El principio que frena estas acumulaciones es el non bis in idem, que prohíbe sancionar dos veces el mismo hecho. El estacionamiento urbano no lo regula la DGT, sino las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento, que fijan plazos, importes y procedimiento sancionador. Esa disparidad de criterios explica que la respuesta sobre si pueden multar dos veces por el mismo aparcamiento dependa del tiempo transcurrido, de si el coche se ha movido y, sobre todo, de si la primera denuncia ya es firme.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 34 de Madrid estimó en marzo de 2019 el recurso de un conductor que había recibido 14 multas en tres semanas por el mismo coche, en la misma plaza y sin desplazarlo en ningún momento. El fallo concluyó que el estacionamiento fue continuado y sin interrupción, que el ayuntamiento debía haber tramitado un único expediente sancionador y que solo la primera de las catorce denuncias tenía validez jurídica; las restantes, no.
La protección legal, sin embargo, no es indefinida. El propio artículo 63.3 limita la prohibición de nuevos procedimientos a los casos en que «no haya recaído una primera resolución sancionadora con carácter ejecutivo». Una vez que la primera multa adquiere firmeza —porque se paga, porque vence el plazo de alegaciones sin recurso o porque un recurso se desestima—, la administración recupera la potestad de abrir un expediente nuevo si la infracción persiste.
Existen tres supuestos que rompen la continuidad del hecho sancionable: mover el vehículo y volver a aparcarlo mal, aunque sea en la misma calle, porque ahí hay un hecho distinto; cambiarlo de plaza dentro de la misma zona regulada, si la ordenanza lo interpreta como un estacionamiento diferente; o superar el tiempo máximo permitido en zona azul o verde, lo que convierte la situación en irregular por caducidad del título habilitante. En muchos municipios la denuncia se emite por jornada o por turno de vigilancia, de modo que dos boletos sobre el mismo coche a las 9:00 y a las 17:00 son, a efectos prácticos, la misma infracción repetida.
Cómo se recurre la denuncia duplicada
El recurso debe dirigirse contra la segunda denuncia y las posteriores, nunca contra la primera, que marca el inicio del cómputo del procedimiento. La estrategia pasa por reunir los boletos, comprobar que coinciden matrícula, calle y jornada, y documentar la inmovilidad del vehículo mediante fotografías fechadas, testigos o el registro del parquímetro. La alegación se presenta ante el ayuntamiento dentro del plazo fijado por la ordenanza —habitualmente entre diez y veinte días hábiles— citando el artículo 63.3 y el principio non bis in idem. Muchas denuncias decaen además por defectos de notificación, antes incluso que por el fondo.
La anulación de las multas acumuladas no exime de otras consecuencias económicas. El artículo 105 de la Ley sobre Tráfico faculta a los ayuntamientos a retirar el vehículo con grúa cuando el estacionamiento resulte peligroso, obstaculice gravemente la circulación o dificulte un servicio público, al margen de la validez de las denuncias. En ese supuesto no opera el non bis in idem, y el coste de retirada más depósito, fijado por la ordenanza fiscal de cada municipio, puede superar con holgura los 200 euros de la sanción original.
La digitalización del control de estacionamiento, con lectores automáticos de matrícula instalados en vehículos y patinetes municipales, multiplica los registros diarios y dificulta que el conductor sepa en qué momento la primera denuncia alcanza firmeza. Ese vacío puede convertir una sanción única en un goteo de 200 euros por jornada: un coche olvidado un mes en la misma plaza llegaría a acumular en torno a 5.000 euros en boletos cuyo único sostén es un expediente mal tramitado.
La lógica del expediente único no es ajena a los tribunales administrativos, que en los últimos años han venido anulando series de denuncias emitidas por servicios de estacionamiento automatizados cuando la primera no había alcanzado firmeza. Mientras esa certeza no llega, la vía práctica para el conductor pasa por fotografiar la plaza con la hora anotada y reclamar por escrito tan pronto lleguen boletos adicionales del mismo día, antes de que la primera sanción consolide su firmeza.
