El nombre de Carretero volvió a circular tras la difusión del reporte, que documenta un entramado triangular: los productos partían de fábricas en China o Turquía, una parte pasaba por la Zona Libre de Colón para su posterior reexportación a Cuba y otra viajaba directamente a la isla, con empresas panameñas como intermediarias de la operación. Según la investigación, ese esquema permitió aplicar sobreprecios de hasta el 300% a mercancías que terminaban en estructuras empresariales del Estado cubano o en manos de miembros de la élite gobernante.
La Zona Libre de Colón, creada en 1948, opera bajo un régimen fiscal especial que permite el ingreso y reexportación de mercancías sin el pago de aranceles hasta su salida hacia terceros países. Ese mecanismo, diseñado originalmente para dinamizar el comercio regional, ha sido señalado en otras ocasiones como punto de vulnerabilidad para operaciones de triangulación comercial. Uno de los fundadores de Distribuidora Rali —marca que en pocos años se integró al paisaje urbano de la isla como alternativa de movilidad ante la crisis de combustible y el deterioro del transporte público— fue precisamente Carretero.
De acuerdo con el reporte, los productos que llegaban a Cuba a través de esta red iban desde artículos de consumo básico, como papel higiénico, hasta bienes considerados estratégicos para sectores como energía, construcción y servicios, en un mercado cautivo por la escasez estructural que atraviesa la isla desde hace más de una década. La investigación documenta además la puesta en marcha de una tienda minorista en línea que comercializó alimentos, artículos de limpieza y otros productos de consumo a precios dolarizados, impagables para los salarios estatales cubanos pero adquiridos con tarjeta de crédito por cubanos exiliados para sus familiares.
El 11 de diciembre de 2025, el Departamento del Tesoro incluyó a Ramón Carretero Napolitano en una lista de sanciones junto a miembros de la familia del presidente venezolano Nicolás Maduro. Según el Tesoro, el empresario integró una red que ayudó al gobierno venezolano a eludir las restricciones internacionales sobre el comercio de petróleo. La medida bloqueó sus propiedades y cuentas bancarias y prohíbe a terceros hacer negocios con él bajo riesgo de sanciones secundarias.
Días después, el 19 de diciembre de 2025, Washington amplió las sanciones a Vicente Carretero Napolitano y Roberto Carretero Napolitano, hermanos del empresario, quienes durante años intercalaron puestos directivos en varias empresas del mismo grupo. La investigación precisa que fue Ramón Carretero quien tejió las relaciones más estrechas con los regímenes de Cuba y Venezuela, sin atribuir a sus hermanos ese mismo nivel de vinculación.
El historial de negocios del empresario con el chavismo se remonta a 2014, año desde el cual sus compañías obtuvieron más de $800 millones en contratos de infraestructura con el Estado venezolano. Una investigación de CLIP y medios aliados reveló en mayo de 2025 que, de forma paralela, el entorno familiar de la entonces primera dama venezolana, Cilia Flores, recibió transferencias provenientes de sociedades del panameño.
El material también documenta que tres sociedades extraterritoriales asociadas a Carretero realizaron exportaciones de la estatal venezolana PDVSA por unos $2,600 millones, según una publicación previa de julio de 2025. Esas operaciones se enmarcan en la ofensiva de las autoridades estadounidenses contra el comercio de petróleo venezolano bajo sanciones internacionales, política que Washington ha profundizado como parte de su presión económica contra Caracas desde 2019.
Hasta el momento, ninguna autoridad panameña se ha pronunciado sobre las revelaciones. Ni la Autoridad de la Zona Libre de Colón ni el Ministerio de Comercio e Industrias figuran entre las entidades que hayan emitido pronunciamientos públicos sobre las operaciones atribuidas a las empresas de Carretero. Tampoco se ha reportado que el Ministerio Público haya abierto expedientes vinculados al entramado descrito, ni que exista una solicitud de cooperación judicial formal desde Estados Unidos. Consultado el material disponible, no consta reacción de Ramón Carretero ni de sus hermanos a los señalamientos.
El caso reabre el debate sobre los controles que aplican las autoridades panameñas al comercio que transita por la Zona Libre de Colón hacia países bajo régimen de sanciones internacionales. Panamá cuenta desde 2015 con la Ley 23, contra el blanqueo de capitales, adoptada tras la presión de organismos internacionales para reforzar la transparencia del sistema financiero y comercial del país.
El antecedente más notorio se remonta a 2016, cuando la filtración conocida como Panama Papers expuso el uso de sociedades panameñas para estructurar operaciones financieras opacas vinculadas a figuras políticas de distintos países de la región. Aquel episodio golpeó la reputación del centro financiero panameño e impulsó reformas legales orientadas a satisfacer las exigencias de fiscalización de organismos internacionales, que en años posteriores mantuvieron a Panamá bajo escrutinio en sus listas de vigilancia.
La evolución del caso dependerá, en buena medida, de si las sanciones estadounidenses derivan en solicitudes de cooperación judicial hacia Panamá, como ha ocurrido en investigaciones previas sobre redes financieras transnacionales con nodos en el país. Mientras tanto, la aplicación de las sanciones del Tesoro recae sobre terceros —bancos, proveedores y contrapartes comerciales—, que quedan expuestos a sanciones secundarias si mantienen operaciones con las personas y sociedades bloqueadas.