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El Supremo reconoce que Sant Jeroni pertenece a las monjas jerónimas, no al Obispado

Pilar Rosselló, abogada de las religiosas: «La postura del Obispado de Mallorca con Sant Jeroni ha sido altamente perjudicial para la Iglesia».

Por Redacción de El Hemiciclo·
3 min de lectura
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El Tribunal Supremo ha puesto fin a un litigio de casi doce años al reconocer que el Monasterio de Santa Isabel de Palma, conocido como Sant Jeroni, pertenece a las monjas jerónimas y no al Obispado de Mallorca, que lo había inmatriculado a su nombre en 2014. La abogada Pilar Rosselló, que representó a las religiosas desde enero de 2015, relata el proceso en su primera entrevista tras cerrarse la causa.

El conflicto se originó cuando las monjas jerónimas, que habitaron el convento palmesano hasta su traslado en junio de 2014 al Monasterio de San Bartolomé de Inca, se llevaron consigo el Archivo monacal. El Obispado de Mallorca, entonces bajo el prelado Javier Salinas, reclamó ese archivo sin, según Rosselló, sustento legal alguno, lo que generó una repercusión mediática que, en palabras de la abogada, hizo sufrir enormemente a las religiosas.

Rosselló explica que su implicación en el caso comenzó de forma casi fortuita, cuando la Madre Priora acudió a su despacho de Inca con una notificación que había inquietado a la comunidad. Lo que parecía un episodio menor resultó ser el inicio de una disputa de fondo: el propio Archivo albergaba, según la abogada, las evidencias documentales de que el monasterio es propiedad de las jerónimas desde su fundación en 1485.

El precedente del expolio de 1835

La controversia sobre el Archivo no era inédita. El historiador y capellán del Monasterio Josep Estelrich i Costa documentó en su obra 'El Convent de Santa Elisabet. Beguins, Terceroles i Jerònimes. 1317-2000' un episodio similar ocurrido en 1835, cuando el archivo fue expoliado y no regresó a su lugar hasta 1843 gracias a la intervención de Ferran Rotger i Cerdà. La disputa de 2014-2015, señala Rosselló, también se resolvió a favor de las religiosas.

Pocos días después de resolverse la cuestión del Archivo, se confirmó que el Obispado de Mallorca se había adelantado inmatriculando a su favor el Monasterio de Santa Isabel, en un procedimiento que Rosselló describe como plagado de anomalías. La inmatriculación es el mecanismo por el que se inscribe por primera vez un inmueble en el Registro de la Propiedad; hasta la reforma de la Ley Hipotecaria de 2015, la Iglesia pudo inscribir bienes mediante certificación de su propio diocesano, sin título previo de dominio. Fue entonces cuando la presidenta de la Federación de Monasterios de Monjas Jerónimas en España solicitó los servicios de Rosselló para la defensa jurídica de la comunidad.

Meses de estudio en el archivo de Inca

La preparación de la demanda, basada en la acción declarativa de dominio, exigió a Rosselló un estudio que trascendió el Derecho Civil y Registral e Hipotecario para adentrarse en la historia del Monasterio y en el Derecho Canónico, materia en la que ya se había especializado. La abogada relata que se instaló físicamente en la Sala de Archivo del Monasterio de San Bartolomé de Inca, donde pasó horas analizando documentos que acreditaban los derechos históricos y patrimoniales de las religiosas.

Entre los hallazgos que la abogada describe como más significativos figura el Capbreu en pergamino de las monjas, que certifica que la propiedad del Monasterio de Santa Isabel fue transferida a las jerónimas por atribución pontificia desde su fundación, el 28 de agosto de 1485, por el papa Inocencio VIII. Rosselló menciona también haber tenido entre sus manos el rescripto del papa Alejandro VI, fechado el 18 de septiembre, que refrendaba esa titularidad centenaria.

Sant Jeroni se cuenta entre los conventos mejor conservados de Palma, un legado que las propias religiosas mantuvieron durante los siglos en que habitaron sus muros antes de trasladarse a Inca. El litigio con el Obispado, primero bajo Javier Salinas y después bajo Sebastià Taltavull, se prolongó hasta la resolución definitiva del Supremo a favor de las monjas. La disputa patrimonial de la Iglesia por inmuebles históricos no es exclusiva de Mallorca, como ilustra la larga controversia por la titularidad de la Mezquita-Catedral de Córdoba, inmatriculada por el Cabildo en 2006.

Rosselló, especialista en Derecho Civil y Derecho Canónico además de soprano lírica y directora del Coro del Colegio de Abogados, sostiene que la actuación del Obispado resultó contraproducente para la propia institución eclesiástica.

«La postura del Obispado de Mallorca con Sant Jeroni ha sido altamente perjudicial para la Iglesia», afirma la abogada Pilar Rosselló.

Fuentes

  1. OKDiariookdiario.com

Material del que parte esta pieza. El texto es propio; los enlaces llevan al original.

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