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Opositores a la Policía Local de Los Barrios impugnan las notas del práctico

Más de veinte recursos de alzada cuestionan la corrección del proceso selectivo por diferencias «sorprendentes» entre las calificaciones

Por Redacción de El Hemiciclo·
4 min de lectura
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Un grupo de aspirantes al proceso selectivo para acceder a la Policía Local de Los Barrios (Cádiz) ha presentado más de veinte recursos de alzada contra las calificaciones del ejercicio práctico, publicadas en las últimas semanas.

El malestar entre los participantes en la convocatoria se ha extendido en los últimos días, coincidiendo con la publicación de las calificaciones del supuesto práctico, una de las pruebas con mayor peso en el baremo final para el acceso a la plaza de agente. Según relatan los propios afectados, la indignación surge de la comparación entre resultados: quienes consideraban haber realizado un ejercicio sólido habrían obtenido notas bajas, mientras que otros candidatos lograron puntuaciones que califican de «extraordinariamente altas» sin que, a su juicio, exista una explicación clara de esa disparidad.

Los opositores reclaman que el tribunal calificador haga públicos los criterios de corrección y la baremación empleada para asignar cada puntuación, algo que, sostienen, no se habría facilitado de forma detallada. Sin conocer los parámetros exactos de evaluación resulta imposible, argumentan, verificar si el proceso se ha ajustado a los principios de objetividad exigibles.

Uno de los aspectos más señalados en los recursos tiene que ver con la lectura del ejercicio práctico. Los aspirantes afirman que las bases de la convocatoria —vinculantes para el tribunal y para los participantes una vez aprobadas y publicadas— establecían la obligatoriedad de un acto público de lectura del supuesto, un trámite que, según denuncian, no se habría desarrollado en los términos previstos. A ello suman otra objeción: antes de valorar cuestiones vinculadas al supuesto planteado, se habrían formulado preguntas relativas al lugar de residencia de los candidatos, una circunstancia que, afirman, no debería incidir en la calificación de un ejercicio técnico y que ha alimentado las suspicacias sobre los criterios realmente aplicados.

El marco legal del acceso al empleo público

La legislación básica que regula el acceso al empleo público en España —el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015) y, en el ámbito autonómico, la normativa andaluza sobre selección de personal de las corporaciones locales— exige que los procesos selectivos se rijan por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Estos principios obligan a que los tribunales calificadores motiven sus decisiones y permitan a los aspirantes conocer los criterios con los que han sido evaluados, especialmente en pruebas prácticas, donde el margen de apreciación es mayor que en un examen tipo test.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de función pública ha insistido reiteradamente en que la llamada discrecionalidad técnica de los tribunales calificadores no exime de la obligación de justificar sus decisiones cuando estas son cuestionadas por los interesados. Los tribunales contencioso-administrativos han anulado en distintas ocasiones oposiciones municipales por falta de motivación en las calificaciones o por vulneración del principio de igualdad, obligando en algunos casos a repetir pruebas completas años después de su celebración.

Los opositores de Los Barrios enmarcan su denuncia en un contexto más amplio, al señalar que un proceso selectivo celebrado en el municipio malagueño de Manilva ha sido objeto de críticas públicas por presuntas irregularidades en la corrección de sus pruebas. Los aspirantes gaditanos afirman percibir paralelismos entre ambos casos y apuntan a la posibilidad de que se hayan producido calificaciones especialmente favorables a familiares de determinados candidatos, aunque matizan expresamente que no dan por ciertas esas sospechas y que su reclamación se limita a exigir que sean investigadas.

«No afirmamos que dichas sospechas sean ciertas», han señalado los opositores, en una formulación que busca diferenciar la denuncia de una acusación directa. Su petición se centra en que se ofrezca una motivación individualizada de cada nota y en que se abra una investigación que despeje cualquier duda sobre la imparcialidad del tribunal, formado habitualmente por técnicos municipales y, en algunos casos, por representantes de cuerpos policiales de otras administraciones.

El Ayuntamiento de Los Barrios no ha realizado, hasta el momento, declaraciones públicas sobre las impugnaciones presentadas, que se tramitan a través de recursos de alzada. Este recurso administrativo, previsto en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite a los interesados solicitar la revisión de un acto —en este caso, las calificaciones— por parte del órgano superior jerárquico. Transcurrido el plazo de resolución sin respuesta expresa, la propia ley determina los efectos del silencio administrativo, que el interesado puede recurrir después ante la vía judicial.

Los aspirantes insisten en que su reclamación no busca ventajas para ningún participante, sino garantizar que la competencia se desarrolle, en sus palabras, «en igualdad de condiciones». Piden expresamente que el Ayuntamiento y el tribunal calificador adopten medidas de transparencia, permitan la revisión de los exámenes y aclaren cualquier irregularidad detectada antes de que el proceso avance hacia sus siguientes fases.

La resolución de los recursos de alzada marcará los próximos pasos de un proceso que, de mantenerse la controversia, podría acabar judicializado ante los tribunales contencioso-administrativos si los aspirantes consideran insatisfactoria la respuesta municipal. La Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, órgano de la Junta de Andalucía con competencias para investigar posibles irregularidades en la gestión pública autonómica y local, y el Defensor del Pueblo Andaluz, encargado de supervisar la actuación de las administraciones en defensa de los derechos de la ciudadanía, son las dos instituciones a las que los denunciantes afirman haber trasladado también sus quejas.

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