El desacato declarado por la Corte se produce después de que Udelas incumpliera de manera reiterada mandatos judiciales previos. En el caso de Rueda Manzano, su destitución se formalizó el 24 de octubre de 2024 y la Corte ordenó su reintegro mediante un fallo del 13 de mayo de 2025, sin que llegara a hacerse efectivo. En el expediente del profesor Arcia se dictó una orden equivalente. Al constatar que la universidad no había ejecutado lo resuelto pese al tiempo transcurrido, el pleno abrió la vía de desacato, mecanismo previsto en el ordenamiento procesal panameño para forzar el cumplimiento de las resoluciones judiciales cuando la parte obligada las desatiende sin justificación.
La destitución de Rueda Manzano quedó consignada en la Resolución N.° 031-2024, del 24 de octubre de 2024, tras una investigación del Tribunal de Disciplina Docente de la institución. El documento, respaldado por dicho tribunal y firmado por la actual rectora, Nicolasa Terreros Barrios, sancionaba a la profesora «por faltas disciplinarias de máxima gravedad» y precisaba que no se le reconocería el pago de los salarios dejados de percibir, «dado que la responsabilidad administrativa de la funcionaria ha quedado debidamente acreditada».
Entre las conductas atribuidas a Rueda Manzano, el expediente disciplinario mencionaba el presunto uso de la institución para beneficio personal, el empleo de documentos falsificados o plagiados, calumnias e injurias contra miembros de la comunidad universitaria, obstaculización de instancias internas y participación en actos contrarios a las buenas costumbres, entre otros señalamientos. Frente a esos cargos, los fallos del pleno ordenan ahora su restitución y el pago retroactivo de haberes, lo que revierte la sanción en sus efectos económicos y laborales.
Una rectoría en disputa
El trasfondo del caso se remonta a una pugna por la rectoría de Udelas. Rueda Manzano resultó electa el 27 de noviembre de 2023 y llegó a ser proclamada rectora por un grupo de docentes en 2024, pero esa elección fue anulada por el Consejo Superior Universitario, entonces bajo control del anterior rector, Bosco Bernal. El 13 de junio de 2024 fue electa Nicolasa Terreros Barrios, quien encabeza actualmente la administración de la universidad. La destitución de Rueda se produjo meses después de esa anulación.
El segundo caso alcanzado por la declaratoria de desacato es el del profesor Pedro Arcia, destituido sin que, según los fallos de la Corte, mediara causa justificada, luego de 27 años como docente. Arcia fue uno de los fundadores de Udelas y se desempeñó como decano de la Facultad de Educación Social y Desarrollo Humano. Un grupo de docentes de la institución denunció en su momento una serie de destituciones que, además de las de Rueda y Arcia, incluyó a la profesora Jazmina Zorrilla, de la Regional de Colón.
En ambos fallos, la magistrada Chen Stanziola ordenó cumplir con el pago de los salarios dejados de percibir desde las respectivas resoluciones de destitución hasta que se haga efectivo el reintegro, una medida compensatoria habitual en los procesos de restitución que resuelve la Corte Suprema cuando actúa en pleno. La orden abarca así tanto el reintegro físico a los cargos como la reparación económica del período sin salario.
La notificación de la declaratoria se realizó mediante los edictos N.° 1109 y N.° 1106, fijados en el tablero de la Secretaría de la Corte el viernes anterior a la adopción de los fallos, un procedimiento formal que da inicio al cómputo del plazo de 60 días otorgado a la universidad para acreditar el cumplimiento.
Udelas, universidad estatal especializada en educación y ciencias sociales, no ha emitido un pronunciamiento público sobre la declaratoria de desacato ni sobre las razones por las que no ejecutó los fallos previos de la Corte. Tampoco ha trascendido una posición oficial de la rectora Terreros Barrios respecto al plazo fijado por la corporación de justicia, ni una respuesta institucional a la orden de pago de los salarios adeudados.
El desacato es una figura que la Corte Suprema ha empleado en otras ocasiones frente a entidades públicas que se resisten a ejecutar sentencias firmes. Su finalidad no es sancionar de inmediato, sino conminar a la parte obligada a cumplir bajo apercibimiento de medidas ulteriores. En el ámbito universitario estatal panameño, el recurso a esta vía por incumplimiento de reintegros ordenados por el pleno no es habitual, lo que sitúa el caso de Udelas dentro de un patrón más amplio de fiscalización sobre la ejecución de fallos por parte de instituciones del Estado.
De no cumplirse el reintegro dentro del término de 60 días establecido por el pleno, la Corte podría adoptar medidas adicionales dentro del proceso de desacato, cuyo objetivo es garantizar la ejecución de sus propias resoluciones. El expediente queda bajo seguimiento judicial, a la espera de que la universidad remita las constancias de cumplimiento exigidas por la magistrada Chen Stanziola y el resto del pleno.