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El BOE publica la reforma del copago farmacéutico: seis tramos de renta, topes mensuales desde 8,23 euros y un impacto de 265 millones que el PP llevará al Constitucional

El Real Decreto-ley 11/2026 protege a las rentas inferiores a 9.000 euros con un techo de gasto de 8,23 euros al mes; los activos con ingresos superiores a 100.000 euros pagarán hasta un 60% del precio del medicamento; Muface mantiene su copago al 30%; el PP denuncia invasión de competencias autonómicas

Por Redacción de El Hemiciclo· Madrid·
9 min de lectura
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El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta mañana el Real Decreto-ley 11/2026, de 12 de mayo, que modifica la aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica ambulatoria. La norma, aprobada ayer por el Consejo de Ministros a propuesta conjunta de los ministerios de Sanidad y Hacienda, sustituye el sistema vigente de tres tramos de renta por uno de seis, introduce topes mensuales de gasto para todas las franjas de ingresos y tiene un impacto presupuestario estimado de 265,63 millones de euros anuales. El PP ha anunciado que interpondrá recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto-ley 11/2026, que reforma el sistema de copago farmacéutico en España mediante la introducción de seis tramos de renta, techos mensuales de gasto que arrancan en 8,23 euros para los ciudadanos con ingresos inferiores a 9.000 euros anuales y un tipo máximo del 60% aplicable a activos con rentas superiores a 100.000 euros. El Gobierno estima que la medida tendrá un impacto económico de 265 millones de euros, mientras que el Partido Popular ha anunciado su intención de impugnarla ante el Tribunal Constitucional por considerar que invade competencias autonómicas.

Por qué importa esta reforma

El copago farmacéutico es uno de los mecanismos más directos de relación entre el ciudadano y el sistema sanitario público, y cualquier modificación de sus parámetros afecta de forma simultánea a las cuentas de las comunidades autónomas, que gestionan las farmacias y soportan el gasto sanitario transferido, a los presupuestos del Estado y a los bolsillos de millones de usuarios. La vía elegida, un Real Decreto-ley, permite al Gobierno esquivar el debate parlamentario ordinario y conferir vigencia inmediata a la norma desde su publicación en el BOE, pero abre al tiempo el flanco jurídico que el PP ya ha declarado su intención de explotar.

La nueva escala de seis tramos

La arquitectura central de la reforma descansa en una segmentación de la población en seis tramos de renta. El umbral inferior protege a quienes ingresan menos de 9.000 euros anuales con un techo de gasto mensual en medicamentos de 8,23 euros, de modo que ningún ciudadano de ese nivel económico pueda abonar más de esa cantidad independientemente del volumen de su prescripción. En el extremo opuesto, los trabajadores activos con ingresos que superan los 100.000 euros anuales asumen hasta el 60% del precio de cada medicamento sin que el decreto especifique, en el material publicado, un techo equivalente para ese segmento. Los cuatro tramos intermedios no han sido detallados en el material verificado disponible.

Muface, régimen separado

El decreto establece de forma explícita que los funcionarios integrados en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, conocida como Muface, mantienen su copago específico en el 30%, lo que los sitúa fuera de la nueva escala general. Muface opera como un sistema alternativo al régimen general de la Seguridad Social para determinados empleados públicos, con conciertos propios con aseguradoras privadas, y su blindaje en la norma subraya la complejidad política de unificar en un solo instrumento todas las modalidades de cobertura sanitaria que coexisten en España.

El argumento constitucional del PP

El Partido Popular fundamenta su anuncio de recurso en la doctrina de invasión de competencias autonómicas. Las comunidades autónomas tienen asumida, desde los procesos de transferencia sanitaria culminados en 2002, la gestión del sistema de salud en sus respectivos territorios, lo que incluye la dispensación farmacéutica y la gestión del gasto en prestación farmacéutica. La impugnación ante el Tribunal Constitucional, si llega a formalizarse, abriría un procedimiento cuya resolución puede prolongarse años, aunque el Alto Tribunal puede acordar o denegar la suspensión cautelar de la norma mientras sustancia el recurso, según establece la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Antecedentes del modelo de copago

España introdujo el copago farmacéutico para los trabajadores activos en 2012, en el contexto de los ajustes presupuestarios derivados de la crisis financiera, mediante el Real Decreto-ley 16/2012. Hasta entonces, los activos no pagaban porcentaje alguno por sus medicamentos con receta. Aquella norma estableció tres tramos según renta y fijó topes mensuales diferenciados para pensionistas, colectivo que ya venía contribuyendo con un porcentaje fijo. El modelo aprobado ahora duplica el número de tramos y modifica los techos, en una dirección que el Gobierno presenta como de mayor progresividad.

El impacto de 265 millones

La cifra de 265 millones de euros que el Gobierno atribuye al impacto de la medida no viene acompañada, en el material publicado, de una desagregación que precise si se trata de ahorro para las arcas públicas, de mayor gasto para los usuarios o de una combinación de ambos efectos en distintos tramos de renta. La cuantificación del impacto económico de las reformas farmacéuticas es preceptiva en la tramitación de normas con rango de ley y constituye uno de los elementos que los grupos parlamentarios y las comunidades autónomas examinarán con mayor detalle en el eventual debate de convalidación del decreto en el Congreso de los Diputados.

Lo que viene

El Real Decreto-ley deberá ser sometido a convalidación en el Congreso de los Diputados en el plazo de treinta días desde su publicación en el BOE, conforme al artículo 86 de la Constitución. Si la cámara lo rechaza, la norma decae con efectos retroactivos. Si lo convalida, el Gobierno puede optar por tramitarlo como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, lo que permitiría enmiendas. En paralelo, el anuncio del PP de acudir al Tribunal Constitucional sitúa la reforma en una doble tensión, legislativa y judicial, cuya resolución determinará si los nuevos tramos y topes llegan a consolidarse como marco estable del sistema farmacéutico español.

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