La proporción del veredicto es el dato central: por cada condenado hay varios absueltos. Y no por ausencia de exposición mediática —todos figuraron en el mismo expediente, bajo la misma imputación—, sino, según explicó el abogado defensor Martín Caicedo, por la insuficiencia de pruebas sobre la existencia misma de una estructura criminal organizada para delinquir. El tribunal no negó que Bagdad operara; concluyó que la Fiscalía no acreditó, caso por caso, quién pertenecía a ella y quién solo compartía apellido, domicilio o cuenta bancaria con quien sí delinquió.
No se trata de una victoria de la inocencia sobre la persecución penal ni de una derrota de la justicia frente al crimen organizado. Es el resultado de una acusación que intentó abarcar con una sola red —32 allanamientos ejecutados en abril de 2021 en Boca La Caja, El Chorrillo, Alcalde Díaz, Don Bosco, Arraiján, La Chorrera, Capira y la isla San Miguel, en el archipiélago de Las Perlas— un fenómeno que exige precisión: demostrar, persona por persona, la participación dolosa en el lavado de activos y no solo la cercanía familiar o patrimonial con el investigado principal. La isla San Miguel, según la Fiscalía, era utilizada como punto de desembarco de droga.
Caicedo, que ejerció la defensa de varios de los imputados, sostuvo que la Fiscalía de Drogas incurrió en un error al sustentar la acusación, pues, a su juicio, no pudo acreditar la existencia del delito de asociación ilícita para delinquir por falta de pruebas. La distinción que reivindica la defensa no es menor en el derecho penal panameño: la absolución se apoya en la insuficiencia probatoria, no en una declaración de inocencia sustantiva, y esa diferencia condiciona el mensaje que recibe la ciudadanía sobre la capacidad del Estado para desarticular estructuras complejas.
La investigación contra el grupo comenzó en 2017 y tardó cuatro años en materializarse en allanamientos; la sentencia llegó en 2026. Ese calendario —casi una década entre el inicio de la pesquisa y las primeras condenas para apenas seis personas de las decenas investigadas— retrata un patrón conocido en la justicia panameña frente al crimen organizado, donde la lentitud procesal ha sido el terreno en el que se diluyen pruebas y testigos.
El material decomisado da la medida del músculo económico que se atribuía a la estructura: $73,736 en efectivo, 25 vehículos —varios de ellos blindados—, seis fincas y dos negocios. Pero abre una pregunta incómoda. Si la mayoría de los imputados fue absuelta y sus bienes deben devolverse, ¿qué queda del argumento patrimonial que sostuvo durante años la tesis de una red de blanqueo con ramificaciones familiares y empresariales? La Fiscalía construyó un mapa de propiedades y vehículos como indicio de riqueza ilícita; el tribunal exigió algo más que el indicio.
La detención de Ramón Camargo Clarke en Costa Rica en 2022 y su posterior extradición a Estados Unidos marcó el punto de inflexión del caso: de líder prófugo a preso en suelo estadounidense, dejando atrás una estructura que, según la Fiscalía panameña, intentó reorganizarse bajo el mando de los hermanos González. Que estos dos reciban las penas más severas del proceso sugiere que el tribunal sí encontró elementos sólidos sobre su rol de mando. El contraste con la absolución del resto del entramado familiar y comercial no es contradictorio: indica que el sistema distinguió entre cúpula operativa y periferia patrimonial, algo que la acusación original no logró perfilar con la misma nitidez.
La dificultad no es nueva. La fiscalización penal del crimen organizado en Panamá ha tropezado de forma recurrente con la carga de probar, más allá de la duda razonable, la pertenencia individual a una estructura colectiva; en los procesos por tráfico de estupefacientes de las décadas anteriores, con decomisos masivos y decenas de imputados, el desenlace habitual también fue la concentración de condenas en unos pocos cabecillas y las absoluciones en cascada para el resto. Neptuno reproduce ese esquema.
Para la defensa, el fallo es una victoria construida sobre la insuficiencia probatoria; para el Ministerio Público, una crítica implícita a su método de instrucción, en el sentido de que acumular decomisos y allanamientos no sustituye la prueba de intención dolosa y de pertenencia orgánica a la organización. Ambas lecturas conviven en el mismo expediente y ninguna anula a la otra.
Queda abierta la vía de apelación ante instancias superiores, un recurso disponible tanto para la Fiscalía como para la defensa de los seis condenados y cuyo trámite puede prolongar el desenlace definitivo durante años. Mientras tanto, las fincas, negocios y vehículos que el tribunal ordenó devolver regresarán a manos de quienes consideró ajenos a la trama de blanqueo, en un proceso que deberá ejecutarse con la misma diligencia con que se practicaron los decomisos.
Neptuno no deja únicamente un veredicto sobre seis hombres y una pandilla. Deja una radiografía de cómo el aparato de justicia panameño arma sus casos contra el crimen organizado: con redes amplias que atrapan a muchos y liberan a más, con decomisos que se convierten en devoluciones y con condenas severas para los pocos a quienes alcanzan. Cholo Chorrillo sigue preso en Estados Unidos; sus sucesores condenados cumplirán pena en Panamá; los absueltos, con sus bienes de vuelta, salen del proceso con otra versión de estos años.