad que el instructor atribuye a la causa y el volumen de indicios que considera suficientes para superar el umbral del archivo y abrir la puerta al juicio.

La posición de la defensa

Begoña Gómez ha negado de forma categórica haber influido en la adjudicación de contrato alguno. Su equipo de defensa ha anunciado que recurrirá el auto ante la Audiencia Provincial de Madrid, instancia jerárquicamente superior que deberá revisar si concurren los indicios suficientes que el instructor afirma haber encontrado. Mientras ese recurso se sustancia, la causa queda en suspenso respecto a la apertura efectiva del juicio oral, lo que puede prolongar de manera significativa el horizonte temporal del proceso.

Por qué importa: el peso institucional del caso

La causa concentra una relevancia institucional excepcional por la condición de Gómez como cónyuge del presidente del Gobierno en activo. En el ordenamiento español, esa circunstancia no confiere ningún aforamiento ni protección procesal especial a los familiares del titular del Ejecutivo, pero sí sitúa el caso en el centro del debate político y judicial sobre los límites entre la esfera privada de los dirigentes y el ejercicio del poder público. El tráfico de influencias, tipificado en el Código Penal, castiga a quien, prevaliéndose de relaciones personales con funcionarios o autoridades, solicita para sí o para terceros beneficios o favores. La corrupción en los negocios, por su parte, se aplica cuando esa influencia se ejerce en el ámbito de la actividad económica privada.

La investigación europea: fondos Next Generation

La apertura de una investigación paralela por parte de la Fiscalía Europea añade una dimensión transnacional al caso. La Fiscalía Europea —conocida por sus siglas en inglés EPPO— es un organismo independiente de la Unión Europea, operativo desde 2021, competente para investigar y perseguir delitos que afecten a los intereses financieros comunitarios, incluidos el fraude, la corrupción y la malversación de fondos europeos. Los fondos Next Generation EU son el mayor paquete de recuperación económica aprobado por la UE, dotado con 750.000 millones de euros a escala continental, de los que España es uno de los principales receptores. La investigación se centra en 8,4 millones de euros en contratos que habrían sido adjudicados a Barrabés —empresa vinculada a la causa— con cargo a ese programa.

El jurado popular: un procedimiento singular

La decisión del instructor de remitir el caso al tribunal del jurado, y no a una sala de magistrados profesionales, tiene consecuencias procesales relevantes. La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado de 1995 reserva a este órgano el conocimiento de determinados delitos, entre los que se incluyen los de tráfico de influencias y algunos supuestos de malversación. Un jurado popular está compuesto por nueve ciudadanos seleccionados por sorteo que deciden sobre los hechos, mientras que el magistrado-presidente se limita a aplicar el derecho. Esta fórmula, pensada para acercar la justicia a la ciudadanía en asuntos de especial trascendencia pública, implica también dinámicas de deliberación distintas a las de un tribunal técnico.

Contexto: la instrucción y sus hitos

La causa contra Begoña Gómez fue admitida a trámite tras una denuncia presentada por una asociación y ha transitado por diversas fases de instrucción en las que el juez tomó declaración a la investigada, practicó diligencias en la Universidad Complutense y recabó documentación sobre los contratos objeto de la imputación. A lo largo de ese proceso, la defensa intentó en varias ocasiones el archivo de las actuaciones por falta de indicios, peticiones que el instructor ha rechazado de forma reiterada, culminando ahora en el auto que abre la vía del juicio oral. La Fiscalía del Estado, cuya posición respecto a la causa difiere de la de la acusación particular, deberá pronunciarse también sobre el escrito de acusación formal.

Próximos pasos

El recurso de la defensa ante la Audiencia Provincial de Madrid constituye el primer nudo procesal inmediato. Si la Audiencia confirma el auto del juez, el caso avanzará hacia la fase de juicio oral ante el tribunal del jurado; si lo revoca, el proceso podría encaminarse hacia el archivo o la reformulación de los cargos. En paralelo, la investigación de la Fiscalía Europea sobre los contratos de Barrabés discurrirá por un cauce autónomo, con sus propios plazos y competencias, aunque los hallazgos de ambas instrucciones podrían confluir como material probatorio. La magnitud política del proceso —con el Gobierno en funciones y las próximas citas electorales como telón de fondo— garantiza que cada resolución judicial tendrá repercusión inmediata en la agenda pública.

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