El Ministerio de Inclusión registró 42.790 solicitudes telemáticas de regularización migratoria entre el 16 y el 19 de abril, tres días después de la entrada en vigor del decreto que suspende automáticamente las órdenes de expulsión de quienes presenten la petición. Los ciudadanos de Colombia, Perú y Honduras encabezan las solicitudes. El Partido Popular y Vox han anunciado recursos ante el Tribunal Constitucional contra la norma, a la que califican de «amnistía migratoria en toda regla».
Por qué importa esta cifra
El volumen de solicitudes registrado en setenta y dos horas convierte este proceso en uno de los procedimientos administrativos de regularización con mayor afluencia inicial de la historia reciente de España. La cifra no es solo un dato estadístico: cada solicitud presentada activa de forma automática la suspensión de la orden de expulsión del solicitante, lo que supone que, en la práctica, miles de procedimientos de retorno quedan en suspenso durante el tiempo que dure la tramitación. La magnitud del efecto jurídico inmediato explica tanto la presión sobre los servicios del ministerio como la intensidad de la respuesta política de la oposición.
Cómo opera el mecanismo de suspensión
El decreto establece que la mera presentación de la solicitud de regularización paraliza cautelarmente la ejecución de las órdenes de expulsión vinculadas al solicitante. Este tipo de cláusula de suspensión automática no es inédita en el derecho comparado europeo: varios estados miembros de la Unión Europea contemplan mecanismos similares en sus procedimientos de protección internacional y en determinadas regularizaciones extraordinarias. En España, la figura tiene precedentes en los procesos de regularización instrumentados mediante real decreto, cuya constitucionalidad ha sido examinada en ocasiones anteriores por el Tribunal Constitucional en el marco de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, conocida como Ley de Extranjería.
El perfil de los solicitantes
Los nacionales de Colombia, Perú y Honduras concentran las peticiones según los datos del ministerio, lo que refleja la composición de la población migrante en situación administrativa irregular con mayor presencia en el territorio español. Estas tres nacionalidades llevan años entre las más representadas en los flujos migratorios latinoamericanos hacia España, favorecidos por vínculos lingüísticos, históricos y por la existencia de redes de comunidades consolidadas en las principales ciudades. El decreto no especifica, en la información difundida hasta ahora, los requisitos de arraigo o tiempo de residencia exigidos para acceder al proceso.
La posición del Gobierno
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha presentado la medida como un instrumento de ordenación del mercado laboral y de regularización de personas que llevan años contribuyendo a la economía española sin cobertura legal. El Gobierno no ha hecho pública, en el material disponible, una estimación oficial del número total de personas que podrían beneficiarse del decreto ni el plazo previsto para resolver las solicitudes.
La respuesta de la oposición
El PP y Vox han empleado la expresión «amnistía migratoria» para caracterizar la norma y han anunciado su impugnación ante el Tribunal Constitucional. El recurso, de prosperar en cuanto a la admisión, no suspende automáticamente la aplicación del decreto salvo que el tribunal así lo acuerde expresamente mediante medidas cautelares. La vía de impugnación más habitual para este tipo de normas del Ejecutivo es el recurso de inconstitucionalidad, cuya interposición corresponde, entre otros sujetos legitimados, a cincuenta diputados o senadores, al Defensor del Pueblo y a los gobiernos autonómicos.
Precedentes y marco legal
España ha instrumentado procesos extraordinarios de regularización en varias ocasiones desde la aprobación de la primera Ley de Extranjería en 1985. El más amplio en cifras fue el proceso de 2005, que regularizó a cerca de 578.000 personas según datos del propio ministerio de la época, y que también generó un debate político y jurídico sobre sus efectos sobre los flujos migratorios posteriores. La cuestión de si las regularizaciones masivas actúan como factor de atracción o, por el contrario, responden a una demanda laboral estructural preexistente, es objeto de debate académico sin consenso cerrado en la literatura especializada.
Lo que viene
La presión sobre los sistemas telemáticos del ministerio y sobre los servicios de tramitación será el primer indicador del funcionamiento real del proceso. A medio plazo, la resolución del Tribunal Constitucional sobre los eventuales recursos determinará si el decreto mantiene plena vigencia o si alguno de sus artículos —en particular el relativo a la suspensión automática de expulsiones— queda en entredicho. El ritmo al que el ministerio resuelva las solicitudes y la tasa de concesiones o denegaciones serán los datos que, en los próximos meses, permitan una evaluación fundada de los efectos reales de la norma.


