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Meta niega en un juicio en EE. UU. haber buscado enganchar a menores

La matriz de Facebook e Instagram rechaza al arrancar un proceso que agrupa demandas de fiscalías estatales por presuntos daños a la salud mental de adolescentes.

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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Meta, empresa matriz de Facebook e Instagram, rechazó este miércoles la acusación de haber diseñado sus productos para captar deliberadamente a menores de edad, al arrancar en un tribunal de EE. UU. lo que se describe como un juicio histórico contra las grandes plataformas de redes sociales.

El litigio, tramitado ante cortes federales de EE. UU., sienta de forma conjunta en el banquillo a las principales plataformas de redes sociales del mundo. Los estados demandantes sostienen que las compañías conocían los riesgos de sus productos y aun así los diseñaron para maximizar el tiempo de uso entre adolescentes, un planteamiento que la industria niega y que abre uno de los pulsos judiciales de mayor alcance sobre responsabilidad corporativa en el ámbito digital.

Según lo trascendido en la apertura, la parte demandante atribuye a Meta el diseño deliberado de funciones como el desplazamiento infinito de contenido, las notificaciones push y los sistemas de recompensa basados en «me gusta», con el objetivo de retener a los usuarios más jóvenes pese a los efectos que asocian a la ansiedad, la depresión y los trastornos alimenticios en esa población.

La defensa de Meta negó en la apertura del juicio que la compañía persiguiera enganchar a menores. La empresa sostiene que sus plataformas incorporan herramientas de control parental y límites de tiempo de pantalla, introducidos como respuesta a las preocupaciones regulatorias y sociales sobre el uso de redes sociales por parte de adolescentes. Snap, ByteDance y Alphabet, las otras compañías señaladas, han planteado defensas en la misma línea: alegan que cumplen las normas vigentes sobre edad mínima de uso y que han invertido en mecanismos de verificación y moderación dirigidos a usuarios menores de edad.

Para las familias demandantes, el proceso representa además una vía para obtener reparaciones económicas por los daños que atribuyen al uso prolongado de estas plataformas por parte de sus hijos. Las empresas tecnológicas, en contraste, advierten de que un fallo en su contra podría fijar un precedente con impacto sobre el desarrollo de servicios digitales a escala global.

Un litigio con eco en la regulación colombiana

El caso interpela a un ecosistema digital que también crece en Colombia. El DANE ha documentado en sus encuestas de tenencia y uso de tecnologías un incremento sostenido del acceso a internet móvil entre la población adolescente, aunque el organismo no dispone de series específicas comparables a las que se manejan en el litigio estadounidense. En el plano normativo, la Ley de Protección de Datos Personales y el Código de la Infancia y la Adolescencia fijan obligaciones para el tratamiento de información de menores, pero no regulan de manera directa el llamado diseño adictivo de las aplicaciones.

Organizaciones de la sociedad civil han insistido en la necesidad de una regulación más específica sobre ese diseño, en línea con debates que se replican en distintos países. Hasta la fecha, el Congreso de la República no ha radicado un proyecto de ley que aborde de forma directa esta materia, de modo que el marco colombiano descansa en normas generales de protección de datos y de infancia.

El precedente histórico más próximo en materia de responsabilidad corporativa por productos nocivos para la salud pública remite a los litigios contra las tabacaleras en las décadas de 1990 y 2000, que también tuvieron traducción en Colombia. La Corte Constitucional ha reconocido en su jurisprudencia el deber de las empresas de informar adecuadamente sobre los riesgos de sus productos, un principio que los demandantes en el caso estadounidense buscan trasladar al terreno de los algoritmos y las plataformas digitales.

El desenlace podría fijar jurisprudencia sobre el grado de responsabilidad legal que asumen las compañías tecnológicas por el diseño de sus sistemas de recomendación, una discusión que trasciende las fronteras de EE. UU. En la Unión Europea, la Ley de Servicios Digitales ya establece obligaciones de transparencia y mitigación de riesgos para las grandes plataformas, un marco observado con atención por autoridades de política digital en distintas regiones.

El juicio continuará en las próximas semanas con la presentación de pruebas y testimonios de especialistas en salud mental y en diseño de tecnología. Su curso será seguido de cerca por reguladores de varios países, incluida Colombia, donde el debate sobre el uso de redes sociales entre menores ha cobrado espacio en foros académicos y legislativos sin haberse traducido aún en una reforma normativa concreta.

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