La posesión presidencial concentra históricamente en Bogotá el grueso de los actos protocolarios, pero en esta ocasión Cali habría cobrado protagonismo adicional por la magnitud de la movilización social que se anticipa en torno al evento, lo que habría activado las alarmas sanitarias en el departamento. La red hospitalaria pública y privada del Valle del Cauca vendría reportando niveles de ocupación crítica, un fenómeno recurrente en una región donde las unidades de cuidado intensivo han enfrentado episodios de saturación agravados por un déficit estructural de camas.
La eventual declaratoria de emergencia humanitaria, de confirmarse su alcance y vigencia formal, se enmarcaría en las facultades que la Ley 1523 de 2012 —por la cual se adopta la política nacional de gestión del riesgo de desastres— otorga a las autoridades territoriales para adoptar medidas extraordinarias cuando se compromete la prestación de servicios esenciales, entre ellos la atención en salud. En ese escenario, el gobernador del Valle del Cauca y la alcaldía de Cali serían los llamados a coordinar cualquier restricción de movilidad, en articulación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y el Ministerio del Interior, entidad que habitualmente participa en la planeación logística de la posesión junto con la Policía Nacional.
Un debate jurídico sobre la libertad de circulación
La eventual restricción abriría un debate sobre los límites constitucionales a la libertad de circulación, consagrada en el artículo 24 de la Constitución Política de 1991. La Corte Constitucional ha admitido restricciones a este derecho cuando existe una justificación de salud pública proporcional y temporal, como ocurrió con las medidas de aislamiento durante la emergencia sanitaria de 2020.
El precedente más cercano de restricción de ingreso por motivos sanitarios se remonta a la pandemia de covid-19, cuando gobernaciones y alcaldías, amparadas en decretos de emergencia sanitaria expedidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, limitaron la movilidad interdepartamental. Aquella experiencia dejó un marco jurídico y operativo que las autoridades locales podrían retomar si la medida sobre el Valle del Cauca llegara a formalizarse.
No es la primera vez que una posesión presidencial en Colombia genera tensiones logísticas de esta naturaleza. En 2022, la llegada masiva de simpatizantes a Bogotá para la toma de posesión obligó a un despliegue extraordinario de la Policía y a coordinaciones especiales con hospitales de la capital ante el riesgo de aglomeraciones, aunque entonces no se declaró una emergencia humanitaria formal.
Voceros del sector salud en Cali habrían advertido que la afluencia de miles de personas, sumada a la limitada capacidad de camas de hospitalización y de cuidados intensivos, podría derivar en un colapso similar al de los picos más agudos de la pandemia, cuando la ciudad llegó a reportar ocupaciones de UCI superiores al 90 %, según cifras que en su momento difundió la Secretaría de Salud municipal.
Congresistas de la bancada vallecaucana habrían solicitado información oficial sobre el alcance real de la medida, en momentos en que el Congreso se prepara para el empalme legislativo que sigue a cada cambio de gobierno. Algunos habrían planteado la necesidad de un debate de control político en la comisión respectiva si la restricción llegara a afectar de manera significativa la movilidad de ciudadanos hacia y desde el departamento. Desde la Casa de Nariño no se ha registrado pronunciamiento oficial sobre el impacto que una eventual restricción tendría sobre la logística de la posesión.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) no ha publicado cifras específicas sobre movilidad interdepartamental proyectada para las fechas de la posesión, por lo que cualquier estimación sobre el número de personas que se desplazarían hacia el Valle del Cauca permanece en el terreno de la proyección de las autoridades locales.
De formalizarse, la medida debería quedar consignada en un decreto departamental que precise su duración, el tipo de ingresos restringidos —si aplicaría a vehículos particulares, transporte intermunicipal o ambos— y los mecanismos de excepción para residentes, trabajadores de la salud y personal logístico vinculado al evento.
En los próximos días se espera que el gobierno departamental del Valle del Cauca, en coordinación con el Ministerio del Interior y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, precise el alcance jurídico y operativo de la restricción, así como sus fechas de entrada en vigor y de finalización, en un contexto en el que Cali se prepara para absorber una carga logística inusual apenas una semana antes del cambio de mando.
