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El CNI habría alertado sobre la crisis migratoria de Ceuta del 30 de julio

Fuentes de inteligencia citadas por la prensa contradicen a Marlaska y sitúan avisos previos sobre grupos de WhatsApp que coordinaron las llegadas masivas

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) habría detectado con al menos ocho días de antelación la existencia de grupos de mensajería utilizados para coordinar las llegadas masivas de migrantes registradas el 30 de julio de 2026 en Ceuta, según información.

La discrepancia entre la versión del Ministerio del Interior y lo que habrían detectado los servicios de inteligencia añade una nueva capa de controversia a la gestión de la crisis en la ciudad autónoma, que en las últimas semanas ha concentrado la atención institucional y mediática por el elevado número de llegadas en un periodo corto de tiempo. Según la información citada, Interior recibió avisos «con tiempo suficiente», frente a la posición del ministro, que ha sostenido que no hubo información previa que permitiera anticipar el episodio.

Según esa misma información, uno de los canales de comunicación más activos habría sido un grupo denominado «Hijma Kiraj Sebta», cuya descripción —«cruce a Ceuta o la muerte»— reflejaría la naturaleza organizada de la convocatoria. Los análisis de monitorización digital habrían identificado además perfiles y chats vinculados a números de teléfono registrados en Argelia y Túnez, lo que apuntaría al carácter transnacional de la movilización más allá de una acumulación espontánea de personas en la frontera. Las fuentes policiales citadas van más allá de la mera descoordinación y sostienen que la omisión de la información por parte del Ejecutivo habría sido deliberada.

El Ministerio del Interior no ha ofrecido hasta el momento una réplica específica a la contradicción con los informes de inteligencia, más allá de la posición mantenida por Grande-Marlaska, que ha insistido en que la respuesta del Gobierno se ajustó a la información disponible en cada momento. A esa controversia se suma que, según la información publicada, Moncloa habría eliminado las referencias a Ceuta de los informes de seguimiento diario del Departamento de Seguridad Nacional durante las semanas de mayor intensidad de la crisis, una decisión que, de confirmarse, podría ser objeto de escrutinio parlamentario en las próximas semanas.

El trasfondo jurídico de las entradas a nado

El detonante inmediato del episodio tendría relación, según las fuentes citadas, con una sentencia reciente del Tribunal Supremo sobre la expulsión de quienes acceden al territorio español a nado. Los analistas del CNI habrían advertido de que una resolución de ese tipo podía generar un efecto de anticipación en las redes utilizadas para promover las entradas, dado el mensaje que este tipo de fallos puede trasladar sobre las posibilidades de permanencia. La práctica de las llamadas «devoluciones en caliente» ha generado litigios sucesivos ante los tribunales españoles y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos durante más de una década.

La Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España —la Ley de Extranjería— y su reglamento de desarrollo regulan el procedimiento de expulsión y devolución de personas en situación irregular, exigiendo garantías individualizadas de examen de cada caso, en particular cuando entre los llegados figuran menores o solicitantes de protección internacional. El Acuerdo entre España y Marruecos de 1992 sobre readmisión de extranjeros en situación irregular constituye el marco bilateral bajo el que se han producido en el pasado devoluciones rápidas desde Ceuta y Melilla, aunque su aplicación ha sido recurrida de forma constante ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

El precedente de mayo de 2021

La situación del 30 de julio de 2026 remite al episodio de mayo de 2021, cuando alrededor de 8.000 personas entraron en Ceuta en apenas 48 horas tras la relajación del control fronterizo por parte de las autoridades marroquíes, en plena tensión diplomática entre Rabat y Madrid por la atención sanitaria prestada en España al líder del Frente Polisario, Brahim Ghali. Aquel episodio derivó en comparecencias del propio Grande-Marlaska en el Congreso y en una crisis diplomática que tardó meses en normalizarse. La pregunta sobre qué sabía el Gobierno y cuándo lo supo también presidió entonces el debate, sin que llegara a depurarse una responsabilidad política concreta.

La cuestión que podría corresponder esclarecer en sede judicial no es tanto el origen de la organización de las llegadas —competencia de los servicios de inteligencia y de la investigación policial— sino la eventual responsabilidad en la gestión de la información por parte de la Administración. Si se confirmara que Interior dispuso de avisos con antelación suficiente y no adoptó medidas preventivas, o que existió una decisión de no dar traslado de esa información, podrían plantearse responsabilidades de naturaleza política y, eventualmente, administrativa o penal, según lo que determinasen las instancias competentes.

Por el momento no consta la apertura de ninguna causa judicial concreta contra responsables políticos o funcionarios por estos hechos. Cualquier investigación en sede judicial requeriría una denuncia o querella ante los juzgados de instrucción competentes, o la incoación de diligencias de oficio por parte del Ministerio Fiscal si se apreciaran indicios de delito —por ejemplo de prevaricación u omisión del deber de actuar—, figuras que exigen acreditar un elemento doloso de difícil prueba en el ámbito de la toma de decisiones políticas.

En paralelo, el Congreso de los Diputados dispone de mecanismos propios de control al Gobierno —preguntas orales, comparecencias y comisiones de investigación— que podrían ser activados por los grupos de la oposición, siguiendo el precedente de la comisión constituida tras la crisis de 2021, que no llegó a alcanzar conclusiones unánimes sobre las responsabilidades últimas de aquel episodio. Ese antecedente ilustra las dificultades habituales para depurar este tipo de controversias por la vía parlamentaria.

En el plano contencioso, distintas organizaciones especializadas en migración y derechos humanos han presentado en el pasado recursos ante la Audiencia Nacional y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con crisis fronterizas similares, alegando vulneraciones del derecho a un examen individualizado de cada solicitud de asilo. No consta a fecha de hoy que se haya presentado un recurso equivalente vinculado específicamente a los hechos del 30 de julio de 2026.

El desenlace de esta controversia dependerá en gran medida de si trasciende documentación oficial que corrobore el contenido y la fecha de los avisos que el CNI habría remitido al Ministerio del Interior. Hasta que ello ocurra, la contradicción entre la versión del ministro y la información atribuida a los servicios de inteligencia se mantendrá en el terreno del debate político, sin haber cristalizado por ahora en ninguna actuación judicial formal.

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