El texto establecería controles periódicos cada cuatro años sobre los centros privados que impartan ciclos de Formación Profesional, con la obligación de acreditar documentalmente la existencia de prácticas reales en empresas para cada titulación ofertada. La ausencia de esa acreditación, junto con el incumplimiento de la ratio de alumnado o del porcentaje mínimo de presencialidad, habilitaría a la Administración a revocar la autorización del centro para seguir operando.
La medida se dirige a frenar el crecimiento de plataformas de FP a distancia que en los últimos cursos han multiplicado su oferta aprovechando la demanda de titulaciones flexibles, compatibles con el empleo y con matrículas a menudo más asequibles que los ciclos presenciales tradicionales. El sector privado ha advertido de que un endurecimiento regulatorio de este tipo podría afectar a los alumnos matriculados en modalidades semipresenciales u online.
La FP española vive en el curso 2025-2026 un aumento sostenido de matriculaciones, un fenómeno que comunidades autónomas y el Ministerio de Educación atribuyen tanto al prestigio creciente de estas titulaciones frente a la universidad como a la proliferación de oferta privada, incluida la de formato digital. Ese crecimiento ha convivido con denuncias sobre la calidad desigual de algunos centros y la falta de garantías en las prácticas en empresa.
El marco de referencia es la Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional, aprobada en 2022, que introdujo un sistema de acreditación de competencias, reforzó la formación en empresa como parte troncal de los ciclos y amplió las plazas públicas para equilibrar la balanza frente al empuje privado. El nuevo decreto añadiría criterios cuantitativos —presencialidad y ratio docente— como condición para conservar la autorización, un requisito que hasta ahora no figuraba de forma tan detallada en la normativa estatal.
La tensión entre enseñanza pública y privada no es nueva en el sistema educativo español: se repitió en los debates sobre los conciertos escolares tras la LODE de 1985 y, más recientemente, en la expansión de la universidad privada y a distancia, donde el crecimiento de la oferta generó controversias similares sobre estándares mínimos y control administrativo.
El mecanismo de supervisión con revisiones cuatrienales se sumaría a las inspecciones que las comunidades autónomas ya realizan sobre los centros de FP, públicos y privados, en virtud de las competencias educativas transferidas desde los años noventa. La novedad estriba en fijar umbrales numéricos como condición para mantener la actividad, lo que traslada a la norma estatal un control que hasta ahora dependía en buena medida de la interpretación autonómica.
El decreto se inscribe en un clima de fricción entre parte del sector privado y el Ejecutivo. En un ámbito distinto, el presidente de la patronal hotelera madrileña acusó al Gobierno de atacar al sector turístico por su gestión de la vivienda, reproche que ilustra el tono con que determinados sectores empresariales reciben las medidas regulatorias del Gobierno.
El Ministerio de Educación no ha publicado todavía una versión definitiva del texto, por lo que la fecha de entrada en vigor y el régimen transitorio para los centros ya autorizados quedan pendientes de su aparición en el Boletín Oficial del Estado.


