El Real Decreto-ley 31/2026 establece que tener hijos en común servirá para acreditar la condición de pareja de hecho, siempre que se demuestren dos años ininterrumpidos de convivencia estable y notoria inmediatamente anteriores al fallecimiento. Hasta ahora, la ley exigía formalizar la relación mediante inscripción en un registro o escritura pública con al menos dos años de antelación, de modo que ni la convivencia prolongada ni la existencia de hijos bastaban por sí solas para acceder a la pensión.
La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, explicó que la medida iguala a estas parejas con los matrimonios a efectos de protección social. Para quienes no tengan hijos en común, el régimen anterior se mantiene sin cambios: cinco años de convivencia acreditada e inscripción formal previa. El decreto incluye además un régimen transitorio: quienes perdieron a su pareja antes de la entrada en vigor disponen de un año para solicitar la prestación, los expedientes denegados con anterioridad podrán revisarse, y la pensión se abonará desde el mes siguiente a la solicitud.
El Supremo rectificó su propio criterio en 2022
La reforma de 2021 ya había eliminado la exigencia de cinco años de convivencia para las parejas con hijos, pero mantuvo la obligación de constituir formalmente la pareja mediante registro o documento público, origen de numerosos litigios posteriores. Ese mismo año, el Tribunal Supremo reconoció la pensión a la pareja de un guardia civil con más de treinta años de convivencia y tres hijos en común, pese a no constar inscripción alguna; un año después, sin embargo, el alto tribunal rectificó y calificó aquel fallo de excepción no extrapolable. En enero de este año volvió a insistir en que ni la convivencia ni la paternidad compartida sustituyen al registro o al documento público previo a la unión.
El decreto traslada ahora a la ley una solución que los jueces solo habían aplicado de forma puntual, lo que sus defensores presentan como un refuerzo de la seguridad jurídica frente a una doctrina que generaba resultados dispares según el tribunal. Sus críticos, por su parte, señalan que se trata de un cambio de calado introducido por la vía de urgencia y sin que el Ministerio haya detallado una estimación pública de su coste ni del número de personas que podrían beneficiarse.
Orfandad, menopausia y víctimas del terrorismo
El paquete aprobado el martes 20 de octubre en el Consejo de Ministros va más allá de la viudedad. La orfandad de los hijos de mujeres asesinadas por violencia de género subirá hasta el doble del salario mínimo interprofesional, por encima de los 34.000 euros anuales frente a los cerca de 11.600 actuales, y la prestación por cuidado de menores con enfermedad grave se extiende a progenitores de hijos mayores de 26 años con discapacidad superior al 65% o dependencia de grado 3.
El decreto crea también dos nuevas bajas médicas sin periodo de carencia desde el primer día: una por patologías incapacitantes asociadas a la menopausia y otra para víctimas de violencia de género con lesiones, ambas con el 60% de la base reguladora hasta el día 20 y el 75% a partir de entonces. Los afectados por catástrofes como una dana contarán con una baja asimilada a accidente de trabajo. Desde el 1 de noviembre subirá un 36% la pensión mínima de las víctimas del terrorismo y el anticipo del fondo de alimentos pasará de 100 a 300 euros.
Al tratarse de un real decreto-ley, la norma ha entrado en vigor de inmediato, pero decaerá si el Congreso no la convalida en el plazo de treinta días, una votación que corresponde a la Diputación Permanente y para la que el Ejecutivo necesitará reunir apoyos suficientes. Mientras tanto, medidas como la subida para víctimas del terrorismo o el anticipo del fondo de alimentos comenzarán a aplicarse desde el 1 de noviembre, antes de conocerse el resultado de esa votación.
El decreto se enmarca en la serie de paquetes sociales que el Ejecutivo ha llevado al Consejo de Ministros en los llamados martes sociales, en un contexto de precampaña electoral, mientras el Gobierno lo presenta como una ampliación de derechos para colectivos que hasta ahora quedaban fuera de la protección del sistema. La convalidación en la Diputación Permanente decidirá en las próximas semanas si el texto se mantiene tal como está redactado o es modificado.