El planteamiento no se refiere a un hecho noticioso puntual, sino a una reflexión de carácter ético que conecta con preocupaciones recurrentes en la vida institucional panameña: la tentación de juzgar a los funcionarios por la investidura del cargo antes que por su gestión, y la manera en que el entorno social reacciona ante quienes concentran fortuna o influencia. El autor lo desarrolla mediante tres escenas.
La primera describe a un hombre que, tras años de discriminación, logra amasar una fortuna y observa cómo las puertas que antes se le cerraban comienzan a abrirse; al llegar a una recepción, coloca su saco sobre una silla y pronuncia la frase «siéntate, dinero», para señalar que el respeto repentino no se dirigía a su persona, sino a su patrimonio. El texto sostiene que «no era a él a quien aquella sociedad comenzaba repentinamente a respetar. Era a su fortuna».
La segunda retrata a un antiguo alto funcionario del Estado que, al concluir su gestión, advierte que las invitaciones a actos oficiales y diplomáticos desaparecen junto con el cargo. «Muchas veces no invitaban al hombre, sino al cargo», escribe el autor. La situación evoca un patrón reconocible en la política nacional, donde la rotación de altos cargos del Órgano Ejecutivo, la Asamblea Nacional o las entidades autónomas suele ir acompañada de un reacomodo abrupto de las relaciones sociales y protocolarias que antes rodeaban al puesto.
La tercera escena, la más incómoda desde la perspectiva de la fiscalización pública, alude a la admiración social hacia quienes se enriquecen por vías cuestionadas. El texto argumenta que, cuando la riqueza se exhibe en bienes de lujo, ciertos sectores tienden a pasar por alto su origen, en una inversión de valores según la cual «la riqueza comienza a utilizarse como certificado de respetabilidad». Y advierte que «el dinero no convierte lo ilícito en honorable».
El refrendo y la fiscalización del gasto
Esa advertencia adquiere relieve en el marco institucional panameño, donde la Contraloría General ejerce la función de refrendo sobre los contratos estatales precisamente para impedir que el uso de fondos públicos se convierta en fuente de enriquecimiento injustificado. El control previo del contralor sobre la contratación pública, contemplado en la Constitución y desarrollado por la Ley Orgánica de la Contraloría, constituye uno de los mecanismos centrales de fiscalización del gasto estatal en el país.
El Ministerio Público, por su parte, mantiene abiertas de manera recurrente investigaciones vinculadas a enriquecimiento injustificado y blanqueo de capitales, conductas tipificadas en el Código Penal panameño. La reflexión difundida esta semana no menciona casos concretos, pero se inscribe en un debate que en Panamá cobró fuerza tras la divulgación en 2016 de los llamados «Panama Papers», que expusieron el uso de sociedades offshore para ocultar patrimonio y colocaron al país en el centro del escrutinio internacional sobre la transparencia financiera.
La historia política panameña ofrece precedentes sobre la relación entre poder y respetabilidad. Desde la recuperación de la democracia en 1989, tras la invasión estadounidense que puso fin al régimen militar, los tribunales de justicia han ventilado procesos contra exfuncionarios de alto nivel por delitos relacionados con el peculado y el enriquecimiento ilícito. Esos casos evidenciaron que la investidura de un cargo público no exime de responsabilidad penal una vez concluida la gestión, y reforzaron el argumento de que la autoridad del cargo es, como advierte el texto, un préstamo temporal y no un atributo permanente.
La discusión que plantea el artículo trasciende lo moral y toca el diseño institucional. La dependencia de la lealtad política respecto de la permanencia en el cargo ayuda a explicar la volatilidad de alianzas dentro de la propia Asamblea Nacional, donde el tránsito de diputados entre bancadas suele intensificarse en los años posteriores a cada proceso electoral, una vez que la repartición de curules y posiciones de poder queda definida.
Tanto desde el oficialismo como desde la oposición, distintos diputados han sostenido —aunque sin relación directa con este texto— que la fiscalización del gasto público y la transparencia en el manejo de la planilla estatal son herramientas necesarias para evitar que el ejercicio del poder derive en beneficios personales indebidos. El Tribunal Electoral, por su parte, exige declaraciones de bienes a los candidatos a cargos de elección popular, un mecanismo pensado para hacer más visible el patrimonio de quienes aspiran a ejercer autoridad pública.
El artículo cierra con la idea de que tanto el dinero como el poder son, en última instancia, prestados: mientras se poseen, generan una atención que fácilmente se confunde con reconocimiento personal, pero que se desvanece en cuanto desaparece el cargo o la fortuna. Enumera lo que el dinero no alcanza a comprar —el sueño, la salud, un hogar, la amistad, la tranquilidad y, sobre todo, más tiempo de vida— para subrayar los límites de aquello que la sociedad suele idolatrar.
No existe, por ahora, ninguna iniciativa legislativa que derive directamente de esta reflexión, ni se espera que la Asamblea Nacional la incorpore a su agenda del actual período. No obstante, el debate que reabre —sobre los límites del dinero y el poder en un país donde la fiscalización del gasto sigue siendo objeto de escrutinio constante— previsiblemente seguirá presente en la conversación pública, en particular de cara a las vistas presupuestarias y a la discusión del Presupuesto General del Estado que la Asamblea Nacional deberá abordar antes de que finalice el año.