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Un juzgado de Santander investiga a la portavoz de Vox en Cantabria

El Juzgado de Instrucción número 2 dirige el procedimiento contra Leticia Díaz por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santander ha acordado dirigir el procedimiento contra Leticia Díaz, portavoz de Vox en el Parlamento de Cantabria, en la causa abierta por el uso de un bolígrafo espía dentro del grupo parlamentario, al apreciar indicios de un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos.

La denuncia original partió de dos diputados y dos asesores del propio partido, según el relato de la instrucción, en un grupo parlamentario que arrastra desde hace meses tensiones internas. La decisión del juez de dirigir formalmente el procedimiento contra la portavoz supone un paso más en una causa que hasta ahora se mantenía en una fase de investigación más genérica.

Dirigir la instrucción contra una persona concreta implica que el juez ha apreciado indicios racionales de criminalidad suficientes para justificar diligencias específicas, sin que ello equivalga a una condena ni prejuzgue el resultado final del procedimiento. En esta fase, el juzgado recaba pruebas, toma declaración a los implicados y decide si existen elementos para elevar el caso a juicio oral o, por el contrario, archivarlo.

El delito de descubrimiento y revelación de secretos, tipificado en los artículos 197 y siguientes del Código Penal, castiga el apoderamiento de datos o comunicaciones reservadas sin consentimiento de su titular, así como su difusión posterior. Las penas de prisión previstas oscilan entre uno y cuatro años, agravables si la información se utiliza con fines de lucro o en perjuicio de terceros. El juzgado deberá determinar si el empleo del bolígrafo espía en el seno del grupo encaja en ese tipo penal.

Leticia Díaz ejerce como portavoz del grupo parlamentario de Vox en el Parlamento de Cantabria, una responsabilidad que combina la representación pública de la formación en la cámara con la coordinación interna de sus diputados. El cargo, de naturaleza estrictamente parlamentaria, no debe confundirse con la dirección orgánica del partido en la comunidad autónoma, aunque en la práctica ambas esferas mantienen una interlocución estrecha.

El episodio se produce en un contexto de división interna que ha ido aflorando en los últimos meses dentro de la representación cántabra de Vox, con roces entre diputados sobre la gestión del grupo. La denuncia por el bolígrafo espía se enmarca en un clima de desconfianza que ha trascendido los cauces internos del partido para llegar a los tribunales.

Ni Vox ni la propia Leticia Díaz han ofrecido, hasta el momento, una versión pública detallada sobre el fondo del asunto ni sobre la situación procesal de la portavoz. La Mesa del Parlamento de Cantabria tampoco ha realizado ninguna valoración pública sobre la situación interna del grupo.

El uso de dispositivos de grabación oculta en el ámbito político no es un fenómeno inédito en España. Desde la Transición, distintos escándalos vinculados a escuchas o grabaciones clandestinas entre cargos públicos o dentro de organizaciones políticas han derivado en procedimientos judiciales por vulneración de la intimidad o del secreto de las comunicaciones. Estos casos plantean un conflicto jurídico recurrente: la tensión entre el derecho a la intimidad de quienes participan en una reunión y el eventual interés en documentar irregularidades internas.

La repercusión del caso trasciende el ámbito estrictamente judicial. Un grupo parlamentario dividido y con integrantes enfrentados en los tribunales plantea interrogantes sobre su funcionamiento ordinario en la cámara autonómica, donde Vox condiciona con sus votos las mayorías en distintas votaciones y mociones.

A partir de ahora, el procedimiento seguirá su curso: el juzgado deberá tomar declaración a la investigada y a los denunciantes y valorar las pruebas técnicas sobre el dispositivo, para lo que en este tipo de causas es habitual practicar periciales informáticas y declaraciones testificales de quienes participaron en las reuniones afectadas.

Concluida la instrucción, el juez decidirá si procede la apertura de juicio oral, el sobreseimiento total o parcial de la causa o nuevas diligencias. La ley no fija un plazo rígido para esa resolución, que la práctica judicial suele situar en varios meses, por lo que cualquier decisión sobre el fondo tardará, previsiblemente, semanas o meses en materializarse.

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