La instrucción atribuye al investigado la administración de los canales de mensajería instantánea a través de los cuales se habrían coordinado las citas de Blocus en distintas ciudades. Esos grupos funcionaron, según la investigación, como principal vía de difusión de las convocatorias que degeneraron en saqueos, y también para la distribución de los carteles cuya autoría se atribuye al propio joven, un elemento central de la causa al vincular directamente ese material gráfico con la persona ahora encarcelada.
El juzgado decretó prisión provisional sin fianza horas antes de que se materializara una nueva convocatoria de saqueos, tal y como recogía la resolución judicial que ordenó su ingreso en prisión. La medida cautelar se fundamentó en el riesgo de fuga y en la posibilidad de reiteración delictiva, sin que ello suponga pronunciamiento sobre la culpabilidad, que corresponde determinar en fases posteriores del procedimiento.
La prisión provisional está regulada en los artículos 502 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que la reservan para delitos con pena igual o superior a dos años y exigen justificar fines como evitar la fuga del investigado, la destrucción de pruebas o la reiteración delictiva. Es una medida cautelar y excepcional: no equivale a condena ni prejuzga el fallo, y debe revisarse periódicamente mientras dure la instrucción.
Los incidentes en Barcelona y Valencia, que incluyeron episodios de saqueos en establecimientos comerciales, se enmarcaron en una oleada de protestas que motivó también una respuesta policial sobre otras concentraciones, como ocurrió con la acampada instalada en la Puerta del Sol de Madrid, desalojada por hechos que la Policía calificó de «presuntamente delictivos».
La convocatoria a través de grupos de mensajería cifrada para coordinar altercados o saqueos tiene antecedentes recientes en España. En octubre de 2019, durante las protestas tras la sentencia del procés, la investigación de los disturbios de Barcelona se centró en el papel de la plataforma Tsunami Democràtic y en los canales de Telegram empleados para difundir las convocatorias, un patrón organizativo que la instrucción vuelve a examinar en el caso de Blocus.
El procedimiento se encuentra en fase de instrucción, sin que conste todavía la formulación de escrito de acusación. El escalón procesal actual sitúa al joven como investigado, condición que no implica declaración de culpabilidad sobre los hechos que se le atribuyen, pendientes de esclarecimiento conforme avance la causa.