El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, defendió el martes un sistema «más ágil, eficaz, ordenado» y «garantista» que, según aseguró, no reducirá las garantías de los solicitantes de protección internacional. El anteproyecto desarrolla los conceptos de «primer país de asilo», «tercer país seguro» y «país de origen seguro», categorías que condicionan tanto la admisión de una solicitud como el procedimiento aplicable para resolverla.
La calificación de un Estado como «país de origen seguro» permite tramitar de forma acelerada las peticiones de sus nacionales, si bien la persona solicitante conserva la posibilidad de acreditar que esa presunción general no se ajusta a su caso particular. Entre los supuestos que pueden alegarse para superar esa barrera figuran la persecución por motivos políticos, la orientación sexual, la violencia de género, la trata de seres humanos o una amenaza personal suficientemente acreditada.
La reforma actualiza los motivos que pueden fundamentar una solicitud de protección internacional e incorpora de forma expresa supuestos vinculados al género, a la identidad o expresión de género y a la discapacidad. El texto también detalla los trámites a los que se someterá el solicitante durante el procedimiento: reconocimiento médico, valoración de posibles situaciones de vulnerabilidad, identificación, toma de datos biométricos y controles de seguridad.
En el terreno procedimental, el anteproyecto contempla tres vías diferenciadas para resolver las solicitudes: el procedimiento ordinario, el acelerado y uno específico para las peticiones presentadas en frontera. El Gobierno sostiene que el objetivo es acortar los plazos de resolución y ordenar el sistema, además de modificar el régimen de recursos.
Uno de los cambios de mayor calado afecta precisamente a ese régimen de recursos. El Ejecutivo plantea eliminar con carácter general el recurso administrativo previo, de modo que las resoluciones denegatorias de la Oficina de Asilo y Refugio —dependiente del Ministerio del Interior— puedan impugnarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Marlaska reconoció que el objetivo de esta modificación es lograr «una mayor celeridad». La reforma incorpora además la posibilidad de que una resolución denegatoria incluya de forma simultánea una decisión de retorno, lo que permitiría ordenar la salida del país sin abrir un expediente administrativo independiente.
La reforma ha despertado interés fuera de España antes incluso de iniciar su recorrido parlamentario. El medio marroquí Le360 llevó a su portada el miércoles un reportaje titulado «Todo lo que hay que saber sobre la futura Ley de Asilo y la reforma de Extranjería en España», en el que explicaba a sus lectores los procedimientos y excepciones del nuevo marco, con especial atención a los supuestos que sus ciudadanos podrían alegar para superar el procedimiento acelerado asociado a la consideración de país de origen seguro.
El trasfondo de la frontera de Ceuta
El anteproyecto se tramita en un contexto marcado por la tensión en la frontera de Ceuta, donde a finales de julio se registró la entrada masiva de personas procedentes de Marruecos. Según denuncias de mandos militares desplegados en la zona, el episodio derivó en agresiones contra efectivos españoles sin que estos dispusieran de un marco claro de actuación, lo que llevó a sectores de las Fuerzas Armadas a reclamar a la ministra de Defensa, Margarita Robles, reglas de actuación más definidas ante situaciones similares.
España comparte con Marruecos una frontera terrestre en Ceuta y Melilla, la única división física entre la Unión Europea y el continente africano fuera del espacio marítimo mediterráneo, lo que convierte a ambos enclaves en puntos de paso recurrentes en los flujos migratorios hacia Europa. La gestión de esa frontera ha sido fuente de fricciones diplomáticas entre Madrid y Rabat en episodios como la crisis de mayo de 2021, cuando la entrada de más de 8.000 personas en Ceuta en apenas dos días coincidió con la hospitalización en España del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali.
El Pacto Europeo sobre Migración y Asilo, cuyos reglamentos entraron en aplicación el 12 de junio de 2026, obliga a los Estados miembros a adaptar sus legislaciones nacionales a un marco común que endurece los procedimientos fronterizos y refuerza los mecanismos de solidaridad y reparto de solicitantes entre países. El Gobierno enmarca la reforma española en ese calendario de transposición, que otros socios comunitarios abordan en paralelo con sus propias modificaciones legislativas.
Fuentes del Ministerio del Interior insisten en que el objetivo de la reforma es reducir la bolsa de expedientes pendientes de resolución sin que ello implique una merma en los derechos de quienes buscan protección internacional. Organizaciones de defensa de los derechos de los migrantes han expresado, por su parte, dudas sobre si la supresión del recurso administrativo previo podría debilitar las garantías procesales, y han reclamado garantías adicionales sobre el acceso a asistencia jurídica y la revisión judicial efectiva de las decisiones adoptadas en los procedimientos acelerados.
El anteproyecto deberá recorrer ahora los trámites preceptivos antes de su aprobación definitiva: dictámenes del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial, informe del Consejo Económico y Social si procede, y su paso por el Congreso y el Senado, donde previsiblemente se presentarán enmiendas tanto de los grupos que apoyan al Gobierno como de la oposición. No hay, por el momento, un calendario oficial que fije la fecha en la que la norma podría entrar en vigor.


