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Vox cifra en el 6% las expulsiones judiciales de extranjeros ejecutadas en 2024

La formación atribuye a datos del CGPJ que de 22.977 condenas con orden de expulsión solo 1.338 se cumplieron y responsabiliza a la figura del arraigo

Por Redacción de El Hemiciclo·
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Vox denunció este fin de semana, a partir de datos que atribuye al Consejo General del Poder Judicial y difundidos por un medio, que el 94% de los extranjeros condenados en sentencia firme con orden de expulsión permanece en España pese a la resolución en su contra.

La cifra que sitúa en el 6% la proporción de expulsiones materializadas sobre el total de sentencias firmes procede, por el momento, de una única lectura política respaldada por un solo medio, sin corroboración independiente de la metodología ni del desglose exacto de los 22.977 casos citados. El CGPJ no ha publicado un balance propio que valide ese porcentaje concreto. El Hemiciclo trata el dato con la reserva debida hasta su verificación por fuentes adicionales, y lo atribuye expresamente a Vox como emisor.

El mecanismo del arraigo, garantía judicial o vía de escape

La legislación española de extranjería, recogida en la Ley Orgánica 4/2000 y su reglamento de desarrollo, permite a los jueces suspender o revocar una orden de expulsión cuando el afectado acredita arraigo laboral, familiar o social. El instrumento, concebido para evitar expulsiones desproporcionadas de personas con hijos españoles, cónyuge nacional o empleo estable, es el que Vox señala como principal causa de que la mayoría de las órdenes no se ejecute. La abogacía especializada en extranjería sostiene, en cambio, que el arraigo es una garantía ligada al derecho a la vida familiar y al principio de proporcionalidad de la pena, y advierte de que su supresión indiscriminada chocaría con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La petición de desglosar el origen de los infractores

Vox reclama que el Ministerio del Interior incluya el país de origen de los infractores en sus balances de criminalidad, con independencia de la nacionalidad que ostenten, para acabar con lo que denomina el «oscurantismo» de los datos. La formación se apoya en el modelo de la Ertzaintza, que clasifica a los detenidos por lugar de nacimiento, frente al Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) estatal, que solo distingue entre españoles y extranjeros según la nacionalidad vigente. Según la Fundación Disenso, think tank vinculado a Vox, esta diferencia hace que «una persona nacida en Marruecos que haya obtenido la nacionalidad española computará como extranjera en los datos de la Ertzaintza, pero como española en el SEC».

Vox sospecha que las cifras reales de delincuencia de origen inmigrante podrían ser superiores si se tuviera en cuenta que en España hay alrededor de tres millones de nacionalizados que el sistema contabiliza como «españoles» sin distinguir su origen. Interior no ha respondido públicamente a la petición de desglosar los datos por país de nacimiento. Juristas y organizaciones de defensa de los migrantes han advertido en debates previos de que introducir una categoría de facto de «españoles de origen extranjero» en las estadísticas podría rozar el principio de igualdad ante la ley del artículo 14 de la Constitución.

El cálculo de 770 millones y sus límites

Vox cifra en «más de 770 millones de euros» anuales el coste de mantener en prisión a reclusos extranjeros que, a su juicio, no deberían cumplir condena en España. La estimación parte de datos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias de diciembre de 2025, según los cuales los extranjeros representan el 33,45% de la población reclusa nacional, con picos autonómicos como el 52,85% de Cataluña. La formación aplica ese porcentaje al presupuesto consolidado de prisiones, pero se trata de una estimación proporcional: Instituciones Penitenciarias no publica un gasto desglosado por nacionalidad, por lo que la cifra no está confirmada oficialmente como tal.

La sobrerrepresentación de extranjeros en las cárceles no es un fenómeno nuevo. Los informes anuales del organismo penitenciario han situado históricamente esta proporción por encima de la cuota de población extranjera residente, un contraste que unos interpretan como sobrerrepresentación penal y otros matizan recordando que parte de esa población recluida responde a delitos vinculados a la propia situación administrativa irregular, como estancia ilegal o falsificación documental, más que a delitos violentos.

El reproche por los reincidentes

La formación pone además el foco en los expresos extranjeros reincidentes. Alerta del «riesgo adicional» que supone para los españoles que «decenas de miles de delincuentes ya condenados» —ese 94% que finalmente no es expulsado por el arraigo— «sigan deambulando por España al término de sus condenas», «muchos de ellos dispuestos a reincidir», según el texto difundido por el partido. Vox califica de «indignidad» que la ciudadanía sufrague «los gastos generados por extranjeros que no deberían de estar en España, sin que sus países de origen asuman responsabilidad alguna».

La reforma que afectaría a la nacionalidad

Entre las iniciativas registradas figura la modificación del artículo 89 del Código Penal para posibilitar la revocación de la nacionalidad española a quienes, habiéndola adquirido por naturalización, cometan «cualquier delito del Código Penal». La propuesta, de calado constitucional, chocaría con el artículo 11 de la Constitución, que prohíbe privar de la nacionalidad a los españoles de origen y limita estrictamente los supuestos de pérdida para los nacionalizados, ligados por regla general al fraude en su obtención y no a delitos posteriores. Ningún grupo parlamentario distinto de Vox ha respaldado hasta ahora esta vía en sede parlamentaria.

De la Ley de 2000 a la reforma penal de 2015

El debate sobre la expulsión de extranjeros condenados arrastra dos décadas. La Ley Orgánica 4/2000, aprobada bajo el Gobierno de José María Aznar y reformada en varias ocasiones, ya contemplaba la sustitución de penas por expulsión para delitos de menor gravedad. La reforma del Código Penal de 2015, con Mariano Rajoy en el Gobierno, endureció los supuestos de expulsión sustitutiva de condena pero conservó la excepción del arraigo como cláusula de garantía judicial. Desde entonces, las estadísticas judiciales han mostrado de forma recurrente una brecha amplia entre expulsiones dictadas y ejecutadas.

El procedimiento vigente y por qué falla la ejecución

La expulsión de un extranjero condenado puede activarse por vía judicial, como sustitución total o parcial de la pena de prisión cuando esta no supera los seis años, o por vía administrativa que gestiona Interior tras el cumplimiento de la condena. En ambos casos, la ejecución material depende de la existencia de acuerdos de repatriación con el país de origen y de la disponibilidad de medios para el traslado, factores que explican buena parte del desfase entre órdenes dictadas y cumplidas, más allá del arraigo que denuncia Vox.

Réplica y trámite pendiente

Ni el Ministerio del Interior ni el de Justicia han hecho declaraciones específicas sobre los datos difundidos este fin de semana por Vox. En debates anteriores, el PSOE y sus socios de investidura han rechazado iniciativas similares alegando que vincular delito y pérdida de nacionalidad vulneraría tratados internacionales suscritos por España, mientras el Partido Popular ha apoyado puntualmente medidas de agilización de expulsiones sin respaldar la reforma del artículo 11. Las proposiciones de ley registradas por Vox deberán superar el trámite de toma en consideración en el Congreso, donde carecen por ahora de mayoría suficiente, antes de que puedan iniciar su recorrido parlamentario.

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