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La Agencia Tributaria destapa un fraude de 2,5 millones de Aldama a través de cuatro sociedades pantalla que canalizaron las comisiones de las mascarillas

Un informe fiscal de 151 páginas documenta cómo Víctor de Aldama utilizó cuatro empresas instrumentales para facturar y ocultar al fisco 1,6 millones de euros en IRPF procedentes de los contratos de material sanitario del caso Koldo. El total defraudado asciende a 2,5 millones. La Fiscalía Anticorrupción valora incorporar el informe al sumario y solicitar nuevas diligencias patrimoniales.

Por Redacción de El Hemiciclo· Madrid·
14 min de lectura
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Víctor de Aldama tiene un problema nuevo. Y es un problema que no se resuelve con abogados penalistas, con pactos de colaboración con la Fiscalía ni con las declaraciones espectaculares ante el Tribunal Supremo que le convirtieron durante semanas en el personaje más peligroso de la política española. El problema de Aldama se llama Agencia Estatal de Administración Tributaria, se materializa en un informe de 151 páginas firmado el 14 de abril de 2026 por tres inspectores de la Delegación Especial de Madrid, y documenta con la meticulosidad implacable que caracteriza a Hacienda lo que los jueces sospechaban pero no habían cuantificado: Aldama defraudó al fisco al menos 2,5 millones de euros entre 2020 y 2022, de los cuales 1,6 millones corresponden a IRPF no declarado y el resto a IVA e Impuesto de Sociedades.

La Agencia Tributaria ha elaborado un informe de 151 páginas que documenta cómo Víctor de Aldama, figura central del caso Koldo, utilizó cuatro sociedades instrumentales para canalizar las comisiones derivadas de los contratos de material sanitario durante la pandemia y ocultar al fisco 1,6 millones de euros en concepto de IRPF. El fraude total cuantificado asciende a 2,5 millones de euros. La Fiscalía Anticorrupción estudia incorporar el informe al sumario del caso e impulsar nuevas diligencias de carácter patrimonial.

Por qué importa este informe

El documento no es una denuncia administrativa ordinaria: es un análisis pericial de la Agencia Tributaria que traza, con soporte documental, el recorrido contable del dinero desde los contratos públicos de mascarillas hasta las cuentas personales de Aldama, pasando por una estructura societaria de cuatro empresas. Que la Fiscalía Anticorrupción valore su incorporación al sumario convierte el informe en una potencial pieza de cargo que ampliaría el perímetro económico de la investigación judicial en curso, hasta ahora centrada en la trama política y comisionista del caso Koldo.

La arquitectura del fraude: cuatro sociedades pantalla

Según el informe fiscal, Aldama habría articulado una red de cuatro sociedades instrumentales —denominadas en la jerga tributaria 'pantalla' cuando carecen de actividad económica real y sirven exclusivamente para interponer capas entre el beneficiario final y el origen de los fondos— para facturar los importes correspondientes a su intermediación en los contratos de suministro de material sanitario. Esta estructura permite, en la práctica, fraccionar rentas, dilatar su tributación y dificultar la trazabilidad por parte de los órganos de control. La Agencia Tributaria cifra en 1,6 millones de euros la cuota defraudada en IRPF como resultado de esta operativa, dentro de un fraude global de 2,5 millones.

El caso Koldo: antecedentes del procedimiento

El caso Koldo toma su nombre del exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García Izaguirre, y se refiere a la investigación judicial abierta en torno a presuntas comisiones ilegales cobradas por la adjudicación de contratos de emergencia para la compra de mascarillas por parte de varias administraciones públicas durante la crisis sanitaria de 2020. Los contratos de emergencia, habilitados por el Real Decreto 463/2020 que declaró el estado de alarma, permitieron a las administraciones adjudicar sin los procedimientos ordinarios de concurrencia competitiva que exige la Ley de Contratos del Sector Público. La Fiscalía Anticorrupción y el Juzgado Central de Instrucción competente llevan instruyendo la causa desde que se produjeron las primeras detenciones, entre ellas la del propio Aldama.

La figura del fraude fiscal en tramas de corrupción

En investigaciones de corrupción pública, el delito fiscal suele concurrir con los delitos principales —cohecho, malversación, blanqueo— porque las comisiones ilícitas raramente se declaran como rendimientos. La legislación española, concretamente el artículo 305 del Código Penal, tipifica el fraude fiscal como delito cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros por impuesto y ejercicio, umbral ampliamente rebasado en las cifras que recoge el informe de la Agencia Tributaria. En este tipo de procedimientos, el informe pericial tributario actúa como prueba autónoma e independiente de las actuaciones penales, aunque puede ser incorporado al sumario a petición de las acusaciones o del juez instructor.

Diligencias patrimoniales: el siguiente paso posible

La posibilidad de que la Fiscalía Anticorrupción solicite nuevas diligencias patrimoniales apunta a una fase de localización y eventual embargo preventivo de bienes que pudieran corresponderse con el fraude documentado. En el ordenamiento procesal español, estas diligencias pueden incluir el rastreo de cuentas bancarias, inmuebles, participaciones societarias y otros activos, tanto en territorio nacional como, mediante los instrumentos de cooperación judicial internacional, en el extranjero. La apertura de este flanco añadiría una dimensión de responsabilidad civil y fiscal a la ya existente responsabilidad penal que pesa sobre Aldama en el marco del caso Koldo.

Posición de las partes

El material verificado disponible no recoge declaraciones públicas de Víctor de Aldama ni de su defensa en relación con el contenido específico del informe de 151 páginas. La Fiscalía Anticorrupción, por su parte, se encuentra en fase de valoración del documento antes de adoptar una decisión procesal formal.

Perspectiva: un sumario que se ensancha

La incorporación de un informe tributario de esta envergadura a una causa penal en instrucción suele marcar un punto de inflexión en el ritmo procesal: obliga a la defensa a pronunciarse sobre una nueva línea de acusación, puede justificar la práctica de nuevas diligencias probatorias y, en ocasiones, amplía el círculo de investigados si el análisis contable revela flujos hacia terceras personas o entidades. El caso Koldo, que ya acumula derivadas políticas, institucionales y administrativas, incorporaría así una capa fiscal de magnitud suficiente para sustentar, por sí sola, un procedimiento penal independiente.

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