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Peinado logra imputar por injurias al exconcejal que difundió su domicilio

Fernando Jabonero, exedil del PSOE que reveló datos de la vivienda del juez en La Adrada, declarará como investigado en octubre

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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El juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa contra Begoña Gómez en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha admitido a trámite la querella que presentó contra Fernando Jabonero, exconcejal socialista de Pastrana (Guadalajara), y ha decidido imputarle por presuntos delitos de injurias y calumnias. Jabonero, que se define como «activista anticorrupción», ha sido citado a declarar como investigado el próximo mes de octubre.

La querella culmina un procedimiento que arrancó con un intento de conciliación fallido en 2025. Peinado había reclamado a Jabonero 25.000 euros por daños morales por la vía civil y le exigía reconocer que había filtrado el expediente urbanístico de su chalet y que le había denunciado con el objetivo de «cuestionar la instrucción» abierta contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y de «crear artificiosamente una causa de recusación» para apartarle del caso. El acto de conciliación, según consta en la demanda, se celebró sin que el exconcejal se retractara de sus declaraciones, lo que llevó al magistrado a optar por la vía penal.

Jabonero deberá ahora buscar defensa letrada para responder ante el juzgado por manifestaciones que Peinado califica en su escrito de difamatorias, insidiosas y vejatorias. La imputación no implica culpabilidad ni prejuzga el resultado del proceso, que podría derivar en una acusación formal, en un sobreseimiento o, en último término, en una condena si así lo determinan la instrucción y el juicio posterior.

Una petición de información urbanística en el origen

El conflicto se remonta a la primavera de 2024, cuando se abrió la causa contra Begoña Gómez. Jabonero acudió entonces al Ayuntamiento de La Adrada, localidad abulense donde el juez Peinado tiene una vivienda, y solicitó información sobre su situación urbanística. El consistorio respondió con una carta dirigida al propio Jabonero en la que figuraban la calle, el número y la referencia catastral del inmueble, además de un reportaje fotográfico de la finca.

Ese expediente administrativo terminó publicado por medios de comunicación, que detallaron la ubicación exacta de la vivienda, incluyeron la referencia catastral, material cartográfico e imágenes de la propiedad, e identificaron a Peinado como su propietario. Según el material del caso, El Plural difundió la carta íntegra del Ayuntamiento sin borrar el nombre del destinatario, mientras que la Cadena SER retiró su información 24 horas después a raíz de la solicitud de la defensa del juez.

El magistrado sostiene en su demanda que ninguno de esos datos resultaba necesario para informar sobre la situación administrativa del inmueble y que su publicación vulneró su derecho a la intimidad, reconocido en el artículo 18 de la Constitución. Sobre esa base, Guadalupe Sánchez, abogada de Peinado en asuntos de honor e intimidad, presentó una demanda por la vía civil contra Jabonero, El Plural y la Cadena SER, en la que el juez reclama 450.000 euros de indemnización. Esa acción civil está todavía pendiente de notificación al exconcejal, que afronta ya, además, la vía penal por injurias y calumnias.

Jabonero no ha trasladado públicamente, según la información disponible, una versión detallada que contradiga la narrativa de la querella, más allá de su reivindicación como activista contra la corrupción. El exconcejal ha mantenido en redes sociales una actividad crítica sostenida contra el juez Peinado desde la apertura de la causa contra la esposa del presidente del Gobierno.

Los delitos que se le atribuyen y su tramitación

Los delitos de injurias y calumnias están regulados en los artículos 205 a 216 del Código Penal. Las calumnias consisten en imputar a alguien un delito con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, y pueden acarrear penas de multa de entre seis y doce meses, o de seis meses a dos años de prisión si se propagan con publicidad. Las injurias castigan las expresiones que lesionan la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, con penas de multa que varían según la gravedad y la publicidad del hecho.

Se trata de delitos que, salvo excepciones, se persiguen solo mediante querella de la parte ofendida —no de oficio— y que exigen un intento previo de conciliación ante el juzgado, tal y como ocurrió en este caso durante 2025. La ausencia de acuerdo en ese trámite es lo que permitió a Peinado formalizar la querella penal ahora admitida a trámite.

El recurso de un juez a la querella por injurias y calumnias frente a críticos o activistas no es inédito en España, aunque resulta menos frecuente que un instructor de una causa de alto perfil político emprenda acciones judiciales paralelas contra quien difunde información sobre su vida privada mientras la instrucción principal permanece abierta. La colisión entre el derecho a la intimidad de los cargos públicos y las libertades de información y expresión, amparadas en el artículo 20 de la Constitución, ha sido objeto de reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que exige ponderar la relevancia pública de la información difundida.

La declaración de Jabonero como investigado, fijada para octubre, marcará el siguiente hito procesal. En esa comparecencia, el exconcejal podrá aportar su versión de los hechos y las pruebas que considere pertinentes. A partir de ahí, el juzgado deberá decidir si existen indicios suficientes para formular una acusación formal o si procede el sobreseimiento de la causa.

En paralelo seguirá su curso la demanda civil por intromisión en la intimidad, una vez sea notificada a Jabonero, dirigida también contra los medios que publicaron los datos de la vivienda. Ambos procedimientos —el penal por injurias y calumnias y el civil por vulneración de la intimidad— avanzan de forma independiente, aunque comparten un mismo origen: la difusión pública de la dirección exacta y las características del domicilio del magistrado que instruye una de las causas de mayor repercusión política de la legislatura.

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