Más de doce horas de silencio antes del comunicado nocturno
La información fue en la mañana del martes y circuló durante toda la jornada sin que la RTVA emitiera respuesta alguna. El comunicado llegó pasadas las 21.30 horas, tras una jornada de reuniones internas. El texto evita nombrar explícitamente a Gustavo Fuentes Aguilar y construye su argumentación sobre el encuadre procedimental: la denunciante no utilizó los canales internos del ente, sino que acudió directamente a la vía penal. La demora en la respuesta —más de doce horas desde la publicación de la noticia— y el tono exclusivamente técnico del comunicado centraron las críticas sindicales durante la noche del martes.
El juzgado de Violencia de Género de Sevilla lleva dos meses con el expediente abierto, lo que implica que el órgano judicial ha valorado la denuncia y ha acordado diligencias de investigación contra el directivo, conforme al procedimiento establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. La imputación formal supone que el juez ha apreciado indicios suficientes para dirigir el procedimiento contra una persona determinada, sin que ello prejuzgue el resultado final del proceso.
Qué dice exactamente la ley y dónde sitúan los sindicatos el debate
La Ley Orgánica 3/2007, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, obligan a las empresas de más de cincuenta trabajadores a disponer de un Plan de Igualdad y un protocolo de actuación ante situaciones de acoso sexual. Ambas normas extienden ese deber a supuestos que afecten a personas vinculadas a empresas externas o proveedoras que presten servicios en el centro de trabajo, extremo que el propio comunicado de la RTVA reconoce expresamente al referirse a ADM.
La normativa prevé que, cuando existe un procedimiento judicial en curso sobre los mismos hechos, la tramitación interna puede suspenderse para evitar interferencias procesales. Es precisamente esa previsión la que invoca la RTVA para justificar su inacción. Sin embargo, esas mismas normas contemplan la posibilidad —y, según la interpretación de varias organizaciones sindicales, la obligación— de adoptar medidas cautelares o preventivas de carácter temporal e independientes del proceso judicial: la separación provisional del investigado de las tareas que lo pongan en contacto con la presunta víctima o con su entorno laboral inmediato, sin que ello implique prejuzgar su culpabilidad. El comunicado de la RTVA no menciona ninguna medida de esta naturaleza ni explica por qué las descarta.
Los sindicatos con representación en la RTVA —entre los que figuran UGT, CCOO y USO— exigieron durante toda la jornada del martes una respuesta más contundente, incluida la petición de dimisión del CEO de ADM. Según las mismas fuentes, la respuesta nocturna de la dirección no satisfizo esas demandas y los representantes de los trabajadores anuncian que llevarán al jueves una propuesta formal de activación de medidas preventivas al amparo del protocolo vigente.
ADM: empresa participada por la Junta con Canal Sur como principal cliente
Andalucía Digital Multimedia S.A. es una sociedad público-privada cuyo accionista mayoritario es la Junta de Andalucía, y cuya principal fuente de ingresos institucional es Canal Sur, que le encarga la producción de contenidos de forma continuada. Esta estructura societaria hace inviable el argumento de que ADM es un tercero externo respecto al que la RTVA carece de mecanismos de influencia: la Administración autonómica ostenta la posición dominante en el accionariado, y el ente público es su cliente fundamental.
Su perfil es, por tanto, el de un directivo con proyección institucional que va más allá de la gestión empresarial ordinaria, lo que amplía la cadena de responsabilidades políticas que la imputación activa en el entorno del Gobierno de Juanma Moreno.
Precedente: cómo actuaron otras instituciones ante investigados en cargos públicos
No es la primera vez que una administración española se ve ante la disyuntiva de mantener en su puesto a un directivo de empresa pública o asociada investigado judicialmente por delitos sexuales mientras invoca la presunción de inocencia. Desde la aprobación de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad, diversas instituciones —tanto en el ámbito estatal como en el autonómico— mantuvieron a personas investigadas en sus cargos hasta que la sentencia firme era inapelable, amparándose en ese principio constitucional. Los tribunales han matizado en sentencias contencioso-administrativas posteriores que la adopción de medidas cautelares laborales no vulnera la presunción de inocencia cuando son proporcionales, temporales y motivadas, puesto que no determinan la responsabilidad penal sino que gestionan el riesgo organizativo mientras dura la instrucción.
En el ámbito específico del sector audiovisual público, el debate sobre los protocolos de acoso se intensificó a partir de 2019 tras varios casos en radiotelevisiones autonómicas que pusieron de manifiesto la lentitud de los procedimientos internos frente a situaciones de urgencia. La Ley Orgánica 10/2022, aprobada precisamente para corregir esas deficiencias, reforzó las obligaciones de las empresas en materia de medidas preventivas y amplió su aplicación a los entornos laborales con cadenas de subcontratación, como la que vincula a Canal Sur con ADM.
La Comisión de Igualdad del jueves: urgencia declarada, margen estrecho
Ante la presión sindical, la dirección de la RTVA, encabezada por el director general Juan de Dios Mellado, convocó con carácter urgente una reunión de la Comisión de Igualdad para el jueves. Este órgano, de composición paritaria entre empresa y representación de los trabajadores, es el marco institucional previsto en el Plan de Igualdad del ente para valorar situaciones como la descrita. Sin embargo, fuentes que participan en dicha comisión adelantaron a El Hemiciclo que el margen real de la reunión es estrecho: el objetivo declarado es que la dirección dé explicaciones a los sindicatos sobre su posición y que se analice la repercusión de la situación para Canal Sur, pero no se espera que el órgano adopte ninguna decisión ejecutiva más allá de elevar recomendaciones que la dirección podrá acatar o no.
El propio comunicado de la RTVA admite que el protocolo contempla «medidas preventivas temporales que, en su caso, pudieran corresponder», pero no especifica ninguna ni establece un plazo para valorarlas.
Plazos judiciales y decisiones pendientes en el Gobierno andaluz
En el plano judicial, el procedimiento ante el juzgado de Violencia de Género de Sevilla se encuentra en fase de instrucción. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite que las causas complejas se prolonguen durante meses antes de que el juez instructor decida si eleva el caso a juicio oral o acuerda el sobreseimiento. Durante todo ese período, y salvo decisión expresa de la RTVA o de la Junta de Andalucía, Fuentes Aguilar permanecería en su cargo al frente de ADM. La Junta, como accionista mayoritaria de ADM, dispone de mecanismos estatutarios para instar cambios en la cúpula directiva de la sociedad sin necesidad de esperar una sentencia firme, aunque no ha anunciado ningún paso en esa dirección.
La reunión de la Comisión de Igualdad del jueves constituye el primer hito institucional concreto. Si de ella emerge una propuesta formal de medidas cautelares, la pelota pasará a la dirección de la RTVA, que tendrá que pronunciarse explícitamente sobre si las asume o las rechaza, y en este último caso, justificarlo por escrito ante el órgano de representación de los trabajadores. En paralelo, la presión política sobre el Gobierno de Moreno aumentará en proporción directa al tiempo que transcurra sin que la Junta, como accionista de ADM, adopte alguna decisión visible respecto al directivo imputado.


