La cifra, correspondiente al balance del pasado ejercicio, se desglosa en dos bloques según la unidad que ejecutó la recuperación. El Grupo de Patrimonio Histórico de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil localizó 28 piezas de distinta naturaleza y procedencia, mientras que la Brigada de Patrimonio Histórico de la Policía Nacional se incautó de 41 bienes, en su mayoría cuadros sustraídos.
Entre el material recuperado por la Guardia Civil figura, además del medallón visigodo, un conjunto de siete exvotos del siglo XIX, dos obras atribuidas a los pintores Antoni Tàpies y Manolo Millares, y trece pinturas que incluyen piezas de Amedeo Modigliani y de Brueghel. La lista se completa con un peto o joya de pecho de la Virgen de Santa Clara, un retablo con escenas de la pasión de Cristo, dos trípticos y la estatua de Poncio Pilato, de 1,80 metros de altura.
La Brigada de Patrimonio Histórico de la Policía Nacional, por su parte, recuperó 39 cuadros robados junto a dos óleos sobre madera del siglo XVI. Estos dos últimos procedían del Hospital de los Venerables Sacerdotes de Sevilla, un edificio del siglo XVII que en la actualidad alberga el Centro Velázquez, dedicado a la pintura barroca española y sede de exposiciones y actividades culturales.
Un régimen sancionador de multas a tres años de cárcel
El marco legal que ampara la actuación de ambos cuerpos se sustenta principalmente en el Código Penal y en la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, la norma de referencia que regula la protección, conservación y régimen sancionador aplicable a los bienes de valor histórico, artístico, arqueológico o cultural declarados de interés para la identidad y la memoria colectiva del país. La ley contempla penas que van desde multas y trabajos en beneficio de la comunidad hasta prisión de uno a tres años, en función de la gravedad del daño causado y de la concurrencia de agravantes como el ánimo de lucro.
Estos delitos abarcan un espectro amplio de conductas, desde el expolio de yacimientos arqueológicos sin autorización administrativa hasta la exportación ilegal de obras de arte, pasando por la falsificación de piezas y el tráfico de bienes sacros sustraídos de iglesias y ermitas. El uso de detectores de metales en yacimientos sin permiso administrativo expreso está prohibido por la legislación de patrimonio, y ha estado detrás de recuperaciones de piezas ibéricas y romanas en las últimas décadas.
La magnitud del fenómeno, más allá del balance de 2025, queda reflejada en series más amplias. Según los datos publicados por The Objective, entre 2015 y 2024 las fuerzas de seguridad detuvieron en España a 809 personas por delitos contra el patrimonio histórico y recuperaron cerca de 21.000 piezas en ese decenio, lo que arroja una media superior a las 2.000 obras anuales, muy por encima de las 69 contabilizadas en el último ejercicio por estas dos unidades concretas.
La existencia de cuerpos policiales especializados en patrimonio no es reciente. El Grupo de Patrimonio Histórico de la Guardia Civil se integra en la Unidad Central Operativa, la misma estructura que aborda la criminalidad organizada, mientras que la Brigada equivalente opera dentro de la Policía Nacional. Ambas colaboran con Interpol y con las bases de datos internacionales de obras sustraídas, un instrumento clave para identificar piezas que reaparecen años después en catálogos de subastas europeas o en manos de compradores ajenos a su origen ilícito.
El goteo de recuperaciones pone de relieve las dificultades de trazabilidad que arrastra buena parte del patrimonio eclesiástico español, disperso en miles de parroquias y ermitas con escaso inventario. La falta de catálogos actualizados complica la identificación rápida de las piezas sustraídas y su posterior restitución, especialmente en el ámbito rural, donde los recursos de vigilancia son limitados.
La vía de transparencia empleada para obtener estos datos se enmarca en un contexto en el que las solicitudes de acceso a la información pública sirven para conocer el alcance real de la actividad de estas unidades, dado que los balances anuales detallados no siempre se difunden de forma proactiva. La Ley 19/2013 de Transparencia obliga a la Administración a responder a este tipo de peticiones en un plazo máximo de un mes, prorrogable en casos de especial complejidad.
De cara a los próximos meses, las piezas recuperadas deberán seguir el procedimiento judicial habitual, que incluye su peritaje, la determinación de su procedencia y titularidad legítima y, en su caso, la restitución a instituciones o particulares. Cuando no se identifica un propietario legítimo, los bienes pueden incorporarse a fondos museísticos públicos. Serán el Ministerio de Cultura y las comunidades autónomas, competentes en materia de patrimonio, quienes determinen el destino final de piezas como el medallón visigodo o la escultura de Poncio Pilato una vez concluyan las diligencias correspondientes.

