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Un feminicidio en Brasil reaviva en Colombia el debate sobre protección

El asesinato de Angelita Manoela Rodrigues a manos de su expareja en un supermercado brasileño reabre la discusión sobre los vacíos entre la denuncia y la protección efectiva.

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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El domingo 18 de agosto, hacia la 1:00 p. m., un hombre identificado como Lafayete Gonzaga da Silva habría atacado con arma blanca a su expareja, Angelita Manoela Rodrigues, en la fila de un supermercado del municipio de Morro Grande, en Brasil, según las autoridades locales. Testigos, entre ellos menores de edad, lograron inmovilizarlo hasta la llegada de los agentes. Rodrigues murió poco después en el Hospital Brasilandia.

Según el relato reconstruido por las autoridades brasileñas, Gonzaga da Silva habría ingresado al establecimiento y atacado a Rodrigues por la espalda, causándole al menos tres heridas. Tras el ataque fue trasladado a una delegación especializada en violencia contra la mujer, donde permanecería bajo custodia mientras avanza el proceso judicial. En su declaración ante los agentes, el hombre habría afirmado que la víctima le había «arruinado la vida» y manifestado arrepentimiento, una versión que las autoridades no han dado por probada y que deberá ser valorada dentro del expediente.

De acuerdo con personas cercanas a Rodrigues, la relación entre ambos se extendió por una década y estuvo marcada por episodios reiterados de agresiones físicas, aislamiento social y humillaciones. Leila Lira, amiga y excompañera laboral de la víctima, relató que las marcas de la violencia eran visibles y conocidas por su entorno, y que en varias ocasiones sus allegados intentaron ofrecerle un lugar donde refugiarse. Las amenazas constantes, según ese testimonio, habrían impedido que la víctima pusiera fin a la relación de manera definitiva.

La familia de Rodrigues se constituyó como parte querellante en el proceso y contrató representación legal propia. Por su parte, la abogada Sarha Rosenbaum, de la defensa oficial del acusado, señaló que su labor se concentra en la audiencia de control y en el análisis de los elementos probatorios que forman parte del expediente. El desarrollo del proceso corresponde a la jurisdicción brasileña y, hasta el momento, no se ha establecido una fecha para nuevas audiencias ni una calificación jurídica definitiva del delito.

El hecho no es competencia de las autoridades colombianas, pero ha circulado con fuerza en medios y redes del país, donde organizaciones de mujeres lo han usado como punto de referencia para señalar patrones que, advierten, se repiten también en Colombia: relaciones marcadas por años de violencia sistemática, amenazas que impiden a la víctima romper el vínculo y un entorno cercano que conoce la situación sin lograr frenarla a tiempo.

Un patrón que la ley colombiana intentó frenar desde 2015

El marco normativo colombiano contempla desde 2015 la Ley 1761, conocida como Ley Rosa Elvira Cely, que tipificó el feminicidio como delito autónomo tras el asesinato de una mujer en el Parque Nacional de Bogotá en 2012, un caso que marcó un antes y un después en la legislación sobre violencia de género en el país. Esa norma estableció penas de entre 20 y 41 años de prisión para quien cause la muerte de una mujer por su condición de tal, con circunstancias de agravación cuando medien antecedentes de violencia intrafamiliar.

El debate colombiano tiene, además, una dimensión estadística propia. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses documenta cada año centenares de homicidios de mujeres en el país, buena parte de ellos cometidos por parejas o exparejas de las víctimas, en un patrón que coincide con el descrito en el caso brasileño: ciclos prolongados de violencia, denuncias previas y ausencia de medidas de protección efectivas antes del desenlace fatal.

Organizaciones como la Corporación Sisma Mujer han advertido de manera reiterada que muchas víctimas de feminicidio en Colombia habían presentado denuncias previas ante comisarías de familia o la Fiscalía General de la Nación sin que se activaran medidas de protección suficientes. La Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo han sostenido en informes previos que la falla estructural no es la ausencia de normas, sino la desarticulación entre las entidades encargadas de activarlas: comisarías con recursos limitados, fiscalías con altas cargas de casos y jueces de control de garantías que deben decidir medidas con información incompleta sobre el riesgo real que enfrenta la víctima.

El caso de Rodrigues, ocurrido a plena luz del día y frente a testigos, incluidos menores, remite a un fenómeno que especialistas en violencia de género han descrito en distintos países de la región: el momento de mayor riesgo para una mujer que busca alejarse de una relación violenta suele ser precisamente el de la ruptura o el intento de hacerla, cuando el agresor percibe la pérdida de control sobre la víctima.

En el Congreso de la República, el asunto no es nuevo. En distintas legislaturas se han radicado proyectos para fortalecer las rutas de atención y los mecanismos de seguimiento a las medidas de protección, algunos de los cuales terminaron archivados por falta de trámite en comisiones. La discusión sobre un sistema de alertas tempranas más ágil, que permita a las autoridades actuar antes de que una denuncia se traduzca en un desenlace fatal, es recurrente en el debate legislativo desde hace más de una década.

Mientras en Brasil el proceso judicial contra Gonzaga da Silva avanza hacia la audiencia de control, en Colombia la repercusión del caso vuelve a poner sobre la mesa la brecha entre el marco legal vigente y su aplicación efectiva. El seguimiento a las próximas actuaciones de la jurisdicción brasileña y a la eventual radicación de nuevas iniciativas en la actual legislatura marcará los próximos hitos de una discusión que, hasta la fecha, no cuenta con un proyecto concreto en trámite en el Congreso colombiano.

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