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El Supremo declara el caso Koldo visto para sentencia tras 14 sesiones y más de 70 testigos: el fiscal Luzón cierra con un alegato magistral y las penas solicitadas suman 50 años para los tres principales acusados mientras seis incógnitas mantienen en vilo al sistema político

José Luis Ábalos afronta una petición de 24 años de prisión por cohecho pasivo propio y organización criminal, Koldo García se enfrenta a 19,5 años por cohecho activo y blanqueo de capitales, y Víctor de Aldama a 7 años por cooperación necesaria. El tribunal presidido por Marchena ha recogido un volumen de prueba documental sin precedentes en la historia reciente de la jurisdicción penal del Supremo. El PP exige que la sentencia se dicte antes del 17-M para que los votantes andaluces conozcan el veredicto, una pretensión que los juristas califican de injerencia en la independencia judicial.

Por Redacción de El Hemiciclo· Madrid· · Actualizado:
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Cuando el magistrado Manuel Marchena pronunció ayer a las 14:23 las palabras «queda visto para sentencia» en la sala segunda del Tribunal Supremo, un silencio espeso se instaló durante exactamente cuatro segundos entre los presentes —abogados, fiscales, acusados, periodistas, público— antes de que el murmullo nervioso de los que ya calculaban plazos, probabilidades y consecuencias políticas llenara el espacio que la solemnidad judicial había dejado vacío, porque lo que acaba de concluir no es solo un juicio penal con tres acusados y unas penas que suman medio siglo de cárcel sino el proceso judicial más determinante para la política española desde el juicio del procés en 2019, un proceso que ha obligado al Tribunal Supremo a examinar las entrañas de un sistema de contratación pública corrompido desde el corazón mismo del Ministerio de Transportes, que ha puesto bajo la lupa el funcionamiento interno del PSOE como organización y que ha dejado al descubierto una red de intermediarios, comisionistas y testaferros cuya sofisticación operativa ha llevado al fiscal Luzón a utilizar en su alegato final una expresión que quedará grabada en la memoria jurídica del país: «Lo que tenemos ante»

Las 14 sesiones del juicio oral, desarrolladas entre el 7 de abril y el 23 de mayo en jornadas maratonianas que en tres ocasiones superaron las ocho horas de duración, han producido un volumen de prueba testifical y documental que los letrados de la sala califican de excepcional incluso para los estándares del Supremo. Más de 70 testigos han desfilado ante el tribunal, desde altos cargos del Ministerio de Transportes hasta empresarios de sectores tan diversos como la construcción, la sanidad y el transporte de mercancías, pasando por funcionarios de la Intervención General del Estado que describieron con precisión contable las irregularidades detectadas en las adjudicaciones investigadas. La documentación aportada por la Fiscalía Anticorrupción supera los 180.000 folios digitalizados, que incluyen correos electrónicos, mensajes de WhatsApp, grabaciones telefónicas, extractos bancarios de 47 cuentas en seis países, informes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil y dictámenes periciales de tres gabinetes independientes sobre los flujos financieros entre las empresas pantalla vinculadas a Aldama y las cuentas personales de Ábalos y Koldo García. El tribunal ha admitido como prueba la totalidad de la documentación aportada por la Fiscalía y ha rechazado únicamente tres informes periciales de parte presentados por la defensa de Ábalos por considerar que adolecían de falta de rigor metodológico.

El alegato final del fiscal Javier Luzón, pronunciado el jueves 22 de mayo en una sesión de seis horas que los observadores jurídicos han calificado unánimemente de magistral, constituye por sí solo un documento de referencia para la dogmática penal española sobre delitos de corrupción pública. Luzón construyó su argumentación en tres niveles concéntricos: en el primer nivel, el más inmediato, detalló los actos concretos de cohecho —las comisiones del 8% sobre contratos de mascarillas, los pagos en efectivo documentados por la UCO, las transferencias a cuentas en Andorra y Panamá— con una precisión aritmética que no dejaba resquicios para la duda razonable. En el segundo nivel, el más ambicioso, Luzón desplegó una teoría de la organización criminal que trasciende la figura clásica del cohecho bilateral para describir un sistema estructurado de captura institucional en el que cada actor tenía un rol definido: Ábalos como facilitador institucional con capacidad decisoria sobre las adjudicaciones, Koldo García como enlace operativo entre el ministerio y los intermediarios, y Aldama como gestor financiero de la red con acceso a una infraestructura de blanqueo internacional. En el tercer nivel, el más políticamente incendiario, Luzón planteó la pregunta que sobrevolaba todo el juicio sin que nadie se atreviera a formularla: ¿hasta dónde llegaba el conocimiento del partido sobre las actividades de la red?

