El diagnóstico, según el relato de su padre, es una lesión axonal difusa: un traumatismo cerebral severo que afecta tanto al cerebro como al tronco encefálico y que puede provocar daños neurológicos permanentes. La paciente respira con ventilación artificial tras una traqueotomía y los facultativos del hospital australiano estiman un periodo de hospitalización y rehabilitación de entre seis meses y un año, con un pronóstico de recuperación que la familia describe como incierto.
La joven no disponía de seguro médico en Australia, un país cuyo sistema sanitario público, Medicare, no cubre a extranjeros salvo en el marco de acuerdos recíprocos específicos, de modo que la atención hospitalaria a no residentes se factura íntegramente al paciente. En apenas dieciséis o diecisiete días de ingreso, la factura ya superaba los 83.000 dólares australianos —unos 51.000 euros—, con un coste diario aproximado de 3.500 dólares australianos. De mantenerse ese ritmo durante los meses de tratamiento previstos, el total podría alcanzar varios cientos de miles de euros, según estimaciones de la propia familia.
Ante la magnitud del gasto, amigos y familiares abrieron una campaña de recaudación en la plataforma GoFundMe, que hasta el momento ha reunido decenas de miles de euros, una cantidad que la familia considera insuficiente frente al coste total previsto. En paralelo, presentaron una solicitud al Gobierno de Australia Occidental para que asuma los costes sanitarios dada la gravedad del caso, sin que exista todavía una respuesta de las autoridades sanitarias australianas. Los padres dejaron sus empleos en España y asumen además los gastos de vuelos, alojamiento y manutención en Perth.
La denuncia de la familia contra el Consulado
El núcleo de la protesta familiar se centra en la actuación del Consulado General de España en Melbourne, dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores que dirige José Manuel Albares. Según el padre de Valeria, la familia solicitó una ayuda material básica —vivienda, transporte, alimentación o alojamiento— ante la precariedad en la que se encuentran tras dejar sus trabajos en España y generar deudas. La respuesta, según su versión, fue negativa: «Les preguntamos si nos podían dar una ayuda de vivienda, transporte, comida o alojamiento, y nos han dicho que no, que no contemos con nada».
El padre calificó esa respuesta de «una tomadura de pelo y una absoluta vergüenza» y añadió: «Básicamente nos están diciendo que a Valeria, por ser ciudadana española, aquí no le corresponde absolutamente nada. Es básicamente que tenemos que rogarle al Estado español que haga algo por uno de sus ciudadanos». Lamentó que las llamadas consulares se hayan limitado a interesarse por su estado: «Nos llaman para preguntarnos cómo estamos, pero no van a ayudar en nada a Valeria, que es lo importante».
Frente a la petición de subsistencia inmediata, el Consulado orientó a la familia hacia los trámites de una posible repatriación médica futura desde Madrid, un procedimiento que, en el marco de la asistencia consular ordinaria, suele activarse cuando el paciente está en condiciones de ser trasladado y existe cobertura que sufrague el traslado sanitario, algo que en este caso no está garantizado dado el estado crítico de la joven. Por el momento no consta declaración pública del Ministerio de Asuntos Exteriores ni del ministro Albares que confirme o desmienta el rechazo de ayudas adicionales más allá de la actuación consular descrita por la familia.
La actuación de los consulados españoles en el extranjero se rige por la Ley 2/2014 de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y por la normativa consular vigente, que contemplan la asistencia a nacionales en situación de necesidad, pero no configuran un derecho automático a ayudas económicas directas para gastos de subsistencia o facturas médicas en terceros países. La práctica del servicio exterior se limita, salvo causas humanitarias excepcionales, a la orientación, la mediación con las autoridades locales y, en su caso, la gestión de préstamos reintegrables para situaciones de indigencia sobrevenida, un mecanismo distinto de la cobertura sanitaria integral que reclama la familia.
Este tipo de situaciones no es inédito. En los últimos años se han repetido casos de españoles hospitalizados en países sin convenio de reciprocidad sanitaria —Tailandia, Estados Unidos o Australia, entre otros— que han tenido que recurrir a campañas de micromecenazgo ante la ausencia de coberturas públicas suficientes, lo que ha reabierto de forma periódica el debate sobre los límites de la asistencia consular española para emergencias sanitarias en el extranjero.
El caso reactiva una recomendación reiterada por las autoridades españolas: la conveniencia de contratar un seguro de viaje o de salud internacional antes de desplazarse a países sin convenio de Seguridad Social con España, especialmente en el marco de visados de trabajo temporal como el que permitió a Valeria instalarse en Australia. El Ministerio de Asuntos Exteriores mantiene en su portal de recomendaciones de viaje advertencias sobre el elevado coste de la atención sanitaria en países como Australia o Estados Unidos para quienes carecen de cobertura.
A la espera de una respuesta institucional más detallada y de la evolución clínica de la paciente, la familia continúa gestionando en paralelo la recaudación privada, la solicitud a las autoridades de Australia Occidental y los contactos con el Consulado para explorar una eventual repatriación médica. Ese proceso, de activarse, requeriría la estabilización previa de la paciente y la disponibilidad de medios de traslado adaptados a su estado, con un coste que habitualmente corre a cargo de la familia salvo que exista un seguro que lo cubra.


