Tres palabras —«no hay prueba»— bastan para que una condena empiece a tambalearse. La Fiscalía, obligada por ley a acusar solo cuando existen motivos, concluye que la sentencia de la Audiencia de Badajoz contra el hermano del presidente no se sostiene, y lo dice sin matices diplomáticos ni la habitual fórmula del «si bien es cierto que». Lo plantea de frente, en un recurso formal con escrito y argumentos.
La paradoja circunstancial es notable: el caso que más ruido mediático ha generado en meses contra el entorno del jefe del Ejecutivo resulta que, examinado por el acusador público, carece de base suficiente para quien tiene el deber de sostener la acusación. El Ministerio Público no se limita a dudar: recurre formalmente ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y pide la absolución de todos los acusados.
El propio David Sánchez ha sido explícito en su defensa: ha sostenido que fue investigado «por la condición de político» de su hermano. Es una alegación que, de acreditarse, describiría el tipo de proceso que cualquier Estado de derecho debería evitar —el que persigue apellidos en lugar de delitos— y que, de resultar falsa o exagerada, merece el mismo examen frío que cualquier otra alegación de parte ante un tribunal superior.
El recurso ante el TSJ de Extremadura
El procedimiento pasa ahora al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que deberá decidir si la condena de la Audiencia de Badajoz se mantiene, se modifica o se anula. No es un escenario habitual: cuando el propio acusador público pide la absolución tras una condena, el tribunal de segunda instancia no se encuentra con dos partes enfrentadas, sino con una convergencia entre la defensa y quien, en teoría, debería sostener la acusación.
El episodio obliga a revisar el apetito por el escándalo con apellido ilustre. Durante meses, el caso ha sido material de portada y de bronca parlamentaria; ahora que la propia Fiscalía certifica la debilidad del andamiaje probatorio, cabe preguntarse cuánto de aquel ruido fue sustancia jurídica y cuánto aprovechamiento de una sombra. La vara debe medir igual en ambas direcciones: ni la presunción de inocencia se suspende por tener un hermano famoso, ni la condición de familiar de un presidente blinda frente a una investigación legítima cuando hay base para ella.
La causa llega en una semana en que la política española libra sus propias batallas de desgaste: mientras Junts amenaza con tumbar los decretos de vivienda, el caso de David Sánchez recuerda que la Justicia, a diferencia del Congreso, no negocia mayorías: examina pruebas, y cuando no las encuentra lo dice con la misma sequedad con que la Fiscalía lo ha hecho ahora.
"No hay prueba", sostiene la Fiscalía en su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
El escrito del Ministerio Público ha dejado una frase que pesará más que cualquier editorial. Tres palabras que, si se confirman en segunda instancia, convertirán el caso en un ejemplo de cómo no se instruye una causa cuando el apellido pesa más que el expediente.
