Vélez procede de una familia con tradición empresarial en la ciudad y ha combinado la hostelería con la promoción inmobiliaria, un sector en el que, según lo publicado, habría pasado de gestionar edificios con discreción a situarse entre los grandes propietarios de pisos de la capital leridana. Su perfil, hasta ahora ajeno a la vida pública, quedó expuesto a raíz de su relación con Mínguez.
El punto más controvertido no es el volumen del patrimonio, sino el reclamo comercial. Según la información difundida, algunas de las promociones de Vélez se habrían ofertado como vivienda «sin inmigrantes», un criterio de selección que, de confirmarse, chocaría con la normativa contra la discriminación en el acceso a la vivienda. La Ley catalana 19/2020, de igualdad de trato, y el Código Civil de Cataluña prohíben expresamente los criterios discriminatorios por origen o nacionalidad en el alquiler o la venta de inmuebles.
Una treintena de viviendas repartidas por Lérida situaría al empresario entre los mayores tenedores de la provincia, en un contexto de tensión por el precio del alquiler en Cataluña. La demarcación de Lleida mantiene rentas por debajo de la media catalana pero con subidas sostenidas en los últimos ejercicios, según los índices de referencia de la Generalitat empleados para aplicar la regulación de precios en zonas tensionadas.
El relevo de Mínguez en su escaño se rige por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que prevé la sustitución automática por el siguiente candidato de la misma lista. La Junta Electoral Central expide la credencial del sustituto, sin que el procedimiento exija comparecencia pública ni un plazo distinto al ordinario de toma de posesión.
La renuncia de Mínguez se inscribe en una serie de dimisiones motivadas por el patrimonio o el estilo de vida de cargos y sus entornos familiares, una dinámica que atraviesa a todas las formaciones. El control de los intereses patrimoniales de los representantes arrancó en los primeros gobiernos de la democracia, con la generalización de las declaraciones de bienes obligatorias para diputados y altos cargos.
El caso vuelve a exponer la ausencia de mecanismos para fiscalizar los patrimonios de las parejas de los cargos electos: las obligaciones de declaración de bienes alcanzan al representante, no a sus allegados directos. Distintas iniciativas sobre la ampliación de esas obligaciones se han planteado en el Congreso, sin que ninguna haya prosperado como reforma legal.
Mínguez, cuyo perfil había sido objeto de atención por su vida acomodada y su pareja con una treintena de pisos, deja así su acta mientras la dirección socialista en Cataluña tramita la sustitución conforme al orden de la candidatura.