Las seis incógnitas que el juicio ha dejado abiertas y que la sentencia deberá abordar, directa o indirectamente, configuran un mapa de riesgos jurídicos y políticos cuya resolución marcará el curso de la legislatura. La primera incógnita es el papel de Francina Armengol, presidenta del Congreso de los Diputados, cuyo nombre apareció en las declaraciones de Aldama como receptora de información sobre las adjudicaciones cuando era presidenta del Gobierno de Baleares y cuya implicación, de ser confirmada por la sentencia, abriría un escenario constitucional inédito: la posible imputación de la tercera autoridad del Estado. La segunda incógnita es la existencia de una pieza separada sobre los pagos al PSOE que la Audiencia Nacional investiga a partir de las declaraciones de Aldama durante el juicio en las que afirmó haber entregado 600.000 euros en efectivo a un tesorero del partido cuya identidad se negó a revelar. La tercera incógnita es el destino de los 14 millones de euros que la UCO ha documentado como flujos financieros irregulares pero cuyo origen último no ha podido ser trazado hasta una fuente específica.

La cuarta incógnita, quizá la más relevante desde el punto de vista de la arquitectura del caso, es si el tribunal acogerá la tesis de la organización criminal o se limitará a condenar por delitos individuales de cohecho y blanqueo. La diferencia no es meramente académica: la calificación como organización criminal permitiría agravar las penas y, sobre todo, abriría la puerta a que otros miembros del entorno ministerial que no han sido juzgados en esta causa pudieran ser investigados como integrantes de la estructura criminal, lo que multiplicaría las ramificaciones judiciales del caso durante años. La quinta incógnita es la credibilidad que el tribunal otorgará a las declaraciones de Aldama, que durante tres sesiones del juicio actuó simultáneamente como acusado y como testigo de cargo contra Ábalos y Koldo, un papel ambivalente que las defensas han impugnado como jurídicamente irregular y que la Fiscalía ha defendido invocando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho del acusado a declarar libremente. La sexta incógnita, la más difusa pero posiblemente la más determinante a largo plazo, es si la sentencia incluirá pronunciamientos obiter dicta sobre la responsabilidad política —distinta de la penal— de quienes desde posiciones de poder permitieron que la red operara durante años sin controles efectivos.

La presión del PP para que la sentencia se dicte antes de las elecciones andaluzas del 17 de mayo ha generado un debate sobre la independencia judicial que ha trascendido las fronteras del caso Koldo. La Asociación Profesional de la Magistratura ha emitido un comunicado en el que recuerda que los plazos de la justicia los marca la ley y la complejidad de las causas, no los calendarios electorales, y que cualquier presión externa sobre los tiempos de deliberación constituye un ataque a la separación de poderes. Marchena, cuya ponencia se estima que superará las 300 páginas dada la complejidad del caso, trabaja con un equipo de cuatro letrados del gabinete técnico del Supremo y las fuentes jurídicas consultadas sitúan la sentencia entre finales de mayo y la primera quincena de junio, un plazo que podría coincidir o no con la cita electoral andaluza dependiendo de variables que solo el ponente conoce.

