Cuatro fallos, algunos provisionales, han buscado limitar las operaciones aéreas en las que se presuma presencia de menores de edad, en el marco de la ofensiva militar contra grupos armados. A ellos se suma un dictamen que restringe la exhibición de los cadáveres embolsados de criminales dados de baja en operativos, y una decisión de un juzgado de Puerto Asís que suspendió los efectos de una resolución para reiniciar un plan piloto de aspersión aérea con glufosinato de amonio sobre cultivos de coca.
El mandatario dedicó buena parte de su intervención a explicar el dilema que, según él, plantean esos fallos frente al reclutamiento de menores por parte de estructuras armadas, en lo que constituye la defensa más directa de las operaciones aéreas cuestionadas por la justicia.
"No podemos permitir que un cabecilla llegue a la conclusión de que llevar menores a un campamento le garantiza inmunidad frente a la acción del Estado. Eso produciría un incentivo perverso, premiaría precisamente al criminal que viola el derecho internacional humanitario reclutando niños", declaró el presidente Abelardo de la Espriella.
El jefe de Estado planteó una salida intermedia entre la parálisis y la actuación sin controles: "La respuesta no puede ser actuar sin precaución, pero tampoco puede ser paralizar al Estado. Nuestra respuesta tiene que ser mejor inteligencia, mayor precisión operacional, evaluación rigurosa de cada objetivo y protección reforzada de los menores", señaló, sin renunciar, dijo, a la obligación constitucional de enfrentar a las organizaciones narcoterroristas.
Sobre la fumigación con glufosinato de amonio, el mandatario fijó una posición similar: cualquier decisión de su gobierno en esa materia deberá contar con soporte técnico, ambiental, sanitario y territorial, y cumplir los procedimientos legales correspondientes. "Pero cumplidas esas exigencias, la definición y ejecución de la política contra el narcotráfico corresponde a las autoridades constitucionalmente competentes para ello", advirtió, en referencia directa al fallo del juzgado de Puerto Asís.
"Frente a la fumigación, a la aspersión aérea, cualquier decisión de este gobierno deberá contar con el soporte técnico, ambiental, sanitario y territorial necesario, cumplir los procedimientos correspondientes y hacer lo que en derecho deba hacerse", afirmó de la Espriella en su alocución dominical.
El pulso remite a un antecedente reciente: la aspersión aérea con glifosato quedó suspendida en 2015 por decisión del Consejo Nacional de Estupefacientes, tras alertas sanitarias de la Organización Mundial de la Salud, y desde entonces cada intento de reactivarla ha chocado con condicionamientos de la Corte Constitucional, que en el auto 387 de 2019 exigió requisitos ambientales y sanitarios para su reinicio. La tutela, mecanismo previsto en el artículo 86 de la Constitución de 1991, es la vía por la que estos recursos han llegado a los despachos judiciales.
El presidente precisó la instrucción que dio a la Defensa Jurídica del Estado: actuar con firmeza frente a esos fallos, sin que ello se traduzca, según sus palabras, en una disputa personal con la rama judicial. "No voy a convertir esto en una pelea del presidente contra los jueces. Esta no es una discusión personal, es una discusión institucional", sostuvo, al tiempo que reivindicó la tutela como garantía de derechos fundamentales que su gobierno respetará.
La controversia se inscribe en el pulso más amplio entre el Ejecutivo y el aparato de seguridad frente a los grupos armados que persisten en el país, en momentos en que Mindefensa le dio una semana a alias Pinocho para su sometimiento. De la Espriella cerró su intervención con una fórmula que resume la tensión entre las dos ramas del poder: "Un Estado de derecho no puede convertirse en un Estado sin autoridad. Proteger los derechos fundamentales y garantizar la seguridad de los colombianos no son objetivos incompatibles; tenemos que hacer ambas cosas", concluyó.

