La protesta del 26 de julio, convocada contra la masificación turística en Mallorca, terminó con cargas policiales cuyo alcance y saldo de heridos siguen sin esclarecerse. La discrepancia sobre la asistencia anticipa el terreno de disputa: la organización convocante cifra la participación en más de 70.000 personas, mientras que la Policía Nacional y la Policía Local la sitúan en una horquilla de entre 22.000 y 25.000 asistentes.
Alerta Solidària y Menys Turisme, Més Vida sostienen que 25 personas se han puesto en contacto con ambas organizaciones para relatar presuntas agresiones durante las cargas, de las cuales 15 habrían requerido asistencia médica. El portavoz de Menys Turisme, Més Vida, Jaume Pujol, y el representante de Alerta Solidària, Àlvar Hervalejo, expusieron esos datos en una rueda de prensa en la que sostuvieron que el número de lesionados podría ser superior al conocido y citaron dos casos de golpes en la cabeza, uno de ellos con una hospitalización de 48 horas por una hemorragia cerebral, según su relato.
Ninguno de esos testimonios se ha traducido todavía en una denuncia formal. Los servicios jurídicos de Alerta Solidària estudian cada caso de manera individual, recopilando informes médicos, vídeos e imágenes con el objetivo de identificar a los agentes que intervinieron y dirigir contra ellos las acciones legales. La organización no descarta combinar denuncias particulares con una querella conjunta, ni ampliar el frente judicial hacia responsabilidades políticas si estima que existen indicios suficientes.
Desde el ámbito policial, las fuentes consultadas trasladan que la apertura de un procedimiento judicial —una vez presentadas las denuncias— es el cauce que permitiría aportar el atestado, los informes internos de los mandos y las grabaciones de las cámaras de seguridad. Sería entonces la autoridad judicial competente, previsiblemente un juzgado de instrucción de Palma, la que valorase esa documentación y decidiese sobre la identificación y, en su caso, la detención de los manifestantes señalados por los incidentes, sin que ello implique en esta fase ningún pronunciamiento sobre responsabilidad penal.
Un recorrido procesal que aún no ha empezado para ninguna de las partes
El procedimiento español distingue con nitidez las fases previas a cualquier condena: de la denuncia se abre una investigación, de ahí puede derivar un procesamiento y solo tras el juicio una sentencia firme determina culpabilidad. En el caso de los manifestantes señalados por la Policía, ese recorrido no ha comenzado, al no constar denuncia formal; en el de los agentes que intervinieron en las cargas, la situación es simétrica, a la espera de que las plataformas concreten sus denuncias particulares o la querella conjunta que estudian.
Las plataformas reclaman además la dimisión del delegado del Gobierno en Baleares, Alfonso Rodríguez, y sostienen que estudian denunciar a los mandos policiales por un presunto delito contra el ejercicio del derecho fundamental de manifestación, recogido en el artículo 21 de la Constitución y desarrollado por la Ley Orgánica 9/1983. De activarse esa vía, el procedimiento se sustanciaría también en fase de instrucción, sin que a día de hoy exista denuncia registrada en ese sentido.
Las fuentes policiales, por su parte, lamentan la posición de la Delegación del Gobierno, que atribuyen a un intento de rebajar la tensión política sin respaldar públicamente la actuación de los agentes desplazados al operativo. Critican en particular que Rodríguez cuestionara la actuación de sus subordinados, una postura que comparan con la mantenida semanas atrás en relación con la Guardia Civil en otro episodio.
El derecho fundamental de reunión y manifestación pacífica, amparado por el artículo 21 de la Constitución, tiene como contrapeso el deber de las fuerzas de seguridad de garantizar el orden público bajo los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad que fija la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Cualquier instrucción sobre lo ocurrido el 26 de julio girará en torno a si el uso de la fuerza se ajustó a esos parámetros.
En Baleares y en el conjunto de España, las investigaciones por presunta desproporción policial durante protestas y desahucios de la pasada década ilustran cómo se resuelven este tipo de causas: en varios casos derivaron en diligencias contra agentes que, en su mayoría, fueron archivadas o concluyeron sin condena tras el visionado de grabaciones y el cotejo de partes médicos y atestados. Ese historial anticipa que el material audiovisual, de existir en cantidad y calidad suficientes, será determinante en cualquier instrucción.
Hasta la fecha, la Delegación del Gobierno en Baleares no ha efectuado declaraciones adicionales sobre el balance de la manifestación, y no han trascendido comunicados oficiales de la Policía Nacional que confirmen de forma expresa la postura atribuida a las fuentes próximas al caso. El Ministerio del Interior tampoco ha facilitado un balance oficial de heridos entre manifestantes o agentes.
El desenlace depende en primer término de que Alerta Solidària y Menys Turisme, Més Vida concreten las denuncias anunciadas. De producirse, correspondería a un juzgado de instrucción de Palma determinar si existen indicios suficientes para admitirlas a trámite, requerir los atestados policiales y, en su caso, citar a testigos o a los agentes identificados. Mientras eso no ocurra, el asunto permanecerá en el terreno de las declaraciones cruzadas y las cifras de participación en disputa, sin causa judicial abierta sobre los hechos del 26 de julio.