El impacto del caso Koldo sobre el sistema político español trasciende con mucho las penas individuales que pueda imponer el tribunal y se mide en una dimensión que los juristas denominan efecto institucional: la capacidad de una sentencia para alterar los equilibrios de poder, las percepciones ciudadanas sobre la corrupción y la confianza en las instituciones. Si el Supremo condena a Ábalos como líder de una organización criminal que operaba desde un ministerio del gobierno de Sánchez, el PSOE afrontará una crisis existencial comparable a la que vivió el PP tras la sentencia del caso Gürtel en 2018, con la diferencia de que aquella sentencia fue dictada cuando Rajoy ya no estaba en el gobierno y esta llegaría con Sánchez todavía en La Moncloa. Si, por el contrario, el tribunal rebaja la calificación y condena por delitos individuales de cohecho sin acoger la tesis de la organización criminal, el PSOE podrá argumentar que se trató de una desviación personal de Ábalos y no de un problema sistémico del partido, un argumento que la oposición rechazará pero que podría ser suficiente para contener la hemorragia electoral.

La figura de Koldo García, el asesor ministerial que da nombre al caso y cuya biografía anterior a su entrada en el entorno de Ábalos era la de un militante vasco del PSOE sin formación universitaria ni experiencia en la administración pública, encarna mejor que ninguna otra la anomalía institucional que el juicio ha puesto al descubierto. Koldo García llegó al Ministerio de Transportes como asesor personal de Ábalos en junio de 2018, con un contrato de libre designación que no exigía titulación específica y un sueldo de 54.000 euros anuales que, según la documentación aportada por la Fiscalía, era una fracción minúscula de los ingresos que obtenía por su papel como intermediario en las adjudicaciones ministeriales. La UCO ha documentado que Koldo García mantenía cuentas en Andorra con saldos que llegaron a superar los 2 millones de euros, que adquirió tres propiedades inmobiliarias en Álava y Tenerife entre 2019 y 2022 por un valor conjunto de 1,8 millones de euros, y que realizó viajes internacionales a Dubái, Estambul y Ciudad de Panamá que no figuran en ningún registro oficial del ministerio. La pregunta que el tribunal deberá responder es hasta qué punto la actividad de Koldo García era conocida y tolerada por la estructura ministerial o si, como sostiene la defensa de Ábalos, se trataba de una iniciativa individual de un asesor que abusó de la confianza de su superior.

En los pasillos del Tribunal Supremo, donde la rutina procesal impone una cadencia que contrasta con la urgencia política que rodea al caso, los letrados que han seguido las 14 sesiones comparten una impresión que no se traduce en predicciones pero que dice mucho sobre la calidad del juicio: Luzón ha presentado un caso sólido cuya única debilidad es la dependencia parcial de las declaraciones de Aldama, un testigo-acusado cuya credibilidad puede ser cuestionada por su interés en obtener una rebaja de pena. Las defensas, por su parte, han apostado por estrategias divergentes que reflejan la fractura interna de la red: Ábalos ha mantenido desde el primer día una posición de negación absoluta argumentando que las adjudicaciones se realizaron conforme a los procedimientos legales y que desconocía las actividades paralelas de Koldo; Koldo ha adoptado una posición intermedia reconociendo contactos con Aldama pero negando haber recibido comisiones; y Aldama ha optado por la colaboración selectiva con la Fiscalía aportando datos que incriminan a Ábalos y Koldo pero protegiendo a otros actores cuya identidad solo él conoce. Esa disparidad de estrategias defensivas, que en otros juicios podría favorecer a alguno de los acusados, en este caso ha funcionado paradójicamente en contra de todos ellos porque cada defensa, al intentar salvar a su cliente, ha aportado involuntariamente elementos de prueba que refuerzan la acusación contra los demás.

La deliberación que ahora se abre en la sala segunda del Supremo será, según todos los indicios, una de las más complejas y debatidas de la historia reciente del tribunal. Marchena, un magistrado cuya capacidad de síntesis y cuya autoridad intelectual sobre los demás miembros de la sala quedaron demostradas durante el juicio del procés, deberá construir una ponencia que no solo resuelva las cuestiones de hecho y de derecho del caso Koldo sino que establezca doctrina sobre la figura de la organización criminal en el ámbito de la contratación pública, un terreno en el que la jurisprudencia española es todavía incipiente. La sentencia, cuando llegue, no será solo un veredicto sobre tres individuos sino un pronunciamiento sobre los límites de la responsabilidad penal en las estructuras de poder político, y su resonancia se dejará sentir durante décadas en la forma en que España entiende, persigue y castiga la corrupción que nace en las instituciones del Estado.

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