|
PortadaParlamentoDeportesOpinión
IBEX 35
Última hora
  1. Una nueva denuncia por agresión sexual señala al alcalde de Algeciras, que no dimite
  2. El vicealcalde de Alicante niega conocer el caso VPP: «Ni tengo constancia»
  3. Las lluvias de otoño arrastran ceniza y lodo del incendio de Burgohondo a los embalses

Detenido en Palma un hombre por intentar meter a una menor en una furgoneta

El sospechoso, con orden de alejamiento vigente sobre la víctima, está investigado por detención ilegal en grado de tentativa y quebrantamiento de condena.

Por Redacción de El Hemiciclo· · Actualizado:
4 min de lectura
Comentarios

La Policía Nacional ha detenido en Palma a un hombre investigado por presuntamente intentar introducir por la fuerza a una menor en una furgoneta el pasado 8 de agosto, hacia las 23.00 horas, cuando la joven se dirigía al domicilio de unos familiares. El arrestado, que según la denuncia habría acosado a la víctima durante años, tenía en vigor una orden de alejamiento que le prohibía acercarse a menos de 500 metros de ella.

Según el relato policial, la menor fue abordada de forma repentina por dos varones en las inmediaciones de una furgoneta estacionada en la zona. Los dos hombres habrían sujetado a la joven por las manos y los pies con intención de introducirla por la fuerza en el vehículo, cuyas puertas traseras se encontraban abiertas, una circunstancia que, según los investigadores, habría facilitado el intento.

La secuencia se vio interrumpida por un grupo de mujeres que se encontraba en las proximidades y que, al advertir lo que ocurría, intervino para auxiliar a la menor. Esa intervención, señalan las fuentes policiales, resultó determinante para impedir que los dos hombres completaran su propósito. Ante la presencia de las testigos, uno de los presuntos implicados habría huido corriendo del lugar, mientras que el segundo abandonó la zona al volante de la furgoneta, de acuerdo con el relato recogido por los agentes en las diligencias.

Liberada la menor, esta pudo acudir a la Jefatura Superior de Policía de Palma para formalizar la denuncia. Durante su declaración, la víctima afirmó haber reconocido a uno de los hombres: según su testimonio, se trataría de una persona con una orden de alejamiento en vigor respecto de ella, con prohibición expresa de aproximarse a menos de 500 metros. La joven relató además que el hombre llevaría años acosándola y que, durante el episodio, el ahora detenido habría pronunciado una frase dirigida a ella que ha quedado incorporada a las diligencias policiales, aunque su contenido no ha sido difundido.

A partir de la denuncia, agentes de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Policía Nacional en Palma abrieron una investigación para identificar y localizar al presunto responsable. El caso recayó en esta unidad especializada por tratarse de una presunta víctima menor de edad y por el antecedente de la orden de protección. Tras varias gestiones y pesquisas para reunir información sobre el sospechoso, los agentes lograron localizarlo y proceder a su detención. La Policía Nacional no ha precisado la fecha exacta del arresto ni si el segundo hombre implicado ha sido identificado o continúa en paradero desconocido.

El detenido está investigado, de forma inicial, por un delito de detención ilegal en grado de tentativa —al no haberse consumado el traslado forzoso de la menor— y por un delito de quebrantamiento de condena, este último vinculado al presunto incumplimiento de la orden de alejamiento que pesaba sobre él. Corresponderá a la autoridad judicial fijar la calificación jurídica definitiva, que podría variar respecto a la inicial a medida que avance la instrucción.

El marco legal que se aplica al caso

Las órdenes de alejamiento, reguladas en el artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y como medida cautelar o pena accesoria en los artículos 48 y 57 del Código Penal, imponen una distancia mínima de aproximación cuya vulneración constituye por sí misma un delito autónomo. Ese quebrantamiento está sancionado en el artículo 468 del Código Penal con penas de prisión de seis meses a un año, con independencia de que se cometa o no un nuevo delito contra la persona protegida.

El delito de detención ilegal, tipificado en el artículo 163 del Código Penal, castiga con prisión de cuatro a seis años a quien encierre o detenga a otro privándole de su libertad. Al tratarse de una tentativa, la pena que podría imponerse en caso de condena se reduciría conforme a las reglas de punición de los actos no consumados previstas en el artículo 62 del mismo código, que permite rebajar la sanción en uno o dos grados.

El caso se tramita ante el juzgado de instrucción de Palma que haya recibido el atestado policial, órgano encargado de decidir sobre la situación personal del investigado —prisión provisional, medidas cautelares alternativas o libertad con cargos— y de dirigir la fase de instrucción antes de que, en su caso, el asunto pase a enjuiciamiento ante la Audiencia Provincial de las Illes Balears.

El reforzamiento de las órdenes de protección en casos de acoso reiterado tiene un precedente normativo relevante en la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que instauró los juzgados especializados y el sistema de seguimiento telemático de las prohibiciones de aproximación. El quebrantamiento de estas órdenes ha sido, desde entonces, una de las principales grietas señaladas por los operadores jurídicos, al depender su eficacia del cumplimiento voluntario del obligado y de la vigilancia policial.

El detenido mantiene la condición de investigado y presunto autor de los hechos mientras se desarrolla el procedimiento y hasta que, en su caso, exista una resolución judicial firme. Entre las diligencias pendientes figura la declaración testifical de las mujeres que intervinieron para socorrer a la menor, prueba que los investigadores consideran clave para reconstruir la secuencia. La defensa del arrestado no se ha pronunciado públicamente sobre los hechos.

En los próximos días se espera que el juzgado competente resuelva sobre la situación personal del detenido —prisión provisional o libertad con medidas cautelares— y sobre las gestiones para localizar al segundo hombre señalado en los hechos, que continuaría sin identificar según la información policial disponible. Los delitos contra la libertad cometidos con quebrantamiento previo de una orden de protección suelen elevar el nivel de riesgo apreciado por los juzgados a la hora de acordar medidas cautelares.

¿Qué te ha parecido esta pieza?

Siguiente en Tribunales →Una nueva denuncia por agresión sexual señala al alcalde de Algeciras, que no dimite
¿Tienes información para ampliar esta noticia? Escríbenos por el canal para informantes — protegemos a las fuentes.¿Error en este artículo? → Infórmanos

Comentarios

Comentas como Anónimo — seudónimo generado localmente, sin cuenta
0/1000

Cargando la conversación…

Los comentarios son anónimos. El Hemiciclo no registra IPs ni vincula comentarios a cuentas de usuario. Tu seudónimo y tus comentarios se guardan solo en este dispositivo. Conexión cifrada (HTTPS).

Sigue leyendo en El Hemiciclo