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Manos Limpias pide al CGPJ sancionar a la juez de la Dana y su marido

El sindicato reclama resolver antes de septiembre la queja contra Nuria Ruiz Tobarra y sitúa en Miguel Polo, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, la máxima responsabilidad

Por Redacción de El Hemiciclo·
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El sindicato de funcionarios Manos Limpias ha reclamado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que resuelva la queja disciplinaria que presentó el 14 de mayo de 2025 contra la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, instructora de las diligencias previas por la DANA que asoló Valencia el 29 de octubre de 2024 desde el Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja.

Bernad ha situado en septiembre de 2026 el plazo que espera para una resolución y ha advertido de que, si la eventual sanción se calificara como leve, no se conformará: la recurrirá por vía contencioso-administrativa, la llevará ante la Comisión Europea y explorará la vía penal. «Si es una resolución de una sanción leve, no nos vamos a conformar», ha afirmado. El sindicato asegura haber instado por escrito al promotor de la acción disciplinaria del CGPJ a que se pronuncie, después de más de un año sin resolución.

El régimen disciplinario de la carrera judicial, regulado en la Ley Orgánica del Poder Judicial, distingue entre faltas leves, graves y muy graves, con consecuencias que van desde la simple advertencia hasta la separación del servicio. Según la interpretación que defiende Bernad, la implicación de Martínez Rivera —magistrado sin competencia formal en la causa— debería encuadrarse en el escalón más severo: «Tendrían que estar tanto la juez de Catarroja como su marido expulsados de la carrera judicial», sostuvo. El CGPJ no ha hecho pública resolución alguna sobre el expediente.

Bernad ha contrapuesto la tramitación de esta queja con la reacción del órgano de gobierno de los jueces ante el caso del juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno: mientras el CGPJ abordó con urgencia cuestiones relativas a Peinado, la queja contra la instructora de la DANA seguiría sin resolverse. «El CGPJ tampoco es un órgano independiente», afirmó el dirigente sindical. El Consejo no ha respondido públicamente a esa comparación ni ha detallado el estado del expediente.

Manos Limpias intentó personarse como acusación popular en la causa, que se instruye en Catarroja tras una riada que causó 229 muertos según el balance oficial. Bernad ha afirmado haberse sentido coaccionado para dirigir su acusación exclusivamente contra el exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, y contra el propio Mazón: «Nunca, en mi vida, he tenido un caso semejante en que un juez o una jueza dirigieran la acusación popular», declaró, y calificó el procedimiento de «nulo de pleno derecho». La magistrada no ha formulado declaraciones públicas sobre estas acusaciones, amparada en el deber de reserva que rige la instrucción.

Quién es responsable, según el sindicato

La causa mantiene como investigados a la exconsellera Salomé Pradas y a Argüeso, en relación con la gestión de la alerta durante la jornada de la DANA. La instructora llegó a plantear ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) la posibilidad de investigar a Mazón, aforado ante ese tribunal. Bernad ha rechazado de forma expresa que ninguno de los tres sea el máximo responsable: «Para nada. Ni Carlos Mazón, ni Emilio Argüeso ni la ex consellera. Ninguno», dijo, para atribuir esa responsabilidad a Polo, presidente de la CHJ, «y eso ya lo anticipamos cuando presentamos la primera denuncia».

La Confederación Hidrográfica del Júcar es un organismo estatal, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica, encargado de la gestión del dominio público hidráulico y del seguimiento hidrológico en la cuenca, que incluye el barranco del Poyo, uno de los cauces donde se concentró la tragedia. El sindicato ya orientó parte de su denuncia inicial contra el funcionamiento de los sistemas de aviso gestionados por la CHJ.

El reparto de competencias, en el centro

El deslinde de funciones entre la Administración General del Estado —a través de la CHJ y la Agencia Estatal de Meteorología— y la Generalitat Valenciana, responsable de la gestión de emergencias mediante su agencia autonómica de seguridad y respuesta, ha sido uno de los ejes de la instrucción. La Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil atribuye a las comunidades autónomas la activación de los planes de emergencia y el aviso a la población, mientras la información hidrológica de base procede de los organismos de cuenca estatales, un solapamiento que ha complicado la atribución de responsabilidades.

Los tribunales españoles han abordado en otras ocasiones el reparto de responsabilidades entre administraciones tras catástrofes naturales, un terreno en el que la delimitación competencial entre Estado y comunidades autónomas resulta habitualmente compleja de fijar en sede judicial. La distribución de competencias en materia de protección civil y aguas ha sido recurrente en episodios de inundación en el litoral mediterráneo desde la reordenación autonómica de los años ochenta.

El CGPJ es el órgano competente para instruir y resolver los expedientes disciplinarios contra jueces y magistrados a través del promotor de la acción disciplinaria y de su Comisión Disciplinaria. Sus resoluciones son recurribles ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, vía que Manos Limpias ha anunciado que empleará si considera insuficiente la sanción. Bernad ha adelantado además que llevaría el asunto «a Europa, a donde sea».

La causa de la DANA continúa en fase de instrucción, sin fecha para su conclusión ni para una eventual apertura de juicio oral. El TSJCV mantiene la pieza relativa al posible aforamiento de Mazón, mientras la resolución de la queja disciplinaria en el CGPJ marcará el próximo hito procesal que el sindicato ha situado en septiembre. De su calificación —leve, grave o muy grave— dependerá que Manos Limpias active o no los recursos anunciados.

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