El accidente se produjo el 24 de julio de 2013, cuando el tren Alvia que cubría el trayecto Madrid-Ferrol descarriló al entrar a gran velocidad en una curva cuyo límite era muy inferior, a escasos kilómetros de su llegada a Santiago de Compostela, coincidiendo con las vísperas de las fiestas del Apóstol. El siniestro se convirtió en el accidente ferroviario más letal en España en décadas y en uno de los mayores de la historia del ferrocarril español.
Garzón, maquinista de Renfe con amplia experiencia, fue condenado por delitos de homicidio y lesiones por imprudencia profesional grave. La resolución consideró acreditado que el maquinista circulaba distraído hablando por teléfono cuando debía haber reducido la velocidad del convoy antes de afrontar la curva.
La defensa de Garzón sostuvo a lo largo del procedimiento que la responsabilidad del accidente no podía recaer únicamente sobre el maquinista, apuntando a deficiencias en el sistema de seguridad ferroviario, singularmente la ausencia del sistema ERTMS de frenado automático en el tramo del descarrilamiento, sustituido por el ASFA, de menores prestaciones. Esa misma tesis fue defendida por el sindicato de maquinistas y por asociaciones de víctimas, que reclamaron que las responsabilidades se extendieran a Adif y Renfe.
La petición de indulto, promovida por el sindicato de maquinistas, se enmarca en el mecanismo previsto en el artículo 4.3 del Código Penal, que permite a los tribunales elevar al Gobierno una propuesta de indulto cuando estimen que la pena resulta excesivamente rigurosa atendidas las circunstancias del caso. El derecho de gracia se rige en España por la Ley de 18 de junio de 1870, aún vigente, y su concesión corresponde en última instancia al Consejo de Ministros.
La Fiscalía se ha pronunciado a favor de un indulto parcial, lo que implicaría una reducción de la pena impuesta sin exoneración total de la responsabilidad penal declarada en la sentencia firme. El indulto parcial no revisa el fallo condenatorio ni altera los hechos probados: actúa exclusivamente sobre la extensión de la pena a cumplir. Es una figura recurrente en la práctica del derecho de gracia español.
Paralelamente, el Tribunal de Santiago de Compostela, competente para la ejecución de la sentencia, ha iniciado los trámites correspondientes y plantea la posibilidad de suspender la pena impuesta a Garzón. La suspensión de condena es un mecanismo previsto en el Código Penal para penas de determinada extensión que permite al condenado no ingresar en prisión bajo el cumplimiento de ciertas condiciones, atendiendo a circunstancias personales como la ausencia de antecedentes o el tiempo transcurrido desde los hechos.
Las asociaciones de víctimas del accidente han mantenido históricamente una postura crítica frente a cualquier medida de gracia hacia el maquinista, insistiendo en que la responsabilidad del siniestro debe extenderse también a Adif y Renfe por las deficiencias en la señalización y el sistema de seguridad de la línea. Estas organizaciones han reclamado de forma reiterada que se depuren responsabilidades más allá de la figura del maquinista.
El sindicato de maquinistas ha defendido a lo largo de estos años que Garzón fue convertido en el único responsable penal de un fallo del sistema que incluía la falta de sistemas de seguridad automática en tramos de riesgo. La polémica sobre el reparto de responsabilidades ha acompañado al caso desde el primer momento y ha marcado tanto la instrucción como la fase de ejecución.
Como precedente de gran siniestralidad ferroviaria en España suele citarse el accidente de Chinchilla, en 1972, con decenas de muertos, ocurrido en un marco normativo e institucional muy distinto al actual bajo el franquismo, que no dio lugar a un proceso penal equiparable por las diferencias en la legislación entonces vigente. La comparación ilustra el cambio en la exigencia de responsabilidades penales en materia de seguridad en el transporte.
El expediente de indulto sigue ahora su curso en el Ministerio de Justicia, que debe recabar los informes preceptivos del tribunal sentenciador y de la Fiscalía antes de elevarlo al Consejo de Ministros para su resolución. No existe un plazo legal cerrado para la tramitación de un indulto, por lo que la decisión final puede demorarse; su concesión, en su caso, requeriría la firma del Rey a propuesta del ministro de Justicia.
El caso Alvia continúa así bajo seguimiento judicial más de una década después de los hechos, en un proceso que combina la ejecución de una condena penal firme con la posibilidad de que el Ejecutivo module su alcance a través del derecho de gracia. La coincidencia entre la suspensión que estudia el tribunal y el informe favorable de la Fiscalía sitúa la resolución del expediente como el próximo hito procesal pendiente.


