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Cárcel para cinco imputados por la muerte de una mujer embarazada en Cali

Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento intramural a los cinco capturados por la desaparición y el homicidio de María Camila Potosí

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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Un juez de control de garantías de Cali (Valle del Cauca) impuso medida de aseguramiento intramural a los cinco capturados por su presunta participación en la desaparición y el homicidio de María Camila Potosí, una mujer que se encontraba en estado de embarazo y cuyo caso conmocionó a la capital vallecaucana.

La actuación corresponde a la etapa prevista en la Ley 906 de 2004, que rige el sistema penal acusatorio colombiano. En esa fase la Fiscalía formula la imputación ante un juez de control de garantías y solicita, cuando lo estima necesario, una medida de aseguramiento mientras avanza la investigación. Con la decisión, los cinco capturados pasaron de la condición de indiciados a la de imputados, un peldaño intermedio que no equivale a una condena ni a un reconocimiento de culpabilidad.

La desaparición de Potosí había motivado reportes y una intensa búsqueda por parte de familiares y autoridades antes de que se conociera su muerte.

El juez de control de garantías valoró el material probatorio presentado por la Fiscalía para establecer la existencia de riesgos procesales —como el de fuga o el de obstrucción a la justicia— que justificaran la reclusión de los imputados mientras continúa la investigación. La medida de aseguramiento es, por definición legal, una herramienta cautelar: resuelve sobre esos riesgos y no sobre la responsabilidad penal, que solo puede determinarse mediante sentencia en firme tras el juicio.

El caso se tramita ante la jurisdicción ordinaria penal, cuya competencia recae en los juzgados penales del circuito de Cali, instancia que conoce delitos de mayor gravedad como el homicidio agravado. En caso de apelación, el proceso podría escalar hacia el respectivo tribunal superior de distrito judicial y, agotados los recursos ordinarios, hacia la Corte Suprema de Justicia.

Del feminicidio a un antecedente que marcó la legislación

La calificación jurídica de los hechos podría verse afectada por la Ley 1761 de 2015, conocida como Ley Rosa Elvira Cely, que tipificó el feminicidio como delito autónomo. Esa norma tomó su nombre del asesinato de una mujer en el Parque Nacional de Bogotá en 2012, caso que se convirtió en referente de la respuesta institucional a la violencia contra la mujer en el país. La ley contempla agravantes específicos cuando la víctima se encuentra en estado de gestación, circunstancia que, de constatarse, podría incidir en la imputación contra los cinco capturados en Cali.

La Fiscalía General de la Nación no ha entregado, hasta el momento, un balance sobre el número de feminicidios registrados en el Valle del Cauca durante 2026 ni una comparación con años previos, información que suele consolidar el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en sus reportes periódicos. La ausencia de esas cifras oficiales actualizadas impide, por ahora, situar con precisión el peso estadístico de este caso dentro de la tendencia regional.

Ni la defensa de los cinco imputados ni representantes de la familia de Potosí se han pronunciado públicamente con declaraciones extensas sobre la decisión del juzgado, más allá de lo expuesto durante la propia audiencia. El derecho de las partes a exponer su versión permanece abierto en las siguientes fases, en las que tanto la Fiscalía como la defensa podrán presentar y contradecir pruebas ante el juez de conocimiento.

El caso ha concentrado atención en Cali, ciudad que en los últimos años ha registrado episodios de violencia contra mujeres que han motivado marchas y pronunciamientos de organizaciones sociales y de la alcaldía. La Defensoría del Pueblo y organizaciones de mujeres suelen hacer seguimiento a procesos de esta naturaleza para verificar que se garanticen los derechos de las víctimas y sus familias durante todo el trámite.

Tras la imputación, la siguiente etapa corresponde a la investigación formal a cargo de la Fiscalía, que dispone de un plazo legal para radicar el escrito de acusación si reúne los elementos suficientes. Solo entonces los capturados dejarían la condición de imputados para convertirse en acusados, paso previo al juicio oral.

De cara a los próximos meses, el proceso deberá superar esa investigación formal antes de que un juez de conocimiento admita un eventual escrito de acusación. Solo si ese trámite prospera se fijará fecha para la audiencia de acusación y, posteriormente, para el juicio oral, en el que se determinará si existe responsabilidad penal por la desaparición y muerte de María Camila Potosí.

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