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Tres expedientes simultáneos: Bruselas lleva a España ante el TJUE por aguas residuales, infraestructuras críticas y la Ley de Servicios Digitales

La Comisión acusa al Gobierno de no trasponer la directiva CER de infraestructuras críticas, de incumplir la normativa de depuración urbana desde hace más de una década y de no dotar a la CNMC de competencias suficientes para aplicar la DSA

Por Redacción de El Hemiciclo·
8 min de lectura
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España se sienta en el banquillo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por partida triple. La Comisión ha decidido presentar demanda formal contra el Estado español por el incumplimiento prolongado de la directiva de aguas residuales urbanas, la falta de trasposición de la directiva sobre resiliencia de infraestructuras críticas y la ausencia de un coordinador de servicios digitales con competencias plenas.

La Comisión Europea ha abierto tres procedimientos de infracción simultáneos contra España y ha decidido elevarlos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por el incumplimiento de tres obligaciones distintas: la no transposición de la directiva sobre resiliencia de entidades críticas (CER), el incumplimiento prolongado —superior a una década, según Bruselas— de las normas europeas de depuración de aguas residuales urbanas, y la insuficiente dotación de competencias a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para aplicar el Reglamento de Servicios Digitales (DSA). La acumulación de tres recursos simultáneos ante el TJUE convierte a España en uno de los Estados miembros con mayor exposición judicial activa frente a las instituciones comunitarias en este momento.

Por qué importa la acumulación de tres expedientes

Que la Comisión Europea lleve a un Estado miembro ante el TJUE no es un acto automático: es el eslabón final de un proceso gradual que parte de una carta de emplazamiento, continúa con un dictamen motivado y solo culmina en recurso judicial cuando el Estado no ha subsanado el incumplimiento en los plazos fijados. La apertura simultánea de tres recursos en materias tan distintas —infraestructuras, medio ambiente y regulación digital— señala que España acumula déficits de transposición en sectores estratégicos y que Bruselas ha agotado, en los tres casos, la vía del diálogo previo. Las sentencias condenatorias del TJUE pueden acarrear multas a tanto alzado y multas coercitivas diarias hasta que el incumplimiento se subsane.

La directiva CER y la protección de infraestructuras críticas

La directiva CER —siglas en inglés de Critical Entities Resilience— es la norma europea que obliga a los Estados miembros a identificar y proteger las entidades que prestan servicios esenciales en sectores como la energía, el transporte, el agua, las finanzas o las infraestructuras digitales. Su transposición al ordenamiento jurídico interno debía haberse completado dentro del plazo fijado por la propia directiva. La Comisión acusa a España de no haber incorporado esta norma a su derecho nacional, lo que implica que el marco legal de protección de infraestructuras críticas exigido por la UE carece aún de cobertura normativa adecuada en el país.

Más de una década sin cumplir la normativa de aguas residuales

El expediente relativo a las aguas residuales es, cronológicamente, el más antiguo de los tres. Bruselas sostiene que España incumple desde hace más de diez años la normativa europea de depuración urbana, que obliga a los Estados a garantizar que los núcleos de población por encima de determinados umbrales de habitantes dispongan de sistemas adecuados de recogida y tratamiento de aguas residuales antes de su vertido. Este tipo de infracción afecta directamente a la calidad de las masas de agua —ríos, costas, acuíferos— y a los compromisos medioambientales de la UE. España ha sido objeto de advertencias reiteradas por este motivo, y el recurso ante el TJUE indica que los avances realizados no han sido suficientes para satisfacer a la Comisión.

La CNMC y el papel de los coordinadores digitales en el DSA

El tercer expediente afecta a la aplicación del Reglamento de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), el texto aprobado por la UE para regular las plataformas en línea, moderar contenidos ilegales y proteger los derechos de los usuarios digitales. El DSA exige que cada Estado miembro designe un coordinador de servicios digitales con competencias suficientes y recursos adecuados para supervisar el cumplimiento del reglamento. España designó a la CNMC para ese papel, pero la Comisión considera que las atribuciones conferidas al organismo son insuficientes para que pueda ejercer sus funciones con plena efectividad. Se trata de un déficit de diseño normativo, no de ausencia total de designación.

Posición del Gobierno y margen de maniobra

El material disponible no recoge declaraciones oficiales del Gobierno español en respuesta a los tres expedientes. En el procedimiento ante el TJUE, el Estado demandado tiene la posibilidad de presentar sus observaciones y alegar las medidas adoptadas o en curso de adopción. En el caso de las aguas residuales, es habitual que los Gobiernos argumenten el carácter gradual de las inversiones en infraestructura y la distribución competencial entre la administración central y las entidades locales. En los otros dos casos —CER y DSA—, la corrección del incumplimiento podría ser más ágil mediante reformas legislativas o reglamentarias, aunque los plazos judiciales del TJUE no se detienen mientras se tramitan esas modificaciones.

Contexto: España ante el TJUE y las sanciones posibles

España no es el único Estado miembro que acumula procedimientos de infracción abiertos por la Comisión: el recurso ante el TJUE es un instrumento ordinario del sistema de garantía del derecho europeo previsto en el Tratado de Funcionamiento de la UE. Sin embargo, la simultaneidad de tres recursos en sectores diferentes refuerza la presión política y financiera sobre Madrid. Si el Tribunal declara el incumplimiento y España no adopta las medidas necesarias, la Comisión puede solicitar la imposición de sanciones económicas. En materia de aguas residuales, que acumula el historial más dilatado, el riesgo de sanciones pecuniarias significativas es el más elevado de los tres expedientes.

Próximos pasos ante el Tribunal de Justicia

Una vez interpuesto el recurso, el TJUE abre la fase escrita, en la que tanto la Comisión como el Estado demandado presentan sus argumentos. La duración media de estos procedimientos varía según la complejidad del asunto y la eventual celebración de vista oral. El desenlace posible es triple: una sentencia que declare el incumplimiento y obligue a España a subsanarlo; un sobreseimiento si España acredita haber corregido la situación durante el proceso; o, en caso de incumplimiento persistente tras la primera sentencia, un segundo recurso con solicitud de multa. Los tres expedientes abiertos entran ahora en una fase que escapa al control exclusivo del Ejecutivo español y queda en manos de la institución judicial de la UE.

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