El proyecto contemplaba destinar la superficie de Las Cuerdas a cultivos de regadío combinando árboles frutales, plantas medicinales e invernaderos de agricultura intensiva. Para ejecutarlo, la empresa necesitaba primero modificar la calificación del terreno, pasando de uso forestal a agrícola, y después obtener autorización para poner en riego suelos que hasta ahora eran de secano y que forman parte del único corredor biológico que aún conecta la costa almeriense con el interior.
La iniciativa incluía también la construcción de caminos de acceso, balsas de almacenamiento de agua, naves agrícolas y una torre eléctrica para dar servicio a las instalaciones. El conjunto de obras habría transformado de forma sustancial un espacio que las administraciones ambientales consideran clave por su función de conectividad ecológica entre el litoral y las zonas de interior, un elemento que en la planificación ambiental andaluza se considera esencial para la movilidad de especies y el mantenimiento de la biodiversidad frente a la fragmentación del territorio.
Desde su presentación en 2014, el expediente ha atravesado un recorrido administrativo y judicial especialmente prolongado, con sucesivas alegaciones, recursos contencioso-administrativos y una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre aspectos del procedimiento. Ese recorrido de más de una década ilustra la complejidad que revisten los expedientes de cambio de uso de suelo forestal en Andalucía cuando afectan a espacios con valor de conectividad ecológica, sujetos a un marco que combina la Ley de Montes estatal de 2003, la Ley Forestal de Andalucía de 1992 y los instrumentos autonómicos de ordenación del territorio.
Una provincia con déficit hídrico estructural
La resolución de la Junta se sustenta en tres argumentos principales: la contravención de las normas urbanísticas aplicables al suelo forestal, el impacto negativo que la transformación tendría sobre la fauna y flora del corredor biológico, y la escasez de recursos hídricos disponibles en una provincia que arrastra desde hace décadas una presión hídrica intensa derivada de la extensión de la agricultura bajo plástico y del turismo costero.
Almería es la provincia española con mayor superficie dedicada a la agricultura intensiva bajo invernadero, un modelo productivo que ha generado un debate persistente sobre sus efectos en el uso del agua y el suelo. El sureste peninsular figura entre las zonas con mayor estrés hídrico del país, una situación que ha llevado a las administraciones a limitar en los últimos años las nuevas puestas en riego, especialmente en terrenos de secano no consolidados como regadío y en áreas con acuíferos sometidos a sobreexplotación.
La escasez de agua ha sido, de hecho, uno de los factores recurrentes en la denegación de proyectos similares en la comarca. En la última década, la Junta ha rechazado ampliaciones de regadío en el Poniente almeriense alegando la insuficiencia de dotaciones hídricas y el riesgo de sobreexplotación de acuíferos, en línea con la doctrina que ahora aplica al caso de Las Cuerdas.
Calebus S.A. defendió durante todo el proceso que su proyecto se ajustaba a la normativa vigente y que aportaría actividad económica y empleo a una zona rural del entorno de la capital. La empresa no ha trasladado hasta el momento una reacción pública a la resolución, si bien conserva abierta la vía del recurso, dado el largo historial contencioso del expediente.
Las organizaciones ecologistas que siguieron el caso desde sus inicios habían presentado alegaciones sucesivas a lo largo de más de una década, argumentando que la fragmentación del corredor tendría efectos irreversibles sobre las poblaciones de fauna que dependen de ese paso natural entre la costa y el interior. Su posición coincide con el criterio de conectividad ecológica que finalmente ha prevalecido en la decisión administrativa.
Un procedimiento con recorrido judicial abierto
El procedimiento se enmarca en la normativa de evaluación ambiental y ordenación forestal de Andalucía, que exige informes preceptivos de impacto ambiental antes de autorizar cambios de uso de suelo forestal a agrícola, especialmente cuando el terreno se ubica en áreas catalogadas por su valor ecológico. La Administración puede denegar estos cambios cuando concurran razones de interés general vinculadas a la conservación de hábitats o a la disponibilidad de recursos naturales, como ha ocurrido en este caso.
La empresa promotora dispone, conforme al procedimiento administrativo común regulado en la Ley 39/2015, de plazo para interponer los recursos que estime pertinentes o acudir a la vía contencioso-administrativa ante el TSJA, tribunal que ya intervino en fases anteriores del litigio. De prosperar un nuevo recurso, el caso podría prolongarse aún más allá de los doce años ya transcurridos, si bien la fundamentación ambiental e hídrica de la denegación refuerza la posición de la Administración.
El desenlace del caso de Las Cuerdas se produce en un contexto en el que las administraciones han endurecido en los últimos años los criterios para autorizar nuevas puestas en riego en el sureste peninsular, atendiendo a las recomendaciones de los organismos de cuenca y a los compromisos de gestión sostenible del agua recogidos en la planificación hidrológica vigente. La resolución sienta un criterio que previsiblemente se invocará en futuros expedientes de transformación de secano a regadío en la provincia.


