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El Supremo descarta emitir la sentencia del caso Koldo antes del 17-M: Martínez Arrieta lidera la deliberación sobre la organización criminal

Los siete magistrados abordan el nudo central de la causa: si Ábalos, Koldo y Aldama constituyeron una estructura estable de corrupción. La Audiencia Nacional incorpora las declaraciones de Aldama sobre pagos al PSOE a la pieza separada

Por Redacción de El Hemiciclo·
9 min de lectura
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El Tribunal Supremo ha descartado de facto que la sentencia del caso Koldo se conozca antes de las elecciones andaluzas del 17 de mayo. El magistrado ponente, Andrés Martínez Arrieta, necesita al menos dos semanas más para cerrar el borrador de una resolución que superará las 300 páginas y que debe abordar el nudo central del procedimiento: si los tres acusados principales constituyeron una organización criminal en los términos del artículo 570 bis del Código Penal.

Los siete magistrados de la Sala que instruye el caso Koldo en el Tribunal Supremo han descartado emitir sentencia antes del 17 de marzo, según el material disponible sobre la causa. La deliberación, presidida por el magistrado Martínez Arrieta, gira en torno a la pregunta que define el núcleo del procedimiento: si el exministro de Transportes José Luis Ábalos, su asesor Víctor de Aldama y el empresario al que apoda Koldo García Izaguirre conformaron una estructura estable y organizada de corrupción, esto es, una organización criminal en el sentido técnico-jurídico del término.

El nudo jurídico: organización criminal o corrupción puntual

La distinción no es menor. En el ordenamiento penal español, la apreciación de organización criminal —prevista en el Código Penal como figura autónoma que agrava las penas de los delitos asociados— exige acreditar que existió una estructura con vocación de permanencia, reparto de funciones y jerarquía, y no una mera convergencia ocasional de voluntades delictivas. Que los magistrados hayan convertido este punto en el nudo central de la deliberación indica que la cuestión no está resuelta de antemano y que su resolución determinará en buena medida la calificación jurídica final de los hechos y la eventual responsabilidad de cada imputado.

El plazo y la complejidad procesal

El descarte de una sentencia antes del 17 de marzo revela la envergadura de un procedimiento que, por el número de acusados, la pluralidad de piezas separadas y la complejidad de los hechos investigados, requiere una deliberación extensa. En causas de esta naturaleza ante el Tribunal Supremo, el órgano actúa como tribunal de primera y única instancia cuando los investigados ostentan aforamiento, lo que implica que la Sala asume tanto la instrucción como el enjuiciamiento, con las garantías procesales propias de ese doble rol.

La pieza separada y las declaraciones de Aldama

En paralelo, la Audiencia Nacional ha incorporado a una pieza separada del mismo caso las declaraciones del empresario Víctor de Aldama en las que este asegura haber realizado pagos al PSOE. La apertura de piezas separadas es un mecanismo procesal ordinario que permite investigar de forma autónoma ramificaciones o hechos conexos sin paralizar la causa principal. La incorporación de esas declaraciones no implica, por sí sola, que los hechos referidos estén acreditados ni que hayan generado una imputación formal, sino que el órgano judicial ha considerado que merecen contraste y tramitación independiente.

Ábalos, Koldo y Aldama: los tres ejes de la acusación

Los tres nombres que articulan la deliberación del Supremo representan perfiles distintos dentro de la estructura que la acusación sostiene que existió. Ábalos ocupó la cartera de Transportes durante un período en que, según la investigación, se habrían producido contratos irregulares. García Izaguirre, conocido como Koldo, ejerció como asesor del entonces ministro. Aldama, empresario con ramificaciones en varios sectores, aparece en la causa como el presunto intermediario que habría articulado los pagos a cambio de adjudicaciones públicas. La calificación de sus relaciones como organización criminal es precisamente lo que la Sala debe resolver.

Contexto: el caso Koldo y su origen

El caso Koldo tuvo su origen en una investigación por presunta corrupción vinculada a la compra de mascarillas durante la pandemia de covid-19, operación en la que se detectaron supuestas comisiones irregulares. Con el tiempo, la causa se fue ramificando hacia otros contratos y hacia la presunta financiación ilegal de partidos, lo que explica tanto la pluralidad de piezas separadas como la implicación de diferentes jurisdicciones —Supremo y Audiencia Nacional— en función del aforamiento o no de cada investigado.

El papel de Martínez Arrieta

Que sea el magistrado Martínez Arrieta quien lidere la deliberación responde a la asignación interna de ponencia en la Sala. En el sistema español, el magistrado ponente es el encargado de redactar la resolución y de ordenar el debate entre el resto de miembros del tribunal, aunque la decisión final corresponde a la mayoría de los siete magistrados. Su protagonismo en esta fase no anticipa el sentido del fallo, pero sí subraya que la causa ha entrado en una etapa decisiva de su tramitación.

Próximos pasos

Con la sentencia descartada para antes del 17 de marzo y la pieza separada de la Audiencia Nacional en fase de incorporación de pruebas, el caso Koldo avanza en dos frentes simultáneos que podrían converger o divergir en sus conclusiones. La resolución del Supremo sobre la existencia o no de organización criminal marcará un hito jurídico con potencial de sentar doctrina sobre los límites entre la corrupción individualizada y la criminalidad organizada en el ámbito de la contratación pública española.

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