Según la autoridad judicial, no puede demostrarse con la seguridad procesal requerida que la oposición de la menor fuera reconocible para los tres jóvenes. La Fiscalía descartó asimismo que concurrieran los requisitos del delito de abuso sexual de menores conforme a su valoración de los hechos, y por ello acordó el sobreseimiento del procedimiento por sospecha de violación.
El archivo se produce pese a que, según la información publicada por el diario Bild, uno de los investigados —el joven sirio, de 15 años— habría enviado posteriormente un mensaje de WhatsApp a la menor en el que juraba sobre el Corán arrepentirse de lo sucedido. Ese mensaje, sin embargo, no ha sido considerado por el ministerio público como prueba suficiente para sostener una acusación formal por violación.
La decisión se apoya en la interpretación del artículo 177 del Código Penal alemán (StGB), que desde la reforma de 2016 exige acreditar que la víctima expresó de forma reconocible su oposición a la relación sexual, ya sea de manera verbal o mediante un comportamiento inequívoco, como la resistencia física, el llanto o los gritos. La Fiscalía sostiene que no puede probarse que los tres adolescentes pudieran percibir esa negativa, y añade que, según las «circunstancias objetivas», tampoco cabe acreditar una situación de amenaza o coacción, pese a que los hechos denunciados se habrían producido tras una puerta bloqueada.
La niña sostiene, según su testimonio recogido por Bild, que durante la agresión se quedó paralizada por el miedo, entró en estado de shock y que no gritó ni lloró ni pudo oponer resistencia visible, sino que «se cerró interiormente». La respuesta de congelación ante una agresión —conocida como freezing— es objeto de debate jurídico en varios países europeos sobre si debe equipararse a una negativa expresa a efectos penales.
Aquella reforma de 2016 incorporó al ordenamiento alemán el principio «Nein heißt Nein» («no es no»), impulsado tras los ataques masivos de la Nochevieja de 2015-2016 en Colonia, que motivaron ampliar el concepto de agresión sexual más allá de los supuestos de violencia o intimidación expresas. El objetivo declarado era precisamente cubrir situaciones en las que la víctima no puede o no se atreve a resistirse. La aplicación que la Fiscalía de Stade ha hecho de esa norma —al exigir que la oposición fuera «reconocible» para el agresor— es lo que ha reabierto el debate jurídico y social en el país.
Los tres investigados eran menores en el momento de los hechos, lo que sitúa el caso, de prosperar una acusación, bajo la jurisdicción de los tribunales de menores alemanes (Jugendgerichte), regidos por la Ley de Tribunales de Menores (Jugendgerichtsgesetz), que prevé un régimen penal específico orientado a la reeducación y con penas más limitadas que las aplicables a adultos.
La familia recurre y reclama nuevas diligencias
La abogada de la menor ha presentado un recurso contra el archivo, que ahora deberá resolver la Fiscalía General de Celle, órgano superior jerárquico de la Fiscalía de Stade dentro de la estructura judicial de Baja Sajonia. Esa instancia puede confirmar el sobreseimiento, ordenar la reapertura de la investigación o exigir diligencias adicionales antes de pronunciarse.
La familia sostiene que el caso no puede darse por cerrado sin un examen más profundo de las circunstancias, del papel individual de cada uno de los tres investigados y del valor probatorio del mensaje de disculpa enviado tras los hechos. Según su argumentación, ese mensaje constituiría un indicio relevante sobre la conciencia de haber actuado sin el consentimiento de la menor, extremo que la Fiscalía no ha considerado acreditado. El ministerio público, por su parte, mantiene que las pruebas disponibles no permiten sostener una acusación.
Uno de los adolescentes habría grabado parte de los hechos con su teléfono móvil, y esas imágenes habrían circulado posteriormente en el entorno escolar de la víctima. Fue precisamente el hallazgo de esas grabaciones por parte de la madre de la menor, en el dispositivo de su hija, lo que permitió que el caso saliera a la luz y se iniciara la investigación.
Aunque la causa principal por presunta violación ha sido archivada, el procedimiento relacionado con la grabación y difusión de las imágenes sigue abierto y ha sido remitido a la Fiscalía de Hannover, sede de la oficina central de Baja Sajonia especializada en la persecución de contenidos violentos, pornográficos o perjudiciales para menores. Esa investigación se centra en la posible difusión, adquisición y posesión de material de carácter sexual relacionado con menores, un delito autónomo respecto a la agresión sexual denunciada inicialmente.
El caso se suma a otros procedimientos recientes en Alemania que han generado atención pública sobre la respuesta judicial a delitos cometidos por menores extranjeros o de origen migrante, en un contexto de intenso debate político sobre inmigración y seguridad que se ha intensificado en el país desde 2015. No obstante, la nacionalidad de los investigados no constituye un elemento jurídicamente relevante para la calificación penal de los hechos, que se rige exclusivamente por el Código Penal aplicable a menores.
A falta de que la Fiscalía General de Celle resuelva el recurso, el caso permanece en una fase de revisión previa a cualquier posible reapertura. De confirmarse el archivo, la vía penal quedaría cerrada salvo que aparecieran nuevas pruebas; de ordenarse la reapertura, correspondería a la Fiscalía de Stade retomar la instrucción y decidir si finalmente formula acusación ante un tribunal de menores.


