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El caso Koldo queda visto para sentencia tras catorce jornadas en el Supremo: Ábalos cierra el juicio atacando al fiscal, al instructor y a la prensa mientras Koldo rompe con su antiguo jefe y se persona como acusación particular en un giro procesal sin precedentes

La Fiscalía Anticorrupción mantiene íntegramente sus peticiones de veinticuatro años para Ábalos, diecinueve y medio para Koldo y siete para Aldama. Los documentos del BBVA Dubái son calificados de «devastadores» por fuentes jurídicas próximas al tribunal. El PP exige una comisión de investigación parlamentaria mientras el PSOE acusa a Génova de haber pactado con Aldama para instrumentalizar la causa.

Por Redacción de El Hemiciclo· Madrid·
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La sala segunda del Tribunal Supremo ha declarado esta tarde visto para sentencia el caso que durante los últimos tres años ha sacudido los cimientos del Partido Socialista y ha proyectado sobre la política española una sombra de corrupción que ni siquiera la maquinaria de comunicación de La Moncloa ha logrado disipar: el caso Koldo, la trama de las mascarillas, los intermediarios fantasma y las comisiones millonarias que, según la Fiscalía Anticorrupción del Estado, conectan a un exministro de Transportes, a su asesor personal y a un empresario de pasado turbio en una red de enriquecimiento ilícito construida sobre la emergencia sanitaria que mató a más de cien mil españoles.

El Tribunal Supremo declaró visto para sentencia el denominado caso Koldo tras catorce sesiones de juicio oral, después de que el ex ministro de Transportes José Luis Ábalos cerrara este martes su defensa cuestionando la actuación del fiscal anticorrupción, del juez instructor y de varios medios que cubrieron la causa, mientras su ex asesor Víctor de Aldama García —conocido como Koldo— formalizaba su personación como acusación particular contra Ábalos en un movimiento procesal que los juristas consultados califican sin precedentes en el ámbito de este procedimiento.

Las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción

La Fiscalía Anticorrupción mantiene íntegramente las penas solicitadas al concluir las sesiones: veinticuatro años de prisión para Ábalos, diecinueve años y medio para Koldo y siete años para el empresario Aldama. La acusación sostiene que los documentos bancarios obtenidos de la entidad BBVA en su sede de Dubái constituyen la prueba nuclear del procedimiento; fuentes jurídicas próximas al tribunal los califican de «devastadores». En el sistema procesal español, la fase de juicio oral ante el Tribunal Supremo es el estadio final del enjuiciamiento penal para aforados, siendo la Sala de lo Penal —conocida como Sala Segunda— el único órgano competente para juzgar a diputados nacionales y ex ministros en ejercicio o retirados cuando los hechos guardan relación con su función pública.

Un giro procesal sin precedentes: Koldo acusa a Ábalos

La ruptura entre Ábalos y su ex asesor adquirió forma jurídica cuando García se personó como acusación particular contra quien fuera su superior político, en una inversión de roles que no tiene parangón conocido en las causas derivadas de este procedimiento. La acusación particular es una figura del proceso penal español que permite a los perjudicados por un delito ejercer la acción penal al margen del Ministerio Fiscal, añadiendo sus propias conclusiones y peticiones al plenario. Que un coacusado inicialmente investigado por los mismos hechos adopte la posición acusadora frente a otro imputado supone una complejidad procesal notable que la Sala deberá ponderar en su valoración.

Ábalos: ofensiva contra la instrucción y la acusación

En su intervención final, Ábalos negó los cargos y centró parte de su argumento en atacar la legitimidad del proceso: cuestionó la imparcialidad del fiscal anticorrupción que sostiene la acusación, puso en duda la actuación del instructor que elevó la causa y señaló a determinados actores mediáticos como corresponsables de lo que describió como una persecución. La estrategia de cuestionar la cadena de custodia procesal y la imparcialidad de los operadores jurídicos es un recurso habitual de las defensas en causas de alta repercusión pública, aunque los tribunales españoles exigen que tales reproches se articulen mediante los cauces formales de recusación o queja ante el órgano competente para que tengan eficacia jurídica.

El peso de los documentos del BBVA Dubái

La relevancia central que fuentes próximas al tribunal otorgan a la documentación bancaria procedente de la oficina del BBVA en Dubái sitúa en primer plano la cuestión de la prueba documental de origen internacional. La obtención de este tipo de evidencias requiere, con carácter general, el recurso a instrumentos de cooperación judicial internacional —comisiones rogatorias o los mecanismos previstos en los convenios multilaterales de asistencia jurídica—, un proceso que suele extenderse durante meses y cuya validez puede ser impugnada por las defensas en el juicio oral. Que dichos documentos hayan alcanzado la fase de sentencia sin haber sido excluidos por la Sala indica que superaron los controles de licitud probatoria.

La batalla política: comisión de investigación y acusaciones cruzadas

Fuera de la sala, la causa ha alimentado un enfrentamiento parlamentario de envergadura. El Partido Popular ha exigido la constitución de una comisión de investigación en el Congreso de los Diputados para depurar responsabilidades políticas en paralelo al proceso penal. Las comisiones de investigación parlamentarias, previstas en el artículo 76 de la Constitución y desarrolladas en el Reglamento del Congreso, carecen de potestad sancionadora pero tienen capacidad para requerir comparecencias y elaborar conclusiones con efecto político. El PSOE, por su parte, ha rechazado la iniciativa acusando a la dirección del PP —identificada por su sede en la calle Génova de Madrid— de haber pactado con Aldama para instrumentalizar judicialmente la causa con fines electorales, acusación que el PP niega.

Contexto: el aforamiento ante el Tribunal Supremo

El caso Koldo llegó al Tribunal Supremo por el aforamiento de Ábalos como diputado nacional, condición que desplaza la competencia desde los juzgados ordinarios a la Sala Segunda. Esta prerrogativa, establecida para garantizar que los representantes populares no sean sometidos a presiones judiciales de instancias inferiores, implica al mismo tiempo que no existe posibilidad de recurso ante un tribunal superior dentro del orden penal español, salvo el amparo ante el Tribunal Constitucional o, en determinados supuestos, la vía ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La ausencia de una segunda instancia plena fue objeto de controversia doctrinal hasta que el legislador introdujo modificaciones parciales, aunque el Supremo sigue siendo tribunal de única instancia para aforados en los delitos cometidos en el ejercicio de su cargo.

Próximos pasos: la sentencia y sus efectos

Con la causa declarada vista para sentencia, la Sala Segunda entrará ahora en deliberación sin plazo legal tasado, aunque la práctica del tribunal en causas complejas sitúa el tiempo medio de deliberación entre varios meses y más de un año según la extensión del material probatorio. La sentencia deberá pronunciarse sobre la totalidad de los hechos objeto de acusación, las calificaciones jurídicas y las penas, pero también sobre la novedosa posición procesal de García como acusación particular. Cualquiera que sea el fallo, su impacto político en la legislatura en curso y en la precaria aritmética parlamentaria del Gobierno será evaluado de inmediato tanto por la coalición gobernante como por los grupos de oposición.

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