El refuerzo presupuestario llega apenas unas horas después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciara el adelanto electoral para el 29 de noviembre, tras la caída en el Congreso de los dos decretos de vivienda impulsados al calor de las movilizaciones por la crisis habitacional que siguieron al desahucio de Maricarmen Abascal, la anciana de 87 años desalojada de la vivienda del distrito madrileño de Retiro en la que había residido siete décadas.
Las ayudas proceden de un Real Decreto-Ley aprobado en marzo de este año, que según la definición del propio Gobierno «reconoce el derecho a una indemnización a favor de las personas fallecidas o con lesiones incapacitantes durante el período comprendido entre el 1 de enero de 1968 y el 29 de diciembre de 1978, por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia». La norma fija indemnizaciones de 250.000 euros por fallecimiento, 180.000 por incapacidad permanente absoluta y hasta 500.000 euros en los casos de gran incapacidad.
En un primer momento, el Ejecutivo había aprobado «dos transferencias de crédito, por importes de 600.000 y 1.500.000 euros», con el objetivo de «hacer frente a las indemnizaciones derivadas de la aprobación» del decreto. Esa dotación inicial, de 2,1 millones de euros, se ha agotado casi por completo: según el propio Gobierno solo quedaban disponibles 6.369,48 euros para atender las solicitudes pendientes.
La Comisión de Evaluación encargada de tramitar estas indemnizaciones informó de «nuevos expedientes aprobados por importe de 485.539,49 euros», a los que se sumaría «una cuantía adicional de 1.500.000 euros» todavía por resolver. Ante ese desfase, el Gobierno justificó la necesidad del suplemento de crédito en la referencia del Consejo de Ministros.
«Por este motivo, para hacer frente al señalado gasto, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito por un importe de 1.979.170,01 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria», reza el texto del Consejo de Ministros.
El Real Decreto-Ley establece un orden de prelación entre los posibles beneficiarios. En primer lugar pueden solicitarla los hijos y el cónyuge de la persona fallecida, siempre que no existiera separación legal ni proceso de separación o nulidad matrimonial en curso. También puede acceder a la ayuda quien hubiera convivido con la víctima de forma permanente y con una relación de afectividad análoga a la conyugal durante al menos los dos años anteriores al fallecimiento, salvo que hubiera descendencia común, en cuyo caso basta con acreditar la convivencia. De forma subsidiaria, la norma habilita a padres, nietos, hermanos de la persona fallecida e hijos de la persona conviviente, por orden sucesivo y excluyente.
La partida se enmarca en la política de reparación a las víctimas del franquismo que el Gobierno ha desplegado al amparo de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que sustituyó a la Ley de Memoria Histórica de 2007 aprobada bajo el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero. El mecanismo de las indemnizaciones económicas directas a familiares, sin embargo, se concretó con el Real Decreto-Ley de marzo, que amplió el régimen de reparación a quienes fallecieron o quedaron incapacitados entre 1968 y 1978.
El suplemento figura en la misma referencia del Consejo de Ministros que recoge las medidas adoptadas este martes, un día después del adelanto electoral y del rechazo parlamentario de los decretos de vivienda que abrió la crisis, debate recogido en Vallés cuestiona que el Gobierno cargue la crisis de la vivienda sobre Rajoy.