El IMA es la entidad estatal encargada de mercadear productos agropecuarios a precios accesibles para la población, mediante una red de ferias, tiendas y agrodistribuidoras distribuidas en las provincias y comarcas. Su función histórica ha sido servir de contrapeso a la especulación de precios en momentos de escasez o alza en los costos de los alimentos de primera necesidad, particularmente el arroz, que constituye el principal componente de la dieta panameña.
Según el Gobierno, la compra busca garantizar el abastecimiento de esos puntos de venta y facilitar el acceso a alimentos de primera necesidad. El crédito adicional se canaliza a través del Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal en curso, sujeto como todo desembolso de esta naturaleza al trámite ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y, en su fase contractual, al refrendo de la Contraloría General de la República, instancia que fiscaliza la legalidad y el correcto uso de los fondos públicos antes de su ejecución.
El arroz ocupa un lugar sensible en la economía panameña. El país ha enfrentado episodios de tensión entre productores nacionales, que reclaman precios de sustentación adecuados, y consumidores, afectados por eventuales alzas en el producto de mayor consumo per cápita. El IMA ha actuado tradicionalmente como comprador de última instancia en cosechas con excedentes y como distribuidor a precio regulado cuando el mercado privado no logra cubrir la demanda a costos accesibles.
Un mecanismo previsto en la Ley de Presupuesto
No es la primera vez que el Órgano Ejecutivo recurre a créditos adicionales para reforzar las operaciones del IMA. La entidad, adscrita al Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), ha requerido en distintas administraciones inyecciones extraordinarias de capital para sostener sus compras de granos básicos, especialmente en períodos de variación de precios internacionales de insumos agrícolas o de menor producción interna.
El mecanismo del crédito adicional está previsto en la Ley de Presupuesto y permite al Órgano Ejecutivo, con el aval del Consejo de Gabinete, reforzar partidas específicas cuando las circunstancias lo justifican. Este tipo de ajustes queda sujeto a reporte posterior ante la Contraloría General y, en última instancia, al escrutinio de los diputados en las vistas presupuestarias correspondientes ante la Asamblea Nacional.
El Gobierno ha planteado la medida como una respuesta a la necesidad de asegurar el abastecimiento de productos básicos en un contexto de atención a la canasta básica familiar, uno de los indicadores que el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) actualiza periódicamente y que sirve de referencia para medir el costo de vida en el área metropolitana y el resto del país.
Organizaciones de productores arroceros han solicitado en ocasiones anteriores que el Estado garantice compras oportunas y a precios que cubran los costos de producción. Representantes de consumidores, por su parte, han pedido que cualquier subsidio o compra estatal se traduzca efectivamente en precios más bajos en los puntos de venta del IMA, sin que el beneficio se diluya en la cadena de intermediación.
Escrutinio sobre el manejo de fondos agropecuarios
El uso de fondos públicos para sostener el abastecimiento alimentario ha sido objeto de escrutinio en distintos momentos, particularmente cuando se han detectado irregularidades en contratos de compra de granos o en la distribución de subsidios agrícolas, episodios que en el pasado motivaron investigaciones del Ministerio Público y observaciones de la Contraloría General sobre el manejo de recursos en instituciones del sector agropecuario.
La aprobación de este crédito se produce en un momento en que el Gobierno mantiene como prioridad declarada la contención de precios de alimentos básicos. El IMA ha sido señalado en el discurso oficial como una de las herramientas centrales para materializar esa política.
De cara a los próximos meses, corresponderá al MEF y a la Contraloría General verificar que los más de $22 millones aprobados se ejecuten conforme a los procedimientos de compra pública establecidos, incluidos los procesos de refrendo de contratos que la ley exige para toda adquisición estatal de bienes con fondos públicos. El IMA deberá, además, reportar el impacto de la medida en el abastecimiento efectivo de sus ferias y agrodistribuidoras en las distintas provincias del país.