El columnista escribió que «es indecente escuchar a políticos hablar de ayudas cuando en realidad lo que tienen que hacer es su trabajo», y describió la dinámica como una competencia entre dirigentes que «se rofean unos a otros, desafiándose a poner más ayudas». El autor, identificado como escritor, situó la escena entre los damnificados de un sismo que no dejó fallecidos pero sí daños en viviendas y comunidades previamente vulnerables.
La práctica que señala la columna no es nueva en Panamá. Desde hace más de una década, sectores académicos y de la sociedad civil han advertido que la entrega de ayudas estatales —de emergencia o de programas sociales permanentes— suele acompañarse de una exposición mediática que favorece la imagen del funcionario que la gestiona, aunque los fondos sean públicos. La columna recoge esa tensión al reprochar que los dirigentes «se creen que ellos son los dueños de las ayudas, que son nuestros recursos».
"Es asqueroso oír cómo se rofean unos a otros, desafiándose a poner más ayudas, como si nuestros compatriotas no tuvieran derecho a ser asistidos por los funcionarios que eligieron para administrar los recursos de todos", escribió el autor de la columna.
El sistema jurídico panameño carece de una norma específica que regule el uso de la imagen institucional en la entrega de ayudas públicas. La Ley de Transparencia y Acceso a la Información fija principios generales sobre el manejo de fondos públicos, pero no contempla sanciones por la difusión en redes sociales de contenido asociado a la gestión de recursos estatales. Esa laguna ha sido abordada en trabajos recientes sobre fiscalización, entre ellos uno que pide reforzar las competencias de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información sobre conflictos de intereses, precisamente en el terreno donde se difumina la frontera entre función pública y promoción personal.
La Contraloría General, encargada de fiscalizar el uso de los fondos estatales, no dispone de un mecanismo para evaluar el componente propagandístico de la ayuda humanitaria mientras los recursos lleguen a su destino declarado. El refrendo del contralor sobre los contratos de adquisición de insumos de emergencia se centra en la legalidad del gasto, no en el uso posterior que se haga de su difusión pública.
Ayudas estatales y capital político
El uso de la asistencia estatal con fines de posicionamiento tiene antecedentes en la historia reciente del país. A lo largo de distintas administraciones, organizaciones de la sociedad civil han denunciado que la entrega de bonos, subsidios agrícolas o materiales de construcción tras desastres naturales se ha convertido en vehículo de capital político para autoridades locales y nacionales, sobre todo en periodos cercanos a procesos electorales o en corregimientos con alta necesidad social.
El reparto de recursos públicos como herramienta de clientelismo acompañó buena parte de la política panameña durante los gobiernos militares de las décadas de 1970 y 1980, cuando las obras y entregas de ayuda se asociaban directamente a la figura del gobernante de turno, una dinámica que las denuncias actuales sobre el «takilleo» en redes sociales prolongan con nuevas herramientas de visibilidad.
Esta discusión se inserta en un debate más amplio sobre la calidad institucional panameña, en el que la academia y los organismos de control han identificado deficiencias estructurales. Un trabajo reciente señaló que tres de cada cuatro jueces del Órgano Judicial son eventuales, una cifra de la Contraloría que ilustra la precariedad de ciertos mecanismos de control dentro del aparato estatal, más allá del caso puntual de la asistencia tras el sismo.
La crítica expresada en la columna se extiende también a los propios damnificados. El autor describe a ciudadanos tan necesitados que «no tienen tiempo ni ganas para nada que no sea que les solucionen algo» y que se prestan, «a su pesar», a aparecer en videos y fotos junto al dirigente de turno. El texto reprocha esa participación, voluntaria o forzada por la urgencia, como parte del mismo mecanismo que da oxígeno a la exhibición política de la ayuda.
La ausencia de sanción para este tipo de conducta se vincula con la discusión más amplia sobre los conflictos de interés en la función pública, que cobró relevancia tras la aplicación de las normas sobre personas expuestas políticamente. En ese marco, la Contraloría retiró a sus funcionarios de las juntas directivas estatales por la norma PEP, un paso orientado a delimitar funciones y evitar el uso de cargos públicos para fines ajenos al servicio.
Vacíos de aplicación en la ley
Análisis previos sobre la fragilidad del marco normativo panameño han advertido que buena parte de la legislación vigente queda expuesta a interpretaciones laxas o a vacíos de aplicación, un fenómeno descrito en un trabajo que sostiene que ninguna ley aprobada en Panamá está a salvo de inconstitucionalidad. La eventual regulación del uso político de la ayuda humanitaria se inscribe en ese mismo terreno de incertidumbre jurídica.
El episodio permanece, por ahora, en el ámbito de la opinión pública y la crítica periodística, sin una norma que distinga entre la asistencia debida a la ciudadanía y su conversión en acto de propaganda. La columna cierra invocando el pasaje evangélico sobre que «no sepa tu derecha lo que hace tu izquierda», que —escribe el autor— «no se lo saben los takilleros», en un país que define como «un paraíso que ya no lo es desde hace tiempo».